Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 08/02/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 2 de febrero de 2022, de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para las ayudas previstas en la Resolución de 25 de noviembre de 2021, por la que se efectúa convocatoria de subvenciones en régimen de concesión directa con objeto de sostener los centros adheridos al Programa de ayuda que prestan el servicio para la atención del alumnado del primer ciclo de educación infantil durante el periodo de cierre total o parcial de sus instalaciones por decisión de las autoridades sanitarias como consecuencia de la aparición de rebrotes del coronavirus COVID-19.

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Con fecha 29 de septiembre de 2021 se publica en el BOJA número extraordinario 81 el Decreto-ley 19/2021, de 28 de septiembre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se establecen medidas en materia educativa dirigidas a los Centros Docentes Concertados y a la Red de Centros adheridos al programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), que permitan paliar, en mayor medida, el impacto económico que pueda soportar un Centro Adherido al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía cuando se viera obligado al cierre total o parcial por decisión de la Administración, durante el curso 2021/22, como consecuencia de rebrote del coronavirus.

Mediante Resolución de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, de 25 de noviembre de 2021, publicada en el BOJA el 30 de noviembre de 2021, número 230, se efectúa convocatoria de subvenciones en régimen de concesión directa con objeto de sostener los centros adheridos al Programa de ayuda que prestan el servicio para la atención del alumnado del primer ciclo de educación infantil durante el periodo de cierre total o parcial de sus instalaciones por decisión de las autoridades sanitarias como consecuencia de la aparición de rebrotes del coronavirus COVID-19.

En el Resuelve Octavo. Financiación de la citada resolución se recoge que estas ayudas se financiarán con créditos del presupuesto de explotación de la Agencia Pública Andaluza de Educación con cargo a la partida presupuestaria G/42I/48000/00 siendo la cuantía máxima 114.000,00 euros.

El artículo 1.2.i) del Decreto-ley 19/2021, de 28 de septiembre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se establecen medidas en materia educativa dirigidas a los Centros Docentes Concertados y a la Red de Centros adheridos al programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), prevé eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible con el fin de atender a aquellos centros que, aún cumpliendo los requisitos establecidos en el Decreto-Ley 19/2021, de 18 de septiembre, y en la convocatoria efectuada por Resolución de 25 de noviembre de 2021 de la Agencia Pública Andaluza de Educación, no pudieran ser beneficiarios por agotamiento de dichos créditos.

Como consecuencia de la suspensión de la actividad presencial decretada por la persona titular de la Delegación Provincial o Territorial competente en materia de salud en el presente curso escolar, que conlleva el cierre total o parcial de las instalaciones de los Centros adheridos al programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil por la aparición de rebrotes ocasionados por el coronavirus COVID-19 entre el alumnado o el personal, se hace necesario aumentar el crédito disponible con el fin de subvenir el sostenimiento de un sector fundamental en el sistema educativo andaluz, tanto por su imprescindible labor educativa como por la función asistencial y de conciliación de la vida laboral y familiar que desempeñan.

De conformidad con lo establecido en el artículo 15.l) del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación y según lo recogido en el artículo 1.1 del Decreto-ley 19/2021, de 28 de septiembre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se establecen medidas en materia educativa dirigidas a los Centros Docentes Concertados y a la Red de Centros adheridos al programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), que dispone que la Agencia Pública Andaluza de Educación ostenta la competencia de conceder subvenciones en régimen de concesión directa con objeto de contribuir al mantenimiento de la red de centros adheridos a dicho Programa y al fomento de la escolarización en el primer ciclo de educación infantil, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Dar publicidad al aumento del crédito adicional de 686.000,00 euros para la concesión de subvenciones en régimen de concesión directa, con objeto de sostener los centros adheridos al Programa de ayuda que prestan el servicio para la atención del alumnado del primer ciclo de educación infantil, durante el periodo de cierre total o parcial de sus instalaciones, por decisión de las autoridades sanitarias como consecuencia de la aparición de rebrotes del coronavirus COVID-19, con respecto al crédito disponible de 114.000,00 euros de la Resolución de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, de 25 de noviembre de 2021.

El aumento del crédito se encuentra dentro de la disponibilidad presupuestaria existente para la anualidad 2022 de la partida presupuestaria G/42I/48000/00, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Segundo. Las partidas presupuestarias destinadas a la financiación de esta convocatoria se establecen por las cuantías máximas y con los compromisos de gasto de carácter plurianual, conforme a la distribución siguiente:

ANUALIDAD PARTIDA PRESUPUESTARIA CUANTÍA MÁXIMA
2022 G/42I/48000/00 800.000,00 €

Tercero. Esta resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa en virtud del artículo 33 del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, según disponen los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1  de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Camas, 2 de febrero de 2022.- El Director General, Manuel Cortés Romero.

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