Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 04/01/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan audiciones para proceso de selección de artistas (repetidor/a, bailaor/a solista, bailaor/a, cantaor/a, guitarrista y percusionista) a fin de renovar el elenco del Ballet flamenco de Andalucía.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00253062.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Doña Almudena Bocanegra Jiménez, en calidad de Gerente de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en virtud del Decreto 316/2019, de 12 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, entidad adscrita a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, que se constituyó mediante Ley 3/1991, de 28 de diciembre, y Decreto 46/1993 y transformada en Agencia Pública Empresarial mediante el artículo 20.1 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, aprobándose sus Estatutos mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 16 de los mencionados Estatutos,

RESUELVE

Primero. Convocar audiciones para la cobertura de puestos del elenco del Ballet Flamenco de Andalucía, integrado por repetidor/a, bailaores y bailaoras, y músicos (cante, guitarra y toque), a fin de renovar los componentes del elenco, mediante contratos temporales sujetos al Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de artistas en espectáculos públicos.

Segundo. Las bases que regirán la convocatoria son las contenidas en el Anexo I de la presente resolución.

Tercero. El modelo de solicitud se incluye en el Anexo II.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, ante la Dirección de la Agencia, con carácter previo a la jurisdicción social.

Sevilla, 23 de diciembre de 2021.- La Gerente, Almudena Bocanegra Jiménez.

ANEXO I

BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE ARTISTAS (REPETIDOR/A, BAILAOR/A SOLISTA, BAILAOR/A, CANTAOR/A, GUITARRISTA Y PERCUSIONISTA) PARA EL ELENCO DEL BALLET FLAMENCO DE ANDALUCÍA

Primera. Antecedentes y objeto.

1.1. La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, es una agencia pública empresarial adscrita a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, con personalidad jurídica pública diferenciada y plena capacidad jurídica y de obrar, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión. Son fines generales de la Agencia (artículo 4 de la mencionada Ley 1/2011, de 17 de febrero) la investigación, gestión, fomento y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía y las artes audiovisuales.

Conforme lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales se constituye con el objetivo de optimizar, en términos de eficacia y economía, la gestión de los recursos públicos que la Administración de la Junta de Andalucía destina a la cultura, así como aquellos recursos obtenidos en el ejercicio de su actividad como consecuencia de la prestación de bienes y servicios que se entreguen o realicen, contribuyendo al acceso a los bienes culturales en condiciones de igualdad, y la participación equitativa de las personas, mujeres y hombres, en las actividades culturales.

Entre sus funciones concretas, el artículo 6.2.a) de los Estatutos recoge la de producción, fomento, formación y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas y la música. Para auspiciar el acceso de los ciudadanos a los bienes culturales, realiza a través del Ballet Flamenco de Andalucía producciones coreográficas basadas en las distintas expresiones y manifestaciones del flamenco. El objetivo principal del Ballet Flamenco de Andalucía es contribuir al desarrollo de la interpretación, creación, producción y difusión de la danza andaluza con especial incidencia en los lenguajes flamencos, como establece el estatuto de autonomía de Andalucía y las recomendaciones de la UNESCO, incidiendo en la recuperación y difusión del patrimonio cultural de Andalucía, que tiene como elemento más singular el flamenco.

1.2. Las presentes bases tienen por objeto hacer pública la convocatoria de las audiciones del Ballet Flamenco de Andalucía para la selección y/o renovación de las siguientes especialidades de artistas: Repetidor/a, Bailaor/a, Cantaor/a, Guitarrista y Percusionista, los cuales pasarán a ser miembros del elenco del Ballet Flamenco de Andalucía durante la programación derivada de la Convocatoria publicada mediante Resolución de 22 de noviembre de 2019, BOJA núm. 231, de 29 de noviembre de 2019.

1.3. Una vez resuelto el proceso de selección objeto de la presente convocatoria, quedarán sin efecto los listados definitivos de suplentes de todos los puestos del Ballet Flamenco de Andalucía resultantes del proceso de selección convocado mediante Resolución de 26 de febrero de 2020 (BOJA núm. 43, de 4 de marzo de 2020), modificado por Resolución de 1 de junio de 2020 (BOJA núm. 107, de 5 de junio de 2020).

1.4. Se formalizarán contrataciones, por el periodo inicial comprendido entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2022 y según orden de puntuación resultante en el listado definitivo correspondiente del resultado del proceso, con los dos primeros Bailaores, tres primeras Bailaoras, dos primeros Guitarristas, dos primeros Cantaores/as y el primer Percusionista seleccionados. El resto de candidaturas seleccionadas en los listados definitivos del resultado del proceso de selección, así como todas las correspondientes al puesto de Repetidor/a, se considerarán candidaturas suplentes.

1.5. La Dirección artística podrá seleccionar a un máximo de dos Bailaores/as solitas de entre todo el elenco artístico que forme el cuerpo de baile del Ballet Flamenco de Andalucía.

1.6. Las contrataciones objeto del presente proceso han sido autorizadas por la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, y Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior.

1.7. El presente sistema de selección garantiza el respeto a los principios de publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y transparencia en el proceso de selección.

Segunda. Destinatarios/as de la convocatoria.

2.1. La presente convocatoria se dirige a todas las personas que, cumpliendo los requisitos y elementos de los perfiles indicados en el punto 4, presenten la solicitud y documentación que se indica.

2.2. La convocatoria será expuesta en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (www.aaiicc.es) y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. En la web de la Agencia se publicarán las comunicaciones necesarias y, en todo caso, los listados provisionales y definitivos del proceso de selección y la resoluciones de adjudicación de las contrataciones de los puestos.

Tercera. Datos de la convocatoria.

3.1. Las incorporaciones se formalizarán mediante contrato temporal sujeto al Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los artistas en espectáculos públicos, Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, y normativa de restante que le resulte de aplicación. Se pactará un período de prueba de un mes.

3.2. Se percibirá el siguiente salario base bruto en 12 mensualidades (retribución 2021):

Adicionalmente, durante el período de representaciones se abonará un Plus de gira en función del número de representaciones realizadas para los siguientes puestos (retribución 2021):

Categoría Bruto
Repetidor/a 91,23 €
Solistas 48,30 €
Bailaor/a y músicos 48,30 €

El desempeño del puesto está sometido a las restricciones de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y normativa de desarrollo.

Cuarta. Requisitos de las candidaturas.

Las personas solicitantes deberán acreditar los siguientes requisitos mínimos obligatorios:

4.1. Cumplir los requisitos generales de participación en procesos selectivos para el acceso al empleo público previstos en el artículo 56.1 del texto refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, salvo la edad mínima que debe ser igual o superior a 18 años.

4.2. Experiencia de, al menos, tres años en el sector profesional del flamenco, en el puesto que se solicita. En caso de optar por el puesto de Repetidor/a, la experiencia mínima exigida es de cinco años.

Quinta. Solicitud y documentación.

5.1. Las personas interesadas en participar en el proceso deberán presentar solicitud de participación según modelo que se adjunta como Anexo II, así como toda la documentación mínima obligatoria fotocopiada indicada a continuación, y la justificación de los méritos que se alegan:

- Currículum vitae del aspirante debidamente actualizado.

- Documentación acreditativa de la experiencia.

- Fotocopia DNI (en caso de extranjeros/as, fotocopia del pasaporte y permiso de trabajo y residencia).

- 1 fotografía reciente de cara.

- Enlace de vídeo en Youtube u otro vídeo actuando ejecutando una pieza de baile, cante o toque según el puesto solicitado. No se admitirán vídeos como archivos adjuntos (MP4, AVI, o similar) o entregados en algún soporte (DVD, Pen Drive). Únicamente se admitirán enlaces web.

5.2. La Agencia podrá requerir en cualquier momento los documentos originales, así como la documentación aclaratoria que entienda necesaria.

5.3. La documentación que no esté redactada en español deberá adjuntar la correspondiente traducción oficial.

5.4. Únicamente se admitirán las solicitudes que contengan el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado, así como la totalidad de la documentación obligatoria y enlace para correcto acceso al vídeo. La no presentación de la documentación o presentación fuera del plazo implica la exclusión del proceso de selección.

Sexta. Plazo y lugar de presentación.

6.1. Las solicitudes (Anexo II) y documentación adjunta deben presentarse en el plazo de los 15 días naturales siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En caso de que el último día de presentación de solicitudes sea inhábil, el plazo se entenderá prorrogado hasta el día siguiente hábil.

6.2. Serán dirigidas a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Flamenco, Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, y se presentarán personalmente, en la sede del Ballet Flamenco de Andalucía, sita en el Estadio La Cartuja, Puerta 1, 41092, Sevilla, o mediante el envío de la misma, junto con una copia de la documentación adjunta, al correo electrónico balletflamencodeandalucia@juntadeandalucia.es dentro de los plazos establecidos, indicando en el asunto el puesto al que se opta, así como el nombre y apellidos del candidato/a. Si se opta por esta vía de presentación, sólo se admitirán archivos PDF, JPG y GIF. No se admitirán los archivos compartidos en Drive, Dropbox o similar.

6.3. Para aquellas candidaturas remitidas mediante correo certificado a la dirección anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberá remitirse un correo electrónico a la anterior dirección dentro del mismo plazo de 15 días, adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en plazo en las oficina de correos.

6.4. No se admitirán candidaturas ni documentación remitida por otras vías distintas a las expuestas en este punto.

Séptima. General Proceso de selección.

7.1. Se constituirá un Comité de Selección designado por: Presidencia, Dirección del Instituto Andaluz de Flamenco; y cuatro vocales: Dirección Artística del Ballet Flamenco de Andalucía, Jefatura de Área de Producción y Distribución del Ballet Flamenco de Andalucía y dos expertos/as nombrados por la Gerencia de la Agencia. Actuará como Secretaría, con voz y sin voto, la Dirección de Recursos Humanos. Para la realización de audiciones de las especialidades de cante, guitarra y toque la Gerencia de la Agencia podrá designar, al menos, a un asesor externo con voz y sin voto.

Los miembros del Comité no podrán estar incursos en causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7.2. Primera fase: Las candidaturas que reúnan los requisitos mínimos relacionados en el punto 4 participarán en la primera fase de Estudio del historial profesional, en la que se realizará la visualización de los vídeos a partir de los criterios de conocimiento de técnica de baile/toque/cante, seguridad y soltura. Tras ello, se publicará en la web de la Agencia y Portal de transparencia un listado provisional de candidaturas admitidas en cada especialidad por cumplir los requisitos mínimos del punto 4 de las bases, y de candidaturas excluidas, señalándose la causa de exclusión (Listado provisional núm. 1). Junto con las candidaturas admitidas, se publicarán las puntuaciones obtenidas en esta fase. Los interesados podrán formular las alegaciones que a su derecho convengan en el plazo de 5 días naturales. Una vez analizadas las alegaciones, se publicará listado definitivo de candidaturas admitidas y puntuaciones de esta fase en cada especialidad (Listado definitivo núm. 1), que servirá de resolución a las reclamaciones recibidas.

7.3. Segunda fase: Una vez publicado el listado definitivo núm. 1, el Comité celebrará una ronda de audiciones con las candidaturas admitidas en cada especialidad, al objeto de contrastar el cumplimiento de los requisitos de conocimientos de técnica de baile/toque/cante, seguridad y rapidez en el aprendizaje (el detalle consta en la base octava). El Comité se reserva determinar el número máximo de personas que pasan a esta segunda fase, dependiendo del número de candidaturas. Los solicitantes serán informados de si han sido preseleccionados para la audición mediante la publicación de un listado en la página web de la Agencia y Portal de Transparencia. Las audiciones se llevarán a cabo en la sede del Ballet Flamenco de Andalucía, sito en Sevilla, Estadio La Cartuja, Puerta 1, 41092 Sevilla.

Para el puesto de Repetidor/a, la segunda fase implicará la realización de una entrevista personal, en vez de una audición, y una prueba práctica. Versarán sobre los requerimientos del puesto y se evaluarán las competencias necesarias para su desempeño: liderazgo y coordinación de equipos (organización, motivación y supervisión), capacidad resolutiva, y resolución de conflictos.

Al finalizar las audiciones/entrevista se publicará un listado provisional (Listado provisional núm. 2) con las puntuaciones totales de cada candidatura seleccionada. Los interesados podrán formular las alegaciones a su derecho convengan en el plazo de 5 días naturales. Una vez analizadas las alegaciones recibidas, se publicará el listado definitivo de candidaturas (Listado definitivo núm. 2), el cual consistirá en una relación ordenada según la puntuación total alcanzada en el proceso selectivo. En caso de empate de puntuaciones, se dará prioridad a la solicitud que tenga una fecha anterior de entrada en el registro oficial.

7.4. Tras ello, se publicará la resolución de la Gerencia de la Agencia con las candidaturas seleccionadas en la página web corporativa de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (www.aaiicc.es) y Portal de Transparencia.

7.5. La convocatoria puede ser declarada parcial o totalmente desierta si ninguna de las candidaturas reuniera los requisitos exigidos o no se ajustaran al puesto según criterios de idoneidad.

7.6. Las personas seleccionadas se someterán al correspondiente reconocimiento médico de Vigilancia de la Salud.

7.7. Todos los listados, así como la resolución del proceso de selección, serán publicados en la página web corporativa de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (www.aaiicc.es) y Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía e incluirán nombres y apellidos.

Octava. Proceso selección. Detalle Segunda Fase, Audiciones.

8.1. El solicitante autoriza a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales la grabación en vídeo de la audición, al objeto de facilitar la posterior valoración y selección de los intérpretes.

8.2. La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales se reserva el derecho a determinar el tiempo de que dispone cada participante en la audición, los fragmentos o partes a interpretar, así como el realizar cuantas preguntas se estimen necesarias para mejor valorar los conocimientos de los participantes.

8.3. Las Audiciones para Bailaor/a constarán de las siguientes pruebas:

8.3.1. Calentamiento.

8.3.2. Clase técnica (escuela bolera/danza española).

8.3.3. Clase/Montaje de flamenco.

Las distintas pruebas no serán, en sí mismas, determinantes, pues se valorará el global de la audición realizada por el aspirante.

Los participantes en las audiciones vendrán provistos de la siguiente equipación:

- Ropa negra.

- Zapatillas.

- Castañuelas.

- Zapatos y botas de flamenco.

8.4. Las Audiciones para Cantaor/a, Guitarrista y Percusionista, constarán de las siguientes pruebas:

8.4.1. Para cantaor: Acompañamiento al cante y al baile. Los palos a interpretar por los aspirantes serán elegidos por el Comité de Selección.

8.4.2. Para guitarrista: Toque solista. Acompañamiento al cante y al baile. Los palos a interpretar por los aspirantes serán elegidos por el Comité de Selección.

8.4.3. Para percusión: Toque solista. Acompañamiento al cante y al baile. Los palos a interpretar por los aspirantes serán elegidos por el Comité de Selección.

Noveno. Baremos de referencia. Puntuación máxima: 10 puntos.

No se valoran los requisitos mínimos exigidos para el puesto a excepción de la experiencia.

Criterios de valoración - Repetidor/a Puntuación máxima
Fase 1: Valoración Vídeos (baile o toque según el puesto solicitado) 3,5
Fase 2: Valoración de la entrevista y prueba práctica (3,5-3 puntos) 6,5

Criterios de valoración – Resto de especialidades Puntuación máxima
Fase 1: Valoración Vídeos (baile o toque según el puesto solicitado) 3
Fase 2: Valoración de la audición 7

Décimo. Información.

Para más información sobre esta convocatoria, los interesados podrán dirigirse al teléfono 955 037 362 o remitir sus consultas a la dirección de correo electrónico: balletflamencodeandalucia@juntadeandalucia.es

Todo lo cual se hace público para general conocimiento.

ANEXO II

Solicitud participación

Apellidos y nombre:
DNI:
Edad:
Dirección:
Ciudad y Código Postal:
Teléfono fijo:
Teléfono móvil:
Correo electrónico:
Proceso de selección para (señala con una cruz) Repetidor/a Bailaor/a Cantaor/a Guitarrista Percusionista

Solicita ser admitido/a en el proceso de selección de artistas para la celebración de Audiciones para el elenco del Ballet Flamenco de Andalucía según la presente convocatoria y declara:

• Conocer y aceptar íntegramente las bases de la convocatoria, declarando asimismo bajo su responsabilidad que los datos incluidos en la solicitud y documentación son ciertos, teniendo constancia de que la inexactitud de los datos dará lugar a la no admisión o expulsión del proceso selectivo, sin perjuicio de otras responsabilidades en las que pueda incurrir.

• Comprometerse a presentar la documentación original en caso de ser requerido y en todo caso en el supuesto de ser seleccionado.

• Conocer y aceptar que únicamente se admitirán las solicitudes que contengan el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado, así como la documentación obligatoria. Los datos deberán ser anotados con letra clara y legible, preferentemente en mayúscula.

• No padecer enfermedad y/o limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el puesto.

• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

• No estar incurso en ninguna causa de incompatibilidad prevista en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y normativa de desarrollo.

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable Agencia Andaluza de Instituciones Culturales
Finalidad Selección de personal
Legitimación Consentimiento que se solicita al interesado
Derechos Acceso, rectificación y supresión, limitación del tratamiento, oposición, obtención de confirmación de uso, a la portabilidad de los datos y a formular una reclamación
Información adicional https://www.juntadeandalucia.es/cultura/aaiicc/rgpd/recursos-humanos

La presentación de la candidatura al presente proceso conlleva el conocimiento y aceptación de la resolución y bases de la presente Convocatoria.

Fecha ………/………/………..

Fdo. …………………………… (Leídas las anteriores declaraciones e instrucciones, firma la persona solicitante en prueba de conformidad).

Descargar PDF