Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 01/04/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Extracto de la Resolución de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se desarrolla la convocatoria de las ayudas previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/470 de la Comisión, de 23 de marzo de 2022, por el que se concede una ayuda para el almacenamiento privado de carne fresca o refrigerada de animales de la especie porcina y por el que se fija por anticipado el importe de la ayuda.

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BDNS (Identif.): 617354.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Se convoca en la Comunidad Autónoma Andaluza la presentación de las solicitudes de ayuda previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/470 de la Comisión, de 23 de marzo de 2022, por el que se concede una ayuda para el almacenamiento privado de carne fresca o refrigerada de animales de la especie porcina y por el que se fija por anticipado el importe de la ayuda.

Las ayudas se financiarán con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), en la partida presupuestaria 3300150000/G/71F/47010/00/B030020133.

Segundo. Beneficiarios.

1. Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas de almacenamiento privado de carne de porcino en Andalucía, los agentes económicos afincados y registrados a efectos del IVA en la Unión Europea, que pretendan llevar a cabo el almacenamiento durante alguno de los periodos establecidos en el Anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/470 de la Comisión, de 23 de marzo de 2022, en instalaciones ubicadas en Andalucía, para lo que deberán presentar la correspondiente solicitud.

2. Las ayudas se concederán únicamente para el almacenamiento de las carnes de porcino frescas o refrigeradas, perteneciente a las categorías que figuran en el Anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/470 de la Comisión, de 23 de marzo de 2022, de buena calidad comercial y originaria de la Unión Europea, debiendo cumplir con las condiciones establecidas en la Sección III del Anexo VI del Reglamento Delegado (UE) 2016/1238.

Tercero. Objeto.

Establecer, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la convocatoria para la presentación de las solicitudes de ayuda previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/470 de la Comisión, de 23 de marzo de 2022, para el almacenamiento privado de carne fresca y refrigerada de porcino y fijar el importe de la ayuda por adelantado.

Cuarto. Bases reguladoras.

El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que atañe a la intervención pública y a la ayuda para el almacenamiento privado, y el Reglamento Delegado (UE) 2016/1238 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, que completa el Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que atañe a la intervención pública y la ayuda para el almacenamiento privado, establecen las normas comunes para la aplicación del régimen de ayuda al almacenamiento privado.

El Reglamento de Ejecución (UE) 2022/470 de la Comisión, de 23 de marzo de 2022, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 24 de marzo, que establece la concesión de una ayuda para el almacenamiento privado de carne fresca o refrigerada de animales de la especie porcina y por el que se fija por anticipado el importe de la ayuda.

Quinto. Importe máximo por beneficiario.

El importe unitario de la ayuda, por tonelada, varía en función del periodo de almacenamiento y la categoría del producto y se recogen en el Anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/470 de la Comisión, de 23 de marzo de 2022.

Sexto. Garantías.

Por parte del agente económico será obligatorio la formalización de una garantía por cada solicitud, que será igual al 20% del importe de ayuda solicitada.

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se podrán presentar a partir del 25 de marzo de 2022, siendo la fecha límite para la presentación de las mismas el 29 de abril de 2022.

Octavo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el BOJA y en la página Web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la dirección

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/8299.html

Sevilla.- La Directora General de Ayudas Directas y de Mercados, María Consolación Vera Sánchez.

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