Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 216 de 10/11/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul

Acuerdo de 2 de noviembre de 2022, de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, por el que se anuncia convocatoria pública excepcional de estabilización del empleo temporal de quince plazas indefinidas de la categoría profesional administrativa.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00270972.

CONVOCATORIA PÚBLICA DE EMPLEO

1. Objeto de la Convocatoria. Quince plazas de administrativo(a) para los centros de trabajo de los Puertos de Almería: Adra, Roquetas y Garrucha; Cádiz: Barbate; Chipiona, Puerto América, Rota y Sancti Petri; Huelva: Ayamonte, Isla Cristina, Mazagón y Punta Umbría; Málaga: Caleta de Vélez, Estepona y Marbella.

2. Destinatarios(as) de la convocatoria. La presente convocatoria es pública y dirigida a todas las personas que, cumpliendo los requisitos y elementos de los perfiles indicados en el Anexo 1, soliciten su participación en el proceso selectivo.

3. Solicitud y documentación. Según lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo, sobre derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Las personas interesadas deberán tramitar su solicitud a través del registro electrónico en la oficina virtual de la Agencia. Enlace: https://proyectos.puertosdeandalucia.es. En el mismo enlace, los solicitantes disponen de un manual de ayuda para realizar el alta y registro de su solicitud.

4. Plazo de presentación: Diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

5. El proceso de selección: Se llevará a cabo por el sistema de concurso oposición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.4 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, y en el artículo 21.1 del V Convenio Colectivo de APPA, especificados en el Anexo 2 de esta convocatoria.

La presente convocatoria estará a lo dispuesto en el Decreto 90/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal de las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz para el año 2022.

Esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y en la página web de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.

Contra el presente acuerdo que, según lo previsto en el artículo 36 de los Estatutos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía aprobados por Decreto 501/2019, de 26 de junio, pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, bien, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo 115.2 de la misma ley y con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y que podrá presentar en la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, o bien, recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.

Sevilla, 2 de noviembre de 2022.- EL Jefe del Departamento de Recursos Humanos, Carlos Arquellada Caro.

ANEXO 1

OFERTA LABORAL FIJA DISCONTINUA, PUESTO DE TRABAJO, REQUISITOS Y ASPECTOS VALORABLES

1. Contratación fija discontinua.

- Está destinada a la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada, o para el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados.

- El periodo principal de servicio será en torno a la temporada alta estival, entre el 15 de mayo y el 15 de octubre. Otro periodo será en torno a la Semana Santa, en función de las fechas de cada año. Un tercer periodo será entre el 1 de diciembre y el 15 de enero del año siguiente, para la cobertura de vacaciones y permisos de personal administrativo de su centro de trabajo. Teniendo en cuenta el calendario laboral para el año 2023 se realizarán dos periodos: el primero que comprende desde Semana Santa 2023 y el 30 de septiembre; y, el segundo entre el 1 de diciembre y el 15 de enero del año 2024.

Acuerdos sobre el trabajo fijo discontinuo en la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.

Se reproduce el Acuerdo del 4 de octubre de 2022, de la Agencia con la representación de las personas trabajadoras por el que se establecen los criterios objetivos y formales que deben regir el llamamiento de las personas fijas discontinuas y las condiciones del trabajo fijo discontinuo.

1. Las personas trabajadoras que suscriban contratos de trabajo por tiempo indefinido fijo discontinuo estarán integradas en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo de la Agencia vigente en cada momento. Las previsiones del Convenio serán de aplicación a dichas personas en términos de absoluta igualdad con el resto del personal al servicio por cuenta de la entidad, sin perjuicio de las particularidades propias en esta modalidad contractual.

2. Las personas fijas discontinuas serán encuadradas, en cada caso, en el Grupo profesional y Categoría laboral regulados en el Convenio que corresponda por el puesto de trabajo y funciones a desempeñar.

3. Los puestos de trabajo objeto de este acuerdo, y aquellos otros que posteriormente puedan cubrirse con esta modalidad contractual, deberán ser incluidos en el Catálogo de Puestos de Trabajo previsto en el art. 27 de los vigentes Estatutos de la Agencia (antes Plantilla Ideal), y su provisión o cobertura se ajustará a los criterios y procedimientos en vigor sobre esta materia, bajo los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como publicidad y transparencia. Será de aplicación también la regulación que, al efecto, contenga el Convenio Colectivo en vigor sobre traslado y promoción.

4. El contrato de trabajo fijo discontinuo se formalizará siempre por escrito, debiendo reflejar los elementos esenciales de la actividad laboral (duración del periodo de actividad, jornada y distribución horaria estimadas). El contrato contendrá cláusula de periodo de prueba conforme a lo previsto legalmente, que quedará interrumpido en las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo o lactancia y paternidad.

5. Periodos de servicios efectivos del personal fijo discontinuo. El periodo principal de servicio será en torno a la temporada alta estival, entre el 15 de mayo y el 15 de octubre. Otro periodo será en torno a la Semana Santa, en función de las fechas de cada año. Un tercer periodo será entre el 1 de diciembre y el 15 de enero del año siguiente, para la cobertura de vacaciones y permisos de personal administrativo de su centro de trabajo. Las notificaciones de llamamiento se enviarán: a) 10 días antes del Viernes de Dolores, b) entre el 1 y 5 de mayo, c) entre el 10 y 15 de noviembre.

6. El llamamiento se realizará por escrito o por otro medio que permita dejar constancia de la debida notificación a la persona interesada, con las indicaciones precisas de las condiciones de incorporación y con antelación adecuada. En la Agencia la notificación del llamamiento lo realizará el Departamento de Recursos Humanos mediante la Oficina Virtual y mensaje de correo electrónico adicional. El personal fijo discontinuo tendrá la obligación de acusar recibo de los mensajes con la mayor brevedad a su recepción.

7. Procesos de cobertura de puestos fijos discontinuos. Listas de Personal FD. Las plazas aprobadas para su cobertura, 15 Administrativos(as) en puertos deportivos serán objeto de Convocatorias específicas para su cobertura, conforme a la normativa, criterios y usos en vigor aplicables en la Agencia, que en dichos supuestos dado su nivel profesional será mediante concursos-oposiciones. Una vez sean cubiertas por estos procesos, se debe tener en cuenta las posibles contingencias que puedan suponer la no incorporación en los llamamientos de las personas que resulten titulares en primera instancia, por lo que de los procesos deberán resultar las llamadas Listas de Personal FD que se crearán para cada una de las plazas con las candidaturas que hayan resultado clasificadas y ordenadas a partir de dichos titulares. A partir de la persona número 1 (titular) se mantendrá una lista ordenada del 2 al N según la puntuación obtenida que, previa conformidad de las personas que las puedan integrar, serían llamadas a incorporación a los periodos de servicio efectivos en caso de que la persona titular o siguientes no lo hicieran. Estas Listas funcionarán también como Bolsa Complementaria a la Bolsa de Trabajo Temporal que se mantenga en la Agencia, de manera que las personas fijas discontinuas pudieran ser llamadas para prestar servicios mediante contratos de trabajo temporales que no concurrieran con sus periodos de prestación como fijo discontinuo.

8. Se dará traslado a primeros de cada año natural a la Representación Legal/Sindical de las Personas Trabajadoras un calendario de previsiones de llamamiento, así como los datos de alta efectivas una vez se produzcan.

9. La antigüedad de las personas fijas discontinuas se calculará teniendo en cuenta la duración de la relación laboral y no solo el tiempo de servicios efectivos.

10. La Agencia informará al personal fijo discontinuo, como al resto de personal de la entidad, sobre la existencia de puestos de trabajo vacantes fijos ordinarios, de manera que puedan formular solicitudes para participar en su cobertura, de conformidad con los procedimientos establecidos en la Agencia.

11. Vicisitudes en la incorporación una vez notificado el llamamiento.

1. Si notificado el llamamiento alguna persona se encontrara en situación incapacidad temporal por enfermedad, accidente o descanso por maternidad/paternidad, que le impidiera la normal prestación laboral, la Agencia le daría de alta y activaría su periodo de actividad con cotización y colaboración empresarial con la Seguridad Social, produciéndose la reincorporación efectiva al trabajo cuando reciba el alta médica. Si la situación de incapacidad temporal prescrita por el Servicio Público de Salud se extendiera durante el/los periodo(s) de actividad la persona sería dada de baja en Seguridad Social y cotización por la Agencia al terminar dicho periodo. La cobertura del servicio de la persona en IT sería mediante sustitución a través de la Lista de Personal Fijo Discontinuo, o en caso de imposibilidad mediante contratación laboral temporal con la modalidad vigente legalmente. La persona afectada por IT previa a la incorporación anual tiene la obligación de comunicar a la Agencia con la mayor celeridad tal circunstancia, a los efectos de poder prever la adecuada cobertura del servicio.

2. Si notificado el llamamiento, confirmado por el personal su recepción y previsión de incorporarse en la fecha prevista, alguna persona no se presentara al trabajo el primer día del periodo anual de actividad, y no comunicara previamente con la mayor brevedad su imposibilidad y causas para hacerlo, se considerará dimisión tácita, quedando resuelta la relación laboral con los efectos previstos en la vigente legislación, así como la exclusión en la Lista de Personal FD.

2. Puesto de trabajo.

Funciones: Atención personal y telefónica a usuarios/ciudadanos de diferente nacionalidad, contratación de servicios, liquidación de tasas, contabilidad y archivo, con empleo de aplicaciones informáticas.

Horario laboral Puertos: Horario de mañana y tarde, realizado de lunes a domingo, con los descansos legalmente establecidos.

Retribución: proporcional a los días de prestación de servicio en función de la prevista en el Convenio Colectivo de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, 20.485 euros brutos anuales y mensual 1.565 euros brutos mensuales.

Centros de trabajo: Puertos de Almería: Adra, Roquetas y Garrucha; Cádiz: Barbate; Chipiona, Puerto América, Rota y Sancti Petri; Huelva: Ayamonte, Isla Cristina, Mazagón y Punta Umbría; Málaga: Caleta de Vélez, Estepona y Marbella.

3. Requisitos generales.

Requisitos detallados en el Estatuto Básico del Empleado Público que han de cumplir todas las candidaturas para formar parte de los procesos selectivos de la Agencia:

- Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del EBEP.

• Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

• Cualquiera que sea nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendiente y los cónyuges, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

• Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados pro la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

• Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

- Poseer la titulación exigida.

4. Requisitos específicos del perfil.

Además, de los Requisitos generales que han de cumplir todas las candidaturas para formar parte de los procesos selectivos de la Agencia, detallados en el Estatuto Básico del Empleado Público, las candidaturas deben cumplir con los Requisitos específicos de la categoría convocada:

- Titulación académica en Formación profesional de Grado Superior en (LOGSE o LOE) o FP II (LGE), equivalente o superior.

- Certificado oficial de inglés admitido en la convocatoria, con un nivel mínimo B1 MCER para las plazas de los centros portuarios. Certificados admitidos: PET de Cambrige, ≥ 790 TOEIC, 42-71 TOEFL, 4-5 IELTS, ISE I y Certificado Nivel Intermedio de la Escuela Oficial de Idiomas.

5. Aspectos valorables.

- Titulación Académica Oficial de Formación Profesional de Grado Superior en (LOGSE o LOE) Administración y Gestión o FP II (LGE) en la rama Administrativa y comercial.

- Experiencia en puestos con categoría profesional «administrativa» en la Agencia Pública de Puertos de Andalucía y en otras entidades. No se admitirán otras categorías profesionales que la indicada y deberá estar acreditada mediante contrato laboral con lo expresado en el campo «categoría profesional».

- Certificado oficial del nivel de inglés de nivel B2 o superior, según la tabla de certificados admitidos en la convocatoria indicada en el apartado 2 del Anexo 2 de esta convocatoria.

- Formación sobre atención al cliente, atención telefónica, ventas, contabilidad, facturación, ofimática, normativa de protección de datos, normativa de igualdad.

ANEXO 2

EL PROCESO SELECTIVO

1. El proceso selectivo.

El proceso de selección se llevará a cabo por el sistema de Concurso oposición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.4 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, con una valoración en la fase de concurso de un cuarenta por ciento de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate y un 60% de valoración para la fase de oposición.

La calificación final del proceso selectivo no podrá superar los 100,00 puntos.

Según la disposición adicional segunda del Decreto 90/2022, de 31 de mayo, las convocatorias podrán establecer medidas de acción positiva a favor de las personas aspirantes del sexo femenino y del sexo masculino en aquellas categorías y especialidades en las que estas personas se encuentren especialmente subrepresentadas, de acuerdo con los datos actualizados del Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres, con el respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad consagrados en el artículo 55.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

En la Agencia Pública de Puertos de Andalucía la categoría profesional administrativa está representada por el 75% de mujeres respecto al 25% de hombres. Existiendo una subrepresentación de hombres en la categoría profesional administrativa, en base a lo establecido en la Ley 9/2019, de 8 de octubre, donde los límites de representación equilibrada se deben situar entre el 40% y 60% de cada uno de los sexos para considerarse una representación equilibrada.

Por lo anterior, la Agencia establecerá como medida de discriminación positiva, utilizar como forma de desempate sobre la puntuación total de proceso selectivo el género. Es decir, ante una misma puntuación se atenderá a la variable del género de la candidaturas empatadas. Teniendo en cuenta la subrepresentación del hombre en esta categoría profesional se dará prioridad a dicho sexo para desempatar.

En el supuesto caso de que las dos candidaturas posean la misma puntuación y género, se celebrará un sorteo en presencia de ambas candidaturas para generar el desempate.

1.A. Oposición.

En la fase de oposición será imprescindible superar un nivel de suficiencia del 50% de los puntos obtenibles en cada una de las pruebas administradas, la obtención del nivel mínimo de suficiencia dará derecho a pasar a la fase de Concurso.

La puntuación máxima alcanzable es de 60,00 puntos, con el siguiente desglose por prueba de oposición.

Competencia / Capacidad / Conocimiento TIPO DE PRUEBA PUNTUACIÓN MÁXIMA
60,00 puntos
Conocimientos de Ofimática: writer y calc. Prueba tipo Test 10,00 puntos
Conocimientos normativos y organizativos, según material de estudio publicado en la página web de la Agencia. Prueba tipo Test 50,00 puntos

La fecha prevista para las pruebas será como mínimo de 20 días hábiles desde la fecha de publicación de la convocatoria en BOJA. Con el objetivo de asegurar el aforo necesario para la administración de las pruebas, es requisito indispensable que las candidaturas confirmen su asistencia a dichas pruebas, en los plazos que se establezcan y según las instrucciones que se detallen en la publicación al efecto.

Aquellas candidaturas que se hayan presentado a las pruebas celebradas el 3 de noviembre de 2022 que responde a la convocatoria de cuatro plazas indefinidas convocadas el 5 de julio de 2022, siendo el examen de la misma extensión y características a las de la presente convocatoria, podrán solicitar a través de la oficina virtual y en el plazo que se otorgue para confirmar la asistencia a las pruebas, que se respete la puntuación total obtenida en la fase de oposición de dicha convocatoria. La presentación a las pruebas implica que se tendrán en cuenta las nuevas puntuaciones, aunque éstas supongan una menor puntuación que las alcanzadas en la anterior convocatoria.

Las pruebas tendrán carácter eliminatorio. La prueba de conocimientos normativos y organizativos consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. La prueba de ofimática, versará sobre writer y calc consistiendo en contestar por escrito un cuestionario de 20 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. El tiempo total concedido para la realización de las prueba será de 120 minutos. Todas las puntuaciones del proceso selectivo se expresarán con dos decimales.

Cada acierto en las pruebas administradas se valorará con 1 punto y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada (-0,33 puntos), por lo que la puntuación del ejercicio será la correspondiente al número de aciertos netos, es decir: Puntuación= A-(E/3), siendo A, el número de aciertos y E el número de errores.

Tras la administración de la prueba se publicará la plantilla de respuestas en la oficina virtual de la Agencia a fin de que cada candidatura pueda efectuar su autocorrección con la copia facilitada de su examen en el momento de su realización.

La plantilla publicada tendrá carácter provisional. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte de la Agencia se hará pública con la lista de resultados del ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación, sin perjuicio de comunicar a la persona alegante los motivos de la desestimación.

Si una vez publicada la plantilla definitiva, como consecuencia de la estimación de impugnaciones de preguntas no se alcanzara el número total de 50 puntos y 10 puntos preestablecidos para las pruebas de conocimientos y ofimática, respectivamente, la Agencia aplicará el resultado obtenido porcentualmente con el fin de garantizar que los aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el ejercicio.

Finalizado el periodo de revisión de pruebas, se publicará el listado definitivo identificando a las candidaturas por su número de solicitud, asignado cuando la candidatura registra su solicitud de participación en la oficina virtual de la agencia.

1.B. Concurso.

La valoración de méritos se realizará en base a la documentación que se entregue en el plazo de convocatoria y/o en el de subsanación tras el primer listado provisional de candidaturas admitidas y no admitidas.

Solo se valorará los méritos que hayan sido debidamente alegados y acreditados en base a la documentación entregada con valor anterior a la de la publicación de la convocatoria.

La puntuación máxima alcanzable en la valoración de méritos es de 40,00 puntos.

1.B.1. Formación: Hasta 15,00 puntos.

a) Titulación académica: Hasta 5,00 puntos.

Titulación académica Puntuación
Formación Profesional de Grado Superior en (LOGSE o LOE) Administración y Gestión o FP II (LGE) en la rama Administrativa y comercial. 5,00 puntos

b) Formación no académica: Hasta 10 puntos.

Cursos de formación monográficos en los que se detalle los contenidos y duración del curso, en alguna/as de las siguientes materias:

- Atención al cliente/usuario.

- Atención telefónica.

- Ventas, comercial, marketing.

- Contabilidad.

- Facturación.

- Ofimática.

- Normativa en protección de datos.

- Normativa en igualdad.

Distribución de puntuaciones por la realización de cursos de formación monográficos, es decir, que los contenidos del curso tratan en su totalidad de un tema específico y concreto, de los que se citan a continuación, no se admitirán títulos máster oficiales universitarios:

Duración del Curso Puntuación
Curso superior a 300 horas de duración 3,00
Curso entre 201 y 300 h 2,00
Curso entre 101 y 200h 1,00
Curso entre 51 y 100h. 0,50
Curso entre 20 y 50h. 0,20
Curso inferior a 20 horas 0,10

1. B.2. Experiencia: Hasta 15,00 puntos.

La experiencia se computa en la unidad de mes de trabajo acreditado a través de vida laboral, como documento indicador del tiempo trabajado; y el contrato de trabajo a través del campo «categoría profesional».

Experiencia Hasta un máximo de 15,00 puntos
Categoría profesional administrativa en la Agencia Pública de Puertos de Andalucía. 1,00 punto por mes de trabajo acreditado
Categoría profesional administrativa en otras entidades. 0,35 puntos por mes de trabajo acreditado

1.B.3. Inglés: Hasta 10,00 puntos.

Para que un certificado sea tenido en cuenta deberá ser oficial y estar recogido en la convocatoria publicada. Se admiten los certificados siguientes:

- Certificado oficial de Cambridge (FCE, CAE, CPE), no tiene fecha de caducidad.

- Certificado oficial Trinity Certificate, no tiene fecha de caducidad.

- Certificado oficial de la Escuela Oficial de Idiomas, no tiene fecha de caducidad.

- Certificado oficial TOEIC, no tiene fecha de caducidad.

- Certificado oficial TOEFL, obtenido en los dos últimos años desde la fecha de cierre de admisión de documentación.

- Certificado oficial IELTS, obtenido en los dos últimos años desde la fecha de cierre de admisión de documentación.

CERTIFICADOS OFICIALES ACREDITATIVOS DE INGLÉS ADMITIDOS
Nivel Cambridge Trinity EOI TOIEC TOEFL IELTS Puntuación Concurso
C2 CPE ISE IV -- -- -- 8,5 - 9 10,00
C1 CAE ISE III -- ≥1345 95 - 120 7 – 8 8,00
B2 FCE ISE II Nivel
Avanzado
≥ 1095 72 - 94 5,5 – 6,5 5,00

2. Comisión de selección.

La Comisión de Selección estará conformada por titulares y suplentes de:

- Presidencia: Será desempeñada por la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, o persona en quien ésta delegue.

- Vocalías designadas por la Presidencia, pudiendo formar parte, además de profesionales de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, profesionales externos/as a la Agencia expertos/as en el área.

- Secretaría: será desempeñada por un Técnico o Técnica de Recursos Humanos de la Agencia, y actuará como asesor/a especialista, limitándose al ejercicio de su especialidad técnica, con voz, pero sin voto.

Todos los miembros de la Comisión de Selección deberán guardar confidencialidad de los asuntos y los datos que se traten en las sesiones de los Tribunales Calificadores/Comisión de Selección en todas las materias que no sean objeto de publicación oficial y en aquellas que aun siéndolo, no se hubieran publicado todavía por los medios establecidos en la convocatoria.

Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir cuando concurran circunstancias de las previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión de Selección podrá disponer la incorporación, para todas o alguna de las pruebas, de asesores/as especialistas que se limitarán al ejercicio de sus competencias técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección. Estos podrán ser internos o externos. La Comisión tendrá la potestad de interpretar cualquier aspecto de los contemplados en las presentes bases.

3. Solicitud de inscripción y documentación acreditativa.

La inscripción en el proceso selectivo se realizará a través del registro en la oficina virtual de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, enlace: https://proyectos.puertosdeandalucia.es

A continuación se facilita la documentación que habrá que aportar en formato digital (pdf o jpg), pudiendo aportarse todos los que el solicitante entienda justificativos de algún extremo de su solicitud y que sean susceptibles de valoración.

- Titulación académica exigida.

- Informe de Vida Laboral expedido por la TGSS.

- Contratos de trabajo (en su defecto se admitirá certificado oficial de empresa que se expide junto con el finiquito de la contratación laboral o nómina, en los que debe aparecer la categoría profesional), en los casos que proceda.

- Certificación de la Administración para la que se prestaron los servicios donde conste el periodo, cuerpo y especialidad y tipo de nombramiento, en los casos que proceda.

- Diplomas de los cursos monográficos alegados, en los que conste tanto la duración como los contenidos, a estos efectos no serán tenidos en cuenta los diplomas en los que no se detalle lo anterior.

- Certificado oficial de idiomas susceptible de valoración según la tabla de certificados admitidos indicados en el apartado 2 del Anexo 2 de esta convocatoria.

Solo serán tenidos en cuenta los documentos aportados en el periodo de presentación de solicitudes o en el de subsanación, tras la publicación del primer listado de candidaturas admitidas en el proceso, y siempre referidos a periodos anteriores a la fecha de la convocatoria.

La Agencia Pública de Puertos de Andalucía podrá requerir en cualquier momento los originales de cuantos documentos se presenten, siendo causa de expulsión del proceso selectivo la no presentación de los mismos en el plazo concedido para ello.

4. Comunicaciones durante el proceso selectivo.

Según lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo, sobre derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

Las personas interesadas deberán tramitar su solicitud a través del registro electrónico en la oficina virtual de la Agencia. Enlace: https://proyectos.puertosdeandalucia.es. En el mismo enlace, los solicitantes disponen de un manual de ayuda para realizar el alta y registro de su solicitud.

Las consultas relativas al proceso de selección deberán realizarse a través de la oficina virutal, una vez se haya dado de alta la solicitud.

Todas las comunicaciones se realizarán de forma pública a través del apartado «Noticias» de la oficina virtual, siendo responsabilidad de las candidaturas manterse informados a través de dicho apartado para todas las comunicaciones que se realicen de forma colectiva.

5. Reserva de plazas para personas con discapacidad.

El artículo 3.1 sobre la reserva de plazas para personas con discapacidad del Decreto 90/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz para el año 2022, establece que del total de plazas que se ofertan se reservará un cupo no inferior al 10 por ciento para ser cubiertas por personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el artículo 4.2 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, reservando dentro de dicho cupo un porcentaje específico del 2 por ciento para personas con discapacidad intelectual, y un 1 por ciento para personas con enfermedad mental.

Según lo indicado en el artículo 3.2, la reserva de plazas para personas con discapacidad se aplicará en las categorías profesionales de personal laboral cuyas actividades o funciones sean compatibles, en mayor medida, con la existencia de una discapacidad. En el caso de las categorías profesional portuaria (cuatro plazas autorizadas) y administrativa (quince plazas autorizadas objeto de la actual convocatoria), una vez analizadas las funciones y el entorno laboral que deben permitir una adaptación al puesto de trabajo, se establecerá la reserva de las dos plazas a la categoría profesional administrativa.

En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el turno de discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10 por ciento de las plazas no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas serán acumuladas a las del cupo general en las respectivas convocatorias en las que se produzca dicha circunstancia.

Descargar PDF