Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 26/05/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Corrección de errores de la Orden de 2 de febrero de 2022, por la que se modifica la Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social y especialmente vulnerables ante la violencia de género, por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva. (BOJA núm. 26, de 8.2.2022).

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Advertidos errores materiales en la publicación de la Orden de 2 de febrero de 2022, por la que se modifica la Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social y especialmente vulnerables ante la violencia de género, por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 26, de 8 de febrero de 2022), y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su corrección en los siguientes términos:

Primero. En el artículo único de la orden:

Donde dice:

El Cuadro Resumen de la Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las referidas bases reguladoras de subvenciones, queda modificado en sus apartados 2.a), 2.c), 4.a).2.º, 5.c)1.º c), 10.c), 13, 15, 16, 24 y 26 cuyos textos se insertan íntegramente a continuación, al objeto de favorecer el conocimiento y localización de estos por las personas interesadas.

La información asociada al procedimiento regulado en esta orden se encuentra disponible en el Registro de Procedimientos y Servicios, con el código 21962.

Debe decir:

El Cuadro Resumen de la Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las referidas bases reguladoras de subvenciones, queda modificado en sus apartados 2.a), 2.c), 4.a).2.º, 5.c).1.º c), 5.d), 10.c), 13, 15, 16, 23, 24 y 26 cuyos textos se insertan íntegramente a continuación, al objeto de favorecer el conocimiento y localización de estos por las personas interesadas.

La información asociada al procedimiento regulado en esta orden se encuentra disponible en el Registro de Procedimientos y Servicios, con el código 21962.

Segundo. En el apartado 15.b) del Cuadro Resumen:

Donde dice:

Tipo:

Originales

Copias auténticas

Copias autenticadas

Otro: Copia compulsada por medios electrónicos

Debe decir:

Tipo:

Originales X

Copias auténticas X

Copias autenticadas X

Otro: Copia compulsada por medios electrónicos X

Tercero. En el apartado 21.b) del Cuadro Resumen:

Donde dice:

La persona o entidad beneficiaria de la subvención puede instar del órgano concedente la iniciación de oficio del procedimiento para modificar la resolución de concesión:

No.

Sí.

Debe decir:

La persona o entidad beneficiaria de la subvención puede instar del órgano concedente la iniciación de oficio del procedimiento para modificar la resolución de concesión:

No.

Sí. X

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