Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 05/12/2022

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Anuncio de 24 de octubre de 2022, del Ayuntamiento de Huelma, de bases para proveer por concurso de una plaza de Dinamizador nuevas tecnologías Guadalinfo. (PP. 3010/2022).

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Mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, de fecha 10.10.2022, se aprobaron las siguientes:

BASES PARA LA PROVISIÓN DE UN DINAMIZADOR NUEVAS TECNOLOGÍAS GUADALINFO, A TIEMPO COMPLETO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HUELMA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO

1. Objeto de la convocatoria.

El objeto de las presentes bases, es la convocatoria de pruebas selectivas para la provisión, con carácter definitivo, de una plaza de Dinamizador nuevas tecnologías Guadalinfo, a jornada completa, vacante en la plantilla de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Huelma, incluida en la Oferta de Empleo Público para estabilización de empleo temporal de 2022, y dotada presupuestariamente con el salario base, pagas extraordinarias, antigüedad y demás conceptos salariales que corresponde con la legislación vigente, mediante el sistema de concurso.

2. Legislación.

A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación las bases de la presente convocatoria, Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Texto Refundido de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986,de 18 de abril; el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, y con carácter supletorio el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.

3. Requisitos de los/as aspirantes.

Para participar en el concurso, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo previsto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el acceso al empleo público de nacionales de otros Estados o extranjero con residencia legal en España.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso de a edad máxima de jubilación forzosa.

d) Estar en posesión del título de Bachiller o FP 2.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del trabajo a realizar.

f) No haber sido separado/a o suspendido/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

4. Presentación de instancias.

Las bases de esta convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, publicándose, una vez realizadas las anteriores publicaciones, el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud de ingreso dirigida a la Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Huelma, manifestando que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases.

Las solicitudes se presentarán conforme al modelo oficial, Anexo I de estas bases, en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Deberán ir acompañadas de:

- Fotocopia compulsada del DNI.

- Justificante del ingreso de los derechos de examen que serán de 37,00 euros, que se ingresarán en la cuenta de este Ayuntamiento número ES89 2103 0354 4202 3131 4040.

- Fotocopia compulsada del título exigido.

- Fotocopia compulsada de los méritos que se aleguen. La experiencia profesional se acreditará mediante fe de vida laboral y los respectivos contratos celebrados, donde conste el trabajo desarrollado y la duración del mismo.

En caso de que los servicios se hayan prestado mediante relación funcionarial la experiencia profesional se acreditará mediante fe de vida laboral y certificado de la respectiva Administración en el que conste de manera fehaciente el trabajo desarrollado y la duración del mismo.

5. Relación de los/as aspirantes admitidos y excluidos.

Expirado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de un mes, se dictará Resolución por la Sr. Alcalde, declarando aprobada provisionalmente la lista de admitidos y excluidos.

Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y se expondrá además en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, indicándose al mismo tiempo las causas de exclusión, concediéndose a los/as interesados/as un plazo de diez días hábiles para subsanar defectos en su caso.

Transcurrido el plazo de subsanación aludido en el párrafo anterior, por el Sr. Alcalde se dictará resolución por la que se apruebe definitivamente la lista de admitidos/as y excluidos/as. Dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y se expondrá además en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, concretará la composición del Tribunal Calificador, lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio.

La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

6. Tribunal Calificador.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas y estará integrado por:

- Presidente/a (titular y suplente), que será un funcionario/a o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Huelma, designado por el Sr. Alcalde.

- 4 Vocales (titulares y suplentes) designados por el Sr. Alcalde.

- Secretario (titular y suplente), que será el Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Huelma o funcionario/a de carrera en quien delegue.

La composición del Tribunal debe ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer, de conformidad con lo establecido en el art. 60.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia al menos de tres de sus componentes, siendo necesaria la asistencia del/la Presidente/a y del Secretario/a. Las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente.

Los tribunales de selección podrán incorporar a sus trabajos a cuantos asesores especialistas consideren oportunos con voz y sin voto, dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

El Tribunal está facultado para resolver las cuestiones que pudieran plantearse en el desarrollo del concurso.

El Tribunal pertenece a la categoría tercera, recogida en el art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio.

Los miembros de los tribunales serán retribuidos en concepto de asistencia a los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 62/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, en los mismos términos serán retribuidos los asesores del Tribunal, si los hubiera.

7. Abstención y recusación.

Los componentes del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

8. Procedimiento selectivo.

La selección se efectuará por el sistema de concurso.

- Fase de concurso.

La fase de concurso tendrá una puntuación de acuerdo con el siguiente baremo:

A) Por servicios prestados.

1. Por cada mes de servicios prestados en puesto de similar función y/o categoría, en la Administración Local: 0,10 puntos.

2. Por cada mes de servicios prestados en puesto de similar función y/o categoría, en cualquier otra Administración: 0,05 puntos.

3. Por cada mes de servicios prestados en puesto de similar función y/o categoría, en empresas privadas: 0,02 puntos.

La puntuación máxima por este apartado son 18 puntos.

Los servicios prestados habrán de acreditarse suficientemente a través de contratos de trabajo visados por el INEM u organismo que corresponda y mediante fe de vida laboral o cualquier otro documento de igual fuerza probatoria.

B) Otros méritos.

Por cursos debidamente homologados por una Administración pública relacionados con las funciones objeto de la plaza convocada, por cada 50 horas 0,25 puntos.

La puntuación máxima por este apartado es de 9 puntos.

En caso de empate, el mismo se dirimirá mediante entrevista personal relacionada con el desempeño del puesto de trabajo.

9. Lista de aprobados y propuesta de contratación.

Una vez finalizadas las pruebas, el Tribunal Calificador hará público en el tablón de edictos del Ayuntamiento el resultado del proceso selectivo, por orden de puntuación, y la propuesta de contratación.

La propuesta, en número igual al de plazas convocadas, deberá recaer sobre el/la que haya obtenido mayor puntuación.

Seguidamente la propuesta de contratación será elevada al órgano municipal competente para la adopción del acuerdo que proceda.

Los/as aspirantes que no se hallen incluidos/as en la propuesta de contratación tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.

10. Presentación de documentos.

El/La aspirante propuesto/a deberá presentar en la Secretaría Municipal, en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación de aprobados y propuesta de contratación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como la declaración jurada de no hallarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidades previstos en la legislación vigente.

Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo fuerza mayor, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados, no podrán ser contratados y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en las que pudieran haber concurrido por falsedad en la solicitud inicial.

11. Contratación laboral indefinida.

En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación del nombramiento por el órgano municipal competente, se formalizará el contrato laboral fijo. En el momento de la firma del contrato, el/la aspirante nombrado/a prestará juramento o promesa en la forma establecida en el Real Decreto 770/1979, de 5 de abril.

12. Norma final.

En lo previsto en estas bases, se estará a lo dispuesto en la legislación aplicable prevista en la base segunda. Contra las presentes bases, podrá interponer, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente, al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo señalado en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, puede interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la mencionada publicación, sin perjuicio de que se interpongan los recursos que se estimen oportunos.

Anexo I

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE DINAMIZADOR NUEVAS TECNOLOGÍAS GUADALINFO VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HUELMA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO

Convocatoria: «BOE» núm. ................., de .................... de .............................. de 20.......

Datos identificativos del opositor/a:

- Primer y segundo apellido: .................................................................................................

- Nombre: ...........................................................

- DNI: ..................................................................

- Fecha de nacimiento: .....................................

- Domicilio: ..............................................................................................................................

- Municipio: ................................................................................. C.P. ...................................

- Teléfono (fijo y/o móvil): ......................................................................................................

- Dirección de correo electrónico (si se tiene): ...................................................................

El/La abajo firmante solicita ser admitido/a a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada. Para ello adjunta a la presente solicitud:

- Fotocopia compulsada del DNI.

- Fotocopia compulsada del título académico de su solicitud.

- Documento bancario justificativo del pago de los derechos de examen.

- Documentos compulsados acreditativos de los méritos a valorar en la fase de concurso (deberá adjuntar o indicar la relación de los citados documentos acreditativos de los méritos).

En ...................................., a .................. de .................................... de 20..........

Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Huelma (Jaén).

Huelma, 24 de octubre de 2022.- El Alcalde-Presidente, Francisco Manuel Ruiz García.

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