Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 05/04/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Extracto de la Orden de 29 de marzo de 2022, por la que se convocan para el año 2022, las ayudas destinadas a inversiones productivas en la acuicultura (artículo 48.1 letras a) a d) y f) a h) del Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca), previstas en la orden que se cita.

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BDNS (Identif): 617904.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el año 2022, las ayudas destinadas a inversiones productivas en acuicultura, tanto marina como continental (artículo 48.1 letras a) a d) y f) a h) del Reglamento FEMP), previstas en la Orden de 30 de enero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el Desarrollo Sostenible de la Acuicultura Marina en Andalucia, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), modificada por la Orden de 28 de septiembre de 2020 y por la Orden de 29 de junio de 2021 en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Línea de ayuda Partida presupuestaria Cuantía máxima (€)
2022 2023
a) Inversiones productivas acuicultura 1300120000G/71P/
77300/00_G1320221G6_2016000352 6.000.000 8.000.000

Segundo. Beneficiarios.

Las personas físicas o jurídicas titulares de la autorización administrativa de cultivos marinos o continentales necesarias para poder llevar a cabo el proyecto para el que se solicita la ayuda en el lugar donde vaya a realizarse la inversión.

Tercero. Objeto.

La finalidad es lograr los objetivos específicos en virtud de la prioridad 2, recogida en el artículo 6 del Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, tales como el apoyo a la consolidación del desarrollo tecnológico, la innovación y la transferencia de conocimientos; el fomento de la competitividad y la viabilidad de las empresas acuícolas, incluida la mejora de seguridad y de las condiciones de trabajo en particular de la PYME.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 30 de enero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el Desarrollo Sostenible de la Acuicultura Marina en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020), publicada en el BOJA núm. 25, de 7 de febrero de 2017, modificada por la Orden de 28 de septiembre de 2020, publicada en el BOJA núm. 192, de 2 de octubre de 2020, y por la Orden de 29 de junio de 2021, publicada en el BOJA núm. 128, de 6 de julio de 2021.

Quinto. Cuantía.

La dotación de esta línea de ayuda se expone en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas será de 1 mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en el siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/9624.html

La Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, por delegación de firma de la Consejera (Orden de 28.5.2019, BOJA núm. 106, de 5.6.2019), Ana María Corredera Quintana.

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