Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 18/03/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 15 de marzo de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos (C2.1000).

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Propuesto por la correspondiente Comisión de selección el listado definitivo de personas aprobadas de las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía, convocadas por Resolución de 8 de noviembre de 2019 (BOJA núm. 220, de 14 de noviembre), se procede a dar cumplimiento a la base octava de la misma.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero, y en el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, corresponde a la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública realizar la oferta de vacantes a los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo. No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior y se publicitan delegaciones de competencias y delegaciones de firma de otros órganos, dicha competencia se encuentra delegada en la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por lo que conforme a lo establecido en el artículo 3 del Decreto 90/1993, de 13 de julio, sobre funciones de determinados órganos de la Junta de Andalucía,

RESUELVE

Primero. 1. Ofertar vacantes al personal aspirante que figura en el listado definitivo de personas aprobadas en las pruebas selectivas de referencia.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.3 del citado Reglamento General, y la base octava de la resolución de convocatoria, a fin de favorecer la celeridad de gestión del proceso, los trámites de presentación de documentación preceptiva y petición de destinos se sustituirán por un acto único, que se celebrará en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, sita en calle Alberto Lista, número 16, de la ciudad de Sevilla, en la fecha y horas previstas a continuación:

28 de marzo de 2022 - 10:00 h Del Nº 1 Ramírez Barranco, Marta con DNI ***6239**
al Nº 10 González Jurado, Almudena con DNI ***2934**
28 de marzo de 2022 - 11:00 h Del Nº 11 Usero Martínez, David con DNI ***1679**
al Nº 20 Siles Ruiz, Sergio con DNI ***3668**
28 de marzo de 2022 - 12:00 h Del N.º 21 Siero Fuente, Nina, con DNI ***8807**
al N.º 30 Nole Sánchez, David con DNI ***8547**
28 de marzo de 2022 - 13:00 h Del N.º 31 Castellano Olivero, María Nieves con DNI ***3886**
al N.º 40 Gómez Martín, Miguel Julio con DNI ***9663**
28 de marzo de 2022 - 14:00 h Del N.º 41 Aragón Romero, Verónica con DNI ***7962**
al N.º 50 Medina Ramírez, Davinia con DNI ***0202**
28 de marzo de 2022 - 16:00 h Del N.º 51 Peral Quinta, Juan José con DNI ***2859**
al N.º 60 Rodríguez de Austria Giménez de Aragón, Jacobo con DNI ***0754**
28 de marzo de 2022 - 17:00 h Del N.º 61 Escalante Arroyo, Alfonso con DNI ***9379**
al N.º 70 Zaragoza Jiménez, María Ángeles con DNI ***3872**
28 de marzo de 2022 - 18:00 h Del N.º 71 Garzón Cabrera, Sonia con DNI ***9674**
al N.º 80 Carrasco Cano, Antonio Jesús con DNI ***2546**
29 de marzo de 2022 - 10:00 h Del N.º 81 Muriel Saucedo, Francisco Javier con DNI ***4379**
al N.º 90 Porras Ferrer, Rafael con DNI ***1797**
29 de marzo de 2022 - 11:00 h Del N.º 91 Zampaña Cumbrera, Juan Antonio con DNI ***6100**
al N.º 100 Miralles Carretero, Ana María con DNI ***7492**
29 de marzo de 2022 - 12:00 h Del N.º 101 Gutiérrez Muñoz, Álvaro con DNI ***3293**
al N.º 111 Fernández Fernández, José Ángel con DNI ***2915**

En la comparecencia, el personal aspirante, deberá acudir provisto de la petición de destino, conforme al modelo de formulario que se publica como Anexo II de la presente resolución, debidamente cumplimentado y firmado, así como de la documentación relacionada en el apartado 4 de la base octava de la resolución de convocatoria, debiéndose respecto del documento indicado en la letra b) aportarse copia auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta a los Registros de Títulos No Universitarios» en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y respecto de la declaración responsable a la que hace referencia la letra c), utilizarse el modelo que figura en el Anexo II-A de la presente resolución.

Asimismo, el personal aspirante con discapacidad deberá aportar el correspondiente certificado, expedido por la Consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía, o en su caso del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo, Especialidad u Opción a que se aspira.

3. El personal aspirante que solicite puestos de trabajo con la característica singular «Contacto habitual con Menores» deberá formular la correspondiente Declaración Responsable de no haber sido condenado por sentencia firme en los términos establecidos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, cumplimentando al efecto el formulario que figura en el Anexo II-B de la presente resolución. Si presta consentimiento para la consulta de sus datos contenidos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, marcará la casilla correspondiente tanto en el formulario de petición de destinos, Anexo II, como en el propio Anexo II-B. Si no autoriza la consulta, habrá de aportar certificación negativa emitida por dicho órgano.

4. En caso de que el personal aspirante tuviera la condición de personal funcionario y/o estuviera prestando servicios en la Junta de Andalucía, estará exento de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubiesen sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. El personal funcionario de carrera de otras Administraciones deberá presentar únicamente certificación del organismo de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal, siempre que de lo consignado en el mismo, se evidencie el cumplimiento de los requisitos exigidos para ingreso en el Cuerpo, Especialidad u opción a que se aspira, requiriéndose, en caso contrario, su acreditación documental.

Segundo. En atención a las prioridades funcionales de los servicios de esta Administración, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente resolución. Se realiza una oferta diferenciada, para la aspirante doña Irene Noelia Luna Fernández, con DNI ***2915**, que habiendo accedido al proceso por el turno de personas con discapacidad, ha presentado solicitud de adaptación, conforme a lo establecido en el apartado 1.1 de la base octava de la resolución de convocatoria. Dicha plaza aparece identificada en el Anexo I como Turno: 02 Cupo Discapacidad.

Conforme se dispone en el apartado 1.3 de dicha base, esta aspirante podrán optar por elegir destino, según el orden establecido en el proceso selectivo, bien de entre las plazas ofertadas para el Turno: 01 Turno Libre o la vacante ofertada para el Turno: 02 Cupo Discapacidad.

A tales efectos, la adjudicación de la vacante ofertada en el turno 02 se efectuará, en primer lugar, a la aspirante con discapacidad que ha solicitado la adaptación, garantizándose así lo establecido en el artículo 10 de Decreto 93/2006, de 22 de mayo, y solamente en el caso de que dicha aspirante fuera adjudicataria de otra vacante de entre las ofertadas en el turno libre, podrán ser adjudicada, según el orden obtenido en el proceso, al resto de personal incluido en la relación definitiva de aprobados que las hayan solicitado en su petición de destino.

Tercero. 1. Los destinos se adjudicarán al personal aspirante seleccionado en las respectivas pruebas, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la Relación de Puestos de Trabajo, y conforme al orden de preferencia establecido en el Anexo II de la presente resolución. Al personal aspirante que no haya solicitado suficientes puestos de trabajo en relación con el número de orden obtenido en el proceso selectivo, le será adjudicado de oficio alguno de los que resulten vacantes, una vez atendidas las demás peticiones del personal aspirante.

2. Conforme dispone el artículo 25 del citado Reglamento General, los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo de ocupación.

Cuarto. El personal aspirante que tuviera la condición de funcionario de carrera que ocupe con carácter definitivo puestos de doble adscripción podrá solicitar la adjudicación del mismo con el mismo carácter de ocupación. En tal caso quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destino por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

En este caso, se producirá simultáneamente la toma de posesión en dicho puesto como personal funcionario de carrera del nuevo Cuerpo y la declaración en la situación de excedencia prevista en el artículo 15 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, de aplicación supletoria en esta Comunidad Autónoma, en el Cuerpo al que pertenecía con anterioridad.

Quinto. Las personas que dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no comparezcan al acto al que han sido convocadas, no presentasen la documentación preceptiva, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la resolución de convocatoria, no podrán ser nombrados personal funcionario de carrera en el Cuerpo al que promocionan, quedando sin efecto sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, con carácter potestativo ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 15 de marzo de 2022.- La Directora General, Natalia Silvia Márquez García.

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