Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 194 de 07/10/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 13 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Jerez de la Frontera. (PP. 2251/2022).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis del municipio de Jerez de la Frontera que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

TARIFAS AUTORIZADAS

TARIFAS TAXIS DE JEREZ TARIFA 1 (EUROS) TARIFA 2 (EUROS)
Bajada de bandera 1,43 1,78
Kilómetro recorrido 0,83 1,04
Carrera mínima 4,02 5,04
Carrera mínima con origen o destino Aeropuerto 15,76 19,91
Hora de servicio incluidas esperas y paradas 20,23 25,29
Maleta o bulto (de más de 60 cm) 0,55
Taxi Tour 26,11

TARIFAS FIJAS

ELAS TARIFA 1 (EUROS) TARIFA 2 (EUROS)
BARRIADAS RURALES TARIFA 1 (EUROS) TARIFA 2 (EUROS)
PUNTOS DE INTERÉS TARIFA 1 (EUROS) TARIFA 2 (EUROS)
El Torno 25,34 31,59
Estella del Márques 10,06 12,55
La Barca de la Florida 28,21 35,17
Nueva Jarilla 22,33 27,84
San Isidro del Guadalete 23,96 29,87
Torrecera 28,21 35,17
Cuartillos 15,82 19,72
El Mojo Gallardo 25,83 32,21
El Portal 8,69 10,84
Gibalbín 37,47 46,72
La Corta 8,94 11,14
La Ina 16,45 20,51
Las Pachecas 15,94 19,88
Las Tablas 13,07 16,29
Lomopardo 11,32 14,11
Los Albarizones 7,69 9,59
Majarromaque 32,22 40,17
Mesas de Asta 22,96 28,62
Mesas de Santa Rosa 10,69 13,33
Puente de la Guareña 22,21 27,69
Rajamancera 19,08 23,78
Torremelgarejo 15,20 18,95
Entre Ciudad y Circuito/Montecastillo 16,45 20,51
Entre Aeropuerto y Circuito/Montecastillo 23,33 29,09
Suplemento Gran Premio 7,21

La Tarifa II es aplicable en los siguientes casos:

• Días sábados y festivos.

• Días laborables desde las 21:00 h. a las 7:00 h.

• Durante la Feria del Caballo.

• En Semana Santa de 18:00 h. a 21:00 h.

• Los días 24 y 31 de diciembre de 18:00 h. a 21:00 h.

Suplemento del 12,5 % sobre Tarifa II (no aplicable a servicios interurbanos).

• Días sábados y festivos de 02:00 a 07:00 horas.

• Feria del Caballo de 21:00 a 7:00 horas.

• Semana Santa de 21:00 a 7:00 horas.

• Días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero de 21:00 a 7:00 horas.

Los precios de la tarifa se consideran con IVA incluido.

Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente a los usuarios del servicio, por la entidad, hasta tanto no se publique en el citado boletín.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de septiembre de 2022.- El Director General, Manuel Vázquez Martín.

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