Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 26/05/2022

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Anuncio de 16 de mayo de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería, sobre el pago de expedientes de expropiación forzosa que se citan.

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Pago de expedientes de expropiación

Aprobados los expedientes de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras que se detallan, en los términos municipales de Alhama de Almería y Cuevas del Almanzora, y una vez hecho efectivo el libramiento para los pagos, esta Delegación Territorial procede a dar publicidad a los titulares de derechos en los expedientes de expropiación que se señalan, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cohonestado con el artículo 48 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, modificado por disposición adicional 10 de la Ley número 21/1986, de 23 de diciembre.

Para el percibo de las cantidades que les corresponden mediante transferencia bancaria, y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, y los artículos 52 y siguientes del Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria, habrán de presentar en un plazo de 15 días, desde que se haga efectiva la notificación, la documentación que se detalla a continuación en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, comunicándose a estos efectos que el Registro Electrónico único de la Junta de Andalucía está accesible en la siguiente sede electrónica:

https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/servicios.html

A) Para aquellos que hayan percibido el importe del expediente que ha generado los intereses de demora (mutuos acuerdos o pieza separada de justiprecio):

1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono íntegro del precio se ingrese en una única cuenta, o en una cuenta de cada propietario, indicando la cantidad que le corresponde a cada uno.

2. Acreditar su personalidad (DNI, NIE o Pasaporte) y adjuntar fotocopia del mismo.

3. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho (original del poder notarial o poder «apud acta», otorgado ante Secretria/o del Ayuntamiento o ante la Secretaria General Provincial y de Recursos Comunes de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería. También deberán aportar fotocopia de dicho poder así como fotocopia del DNI del representante.

4. En el supuesto de personas jurídicias deberá portarse CIF y copia compulsada de la escritura de constituación, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento inscrito en el Registro Mercantil o el que proceda.

5. Certificado bancario original con el sello original de la entidad bancaria, con el IBAN y con los 20 dígitos de la cuenta en la que deberán ser titulares todos y cada uno de los beneficiarios de dicho pago.

B) Para los titulares de mutuos acuerdos así como los titulares de piezas separada de justiprecio y los titulares que todavía no hayan percibido el importe que ha generado los intereses de demora (mutuos acuerdos o pieza separada de justiprecio), y estando éste depositado en la Caja General de Depósitos, así como los expedientes de pieza separada de justiprecio:

1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono íntegro del precio se ingrese en una única cuenta, o en una cuenta de cada propietario, indicando la cantidad que le corresponde a cada uno.

2. Acreditar su personalidad (DNI, NIE o Pasaporte) y adjuntar fotocopia del mismo.

3. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho (original del poder notarial o poder «apud acta», otorgado ante Secretria/o del Ayuntamiento o ante la Secretaria General Provincial y de Recursos Comunes de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería. También deberán aportar fotocopia de dicho poder así como fotocopia del DNI del representante.

4. En el supuesto de personas jurídicias deberá portarse CIF y copia compulsada de la escritura de constituación, así como DNI del representante legal y acreditación de su nombramiento inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.

5. Nota simple (original o fotocopia compulsada) del Registro de la Propiedad, o, en su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificaciones negativas del Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.

6. En el supuesto de que la finca esté hipotecada o embargada deberá portar autorización o conformidad del acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.

7. Certificado bancario original con el sello original de la entidad bancaria, con el IBAN y con los 20 dígitos de la cuenta en la que deberán ser titulares todos y cada uno de los expropiados.

De no presentar la documentación solicitada, el importe del depósito previo, será depositado en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación del Gobierno en Almería hasta su comparecencia en esta Delegación Territorial con la documentación solicitada y posterior comprobación de la titularidad, circunstancia que será notificada al interesado o interesada.

En el supuesto de que algún titular expropiado (persona física) desee cobrar mediante cheque nominativo, deberá solicitarlo de forma expresa mediante escrito dirigido a la Delegación Territorial.

Al mismo tiempo se hace público este acto parar que, si existieran terceras personas que se considerasen con mejor derecho al percibo de las indemnizaciones, puedan comparecer en la Delegación Territorial y formular la reclamación que a su derecho convenga, para la cual deberán ir provistos de los documentos en que fundamenten su intervención, previa solicitud de cita previa.

ANEXO I

Expediente de intereses de demora desde día siguiente firma mutuo acuerdo hasta fecha pago del mutuo acuerdo. Obra: Modificado núm. 1. Actuación de seguridad vial en eliminación de tramo de concentración de accidentes en la carretera A-348, p.k. 137,3 al p.k. 138,3 (TCA 01-07).

Clave: 02-AL-1501-M.1-0.0-SV mutuos acuerdos remesa núm. 4.

T.m.: Alhama de Almería (Almería).

Número Finca Plano Parcelario Titulares
78-C Berenguel Guil, Felisa

ANEXO I I

Expediente de intereses de demora complementario desde día siguiente acurdo de valoración hasta fecha pago de la pieza separada de justiprecio remesa núm. 559. Obra: Mejora de la seguridad vial en la carretera A-332 de Cuevas del Almanzora a San Juan de los Terreros, del p.k. 9+100 al p.k. 13+000 (Almería).

Clave: 02-AL-1773-0.0-0.0-SV. T.m.: Cuevas del Almanzora (Almería).

Número Finca Plano Parcelario Titulares
6 Frualma, s.L.

Almería, 16 de mayo de 2022.- La Delegada, Eloísa María Cabrera Carmona.

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