Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín Extraordinario número 14 de 26/04/2022

1. Disposiciones generales

Presidencia

Decreto del Presidente 4/2022, de 25 de abril, de disolución del Parlamento de Andalucía y de convocatoria de elecciones.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00260130.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 127.1 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y 9, apartados a) y b), y 42 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en uso de las facultades que me han sido atribuidas y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 25 de abril de 2022,

DISPONGO

Artículo 1. Disolución del Parlamento de Andalucía.

Queda disuelto el Parlamento de Andalucía elegido el 2 de diciembre de 2018.

Artículo 2. Convocatoria de elecciones.

Se convocan elecciones al Parlamento de Andalucía, que se celebrarán el domingo 19 de junio de 2022.

Artículo 3. Diputados y Diputadas que corresponden a cada circunscripción.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 de la Ley Electoral de Andalucía, el número de Diputados y Diputadas a elegir en cada circunscripción es el siguiente:

Circunscripción Diputados y Diputadas
Almería Doce
Cádiz Quince
Córdoba Doce
Granada Trece
Huelva Once
Jaén Once
Málaga Diecisiete
Sevilla Dieciocho

Artículo 4. Campaña electoral.

La campaña electoral durará quince días, comenzando a las cero horas del día 3 de junio, y finalizando a las veinticuatro horas del día 17 de junio.

Artículo 5. Sesión constitutiva del Parlamento.

El Parlamento elegido celebrará su sesión constitutiva el día14 de julio a las 12 horas.

Artículo 6. Campaña institucional.

Entre la entrada en vigor del presente decreto y el día de la celebración de las elecciones sólo podrán realizarse, por parte de las Administraciones Públicas de Andalucía, las actividades publicitarias enumeradas en el apartado 2 del artículo 6 de la Ley 6/2005, de 8 de abril, reguladora de la actividad publicitaria de las Administraciones Públicas de Andalucía, así como la campaña institucional regulada en el artículo 27.2 de la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía.

Artículo 7. Normas por las que se rigen estas elecciones.

Las elecciones convocadas por el presente decreto se regirán por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General; la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía; el Decreto 344/2011, de 22 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de los locales y elementos materiales a utilizar en las elecciones al Parlamento de Andalucía, y por la restante normativa que sea de aplicación.

Artículo 8. Publicidad del Decreto de convocatoria.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Electoral de Andalucía, el presente decreto se insertará íntegramente en los Boletines Oficiales de las ocho provincias andaluzas dentro de los ocho días siguientes a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de abril de 2022

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

Descargar PDF

BOJA Extraordinario nº 14 de 26/04/2022

  1. Disposiciones generales