Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 31/05/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se modifica la de 20 de enero de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se establece el calendario de publicación de las convocatorias de contratos para la realización de actividades científico-técnicas para Personal Investigador y Técnicos con cargo a proyectos/ayudas de investigación durante 2023, vinculados a líneas de investigación o a servicios científico-técnicos, al amparo del artículo 23 bis de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y el modelo de las convocatorias previstas.

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La Universidad de Sevilla establece las convocatorias públicas de contratos para la realización de actividades científico-técnicas para personal investigador y técnicos con cargo a proyectos/ayudas de investigación vinculados a líneas de investigación o a servicios científico-técnicos durante el año 2023, modificando la Resolución Rectoral de 20 de enero de 2023, con el calendario de presentación de solicitantes que figura en el apartado 20 de esta resolución, y con arreglo a las siguientes estipulaciones.

CONVOCATORIA DE CONTRATO DE ACTIVIDADES CIENTÍFICO-TÉCNICAS

1. Regulación aplicable.

1.1. La contratación de personal investigador y técnicos con cargo a proyectos/ayudas de investigación, vinculados a líneas de investigación o a servicios científico-técnicos, para la realización de actividades científico-técnicas se regirá por la normativa aprobada por Acuerdo 6.1/CG 13-4-23, y por la Resolución Rectoral de 25.5.23, por la que se desarrolla el procedimiento para la selección del personal investigador y técnico previsto en esta normativa, por otras normas propias y en todo aquello que le resulte de la aplicación por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU); el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET); el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP); la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medias urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, el Real Decreto-ley 8/2022, de 5 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la contratación laboral del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, y la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento, y las restantes normas que le resulten de aplicación.

1.2. En los anexos de la convocatoria de cada contrato constarán los requisitos específicos de admisión que guardarán relación objetiva y proporcionada con las funciones asumidas y las tareas a desempeñar y siempre respetarán los principios de mérito, capacidad, igualdad y no discriminación y publicidad y transparencia.

2. Forma de acceso.

De conformidad con lo previsto en el artículo 61.7 EBEP, la forma de acceso será el concurso de valoración de méritos, que tomará en consideración como méritos los recogidos en el apartado 11.

3. Requisitos.

3.1. Para concurrir a la convocatoria los candidatos deberán reunir con carácter general los siguientes requisitos, conforme a lo establecido en el EBEP:

1) Ser español, nacional o de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o estar en las situaciones contempladas en el artículo 57 del EBEP.

2) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

3) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

4) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

5) En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria que impida en su Estado el acceso al empleo público.

3.2. Los aspirantes deberán cumplir además los requisitos que se especifiquen en los anexos correspondientes de las respectivas convocatorias.

3.3. No podrá formalizarse la contratación de personal investigador y técnico extranjero no comunitario, mientras no obtenga el visado que les autorice para trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y sus disposiciones reglamentarias de aplicación.

3.4. Podrán solicitar estos contratos quienes ostenten los requisitos académicos o de titulación establecidos en los anexos de cada convocatoria. En el caso de solicitantes con títulos extranjeros no homologados y a efectos de su admisión en el proceso selectivo, deberán aportar traducción oficial al español o inglés de dichos documentos, conforme a lo indicado en el artículo 7, apartado 5.

4. Régimen jurídico de los contratos.

4.1. Los contratos suscritos en ejecución de la presente convocatoria serán contratos de carácter laboral y de duración indefinida de actividades científico-técnicas previstos en el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de la Ciencia, de 1 de junio, cuyo objeto será la realización de actividades vinculadas a líneas de investigación o de servicios científico-técnicos, incluyendo la gestión científico-técnica de estas líneas, que se definen como un conjunto de conocimientos, inquietudes, productos y proyectos, construidos de manera sistemática alrededor de un eje temático en el que confluyan actividades realizadas por uno o más grupos de investigación y requerirá su desarrollo siguiendo las pautas metodológicas adecuadas en forma de proyectos de I+D+I. Estas líneas figurarán en el Anexo I de la convocatoria para cada uno de los contratos ofertados.

Estos contratos se financiarán con cargo a programas, proyectos o ayudas de investigación, que tendrá que figurar también en el Anexo I de las convocatorias para cada uno de los contratos o que se añadirán con posterioridad como adenda durante la vigencia del contrato cuando se obtengan nuevas partidas destinadas a las líneas de investigación o a los servicios científico-técnicos a las que se vincularon inicialmente las actividades científico-técnicas objeto de estos contratos, y que podrán tener el mismo u otro investigador responsable de proyecto que forme parte de la línea de investigación. Si el investigador responsable del programa, proyecto o ayuda, que financia el contrato u otro investigador responsable quiere formalizar una de estas adendas para vincular a otro programa, proyecto o a ayuda a la línea de investigación o a los servicios científico-técnicos, deberá comunicarlo 45 días antes de la fecha prevista para la finalización de la financiación de la línea de investigación al Vicerrector de Investigación. La solicitud de esta adenda se presentará a través del Registro General de la Universidad de Sevilla

(https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones, salvo que se habilite por parte del Vicerrectorado de Investigación la solicitud a través de una plataforma informática para la gestión de la contratación de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Sevilla y se incorpore este trámite electrónico a la convocatoria.

4.2. Se indicará también en el Anexo I de la convocatoria la fecha estimada de inicio del contrato.

4.3. El investigador responsable del programa, proyecto o ayuda que financia el contrato podrá iniciar el proceso selectivo una vez haya sido publicada la resolución provisional de adjudicación del programa, proyecto o ayuda que lo financia. Este proceso selectivo, así como la formalización del contrato, estarán condicionados a la concesión de financiación en la resolución definitiva de adjudicación del programa, proyecto o ayuda y existan fondos destinados a este fin. En todo caso, no podrá procederse a la formalización del contrato hasta la publicación de la resolución definitiva de adjudicación. La Universidad de Sevilla no será responsable de las contrataciones que no lleguen a formalizarse por no cumplirse los requisitos anteriores.

4.4. Con carácter general no se programarán convocatorias para contratos cuya tramitación exija iniciar su vigencia a menos de tres meses de la finalización de la financiación prevista para la línea de investigación a la que el contrato se adscriba.

4.5. Antes de la formalización del contrato y con respeto de la legalidad, se habrá reservado en la orgánica de los proyectos que financien la línea de investigación vinculada a estos contratos la cantidad necesaria para satisfacer el coste total del contrato, incluida la indemnización por extinción que legalmente proceda. La formalización de los contratos estará condicionada a la aprobación de la reserva de crédito asociada a cada uno de los contratos ofertados.

4.6. Al personal contratado conforme a la presente convocatoria se le aplicará el régimen de incompatibilidades previsto en la legislación vigente. En todo caso, cuando conforme a esta legislación se produzca un supuesto de incompatibilidad, estará sometido a las obligaciones de reintegro oportunas.

4.7. En el caso de trabajadores extracomunitarios, para la formalización del contrato será necesaria la presentación del permiso de trabajo. Los efectos del contrato serán, en todo caso, a partir de la fecha de inicio del permiso de trabajo.

4.8. Los contratos que se rijan por la presente convocatoria no implicarán, en ningún caso, la incorporación a la plantilla comprendida en el capítulo primero del Presupuesto de la Universidad de Sevilla ni a sus Departamentos en que se distribuye su personal docente e investigador ni a sus Institutos universitarios de Investigación.

4.9. Las obligaciones específicas de las partes se expresarán en el contrato de trabajo que se suscriba.

5. Retribución de los contratos.

5.1. La retribución mensual bruta de los contratos se fijará de acuerdo con la tabla de costes totales para la institución incluida en el Anexo II de esta convocatoria. Dicha tabla será actualizada por resolución rectoral conforme a los incrementos retributivos y de cotización aprobados por la normativa laboral vigente, así como a la incorporación de los complementos retributivos legalmente previstos.

5.2. Con objeto de que los salarios sean competitivos, los importes retributivos mínimos indicados en dicha tabla podrán incrementarse hasta en un 50%, siempre que la convocatoria del proyecto/ayuda de la línea de investigación o servicios científico- técnicos que financia el contrato lo permita a efectos de justificación económica y el puesto de trabajo requiera competencias que exijan un alto grado de especialización y/o dificultad.

5.3. Si en las convocatorias, sus bases reguladoras o acuerdos de consorcio de los proyectos, ayudas o programas que financien las líneas de investigación o servicios científico-técnicos se establece una retribución o rango de retribuciones diferentes, prevalecerán estos sobre las de la tabla del Anexo II de esta convocatoria. En todo caso, la determinación del salario respetará el máximo establecido en el párrafo anterior, siempre que las convocatorias, bases reguladoras o acuerdos de consorcio lo permitan. Cuando el límite inferior del rango establecido en ellos sea superior a ese máximo, se aplicará dicho límite al salario.

5.4. El contrato implica además el alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

6. Efectos de los contratos.

Los contratos surtirán efectos desde la fecha en que se formalicen, a través de la firma de la persona contratada y del Rector de la Universidad de Sevilla, hasta la finalización de la asignación presupuestaria establecida para ellos en los proyectos, ayudas o programas que conformen la línea de investigación o servicios científico-técnicos con que se financien.

En el caso de trabajadores extracomunitarios, para la formalización del contrato será necesaria la presentación del permiso de trabajo. Los efectos del contrato serán, en todo caso, a partir de la fecha de inicio del permiso de trabajo.

7. Solicitudes.

7.1. Cada convocatoria se publicará en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) conforme al calendario indicado en el apartado 20 de esta resolución, que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4.5 del Reglamento del Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla y 11.1 del Reglamento de creación y regulación de la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla, surte los efectos de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla.

7.2. Los actos del procedimiento sucesivos a la convocatoria que deban ser notificados a los solicitantes, salvo aquellos para los que la Normativa para la contratación de personal investigador y técnicos con cargo a proyectos/ayudas de Investigación prevea su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla, se publicarán en la página web del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Sevilla

(https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal).

La publicación de los actos del procedimiento sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos efectos, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, las fechas de publicación de los distintos actos y resoluciones serán las que determinen el inicio del cómputo de plazos.

7.3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días conforme al calendario indicado en el apartado 20 de esta resolución.

7.4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 del Reglamento sobre administración electrónica de la Universidad de Sevilla aprobado por Acuerdo 7.1/CG 20-12-22, la tramitación de los procedimientos para la contratación de personal investigador y técnicos con cargo a proyectos/ayudas de Investigación, será electrónica a través del gestor de solicitudes del Vicerrectorado de Investigación

(disponible en la URL https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal/instrucciones-candidatos),

en los términos establecidos en la presente resolución rectoral.

7.5. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI o equivalente para la ciudadanía de la Unión Europea, o tarjeta de residente en caso de naturales de otros países.

b) Títulos obtenidos o resguardo de haberlos solicitado. En el caso de titulaciones extranjeras, éstas deberán estar homologadas (grado o máster), contar con la declaración de equivalencia oficial (doctorado), o se deberá acreditar el reconocimiento del título para acceder a estudios oficiales de posgrado (máster o doctorado) expedido por resolución rectoral de la Universidad de Sevilla o documento oficial equivalente expedido por otra universidad española. En el momento de la solicitud del contrato será suficiente con presentar la solicitud de homologación o de declaración de equivalencia oficial ante una universidad española, o el documento/resguardo acreditativo de haber iniciado el procedimiento de acceso a los estudios oficiales de posgrado (máster o doctorado) mediante la correspondiente acreditación del reconocimiento del título extranjero que permita el acceso al mismo. En el momento de la firma del contrato será condición necesaria disponer de dicha homologación, declaración de equivalencia oficial, o Resolución Rectoral de la Universidad de Sevilla o documento oficial equivalente expedido por otra universidad española que acredite el acceso a los estudios oficiales de posgrado.

c) Certificación académica oficial, en la que figuren detalladas las asignaturas y calificaciones obtenidas en cada una de ellas.

d) Currículum vitae.

e) Acreditación documental del cumplimiento de los restantes requisitos establecidos en el Anexo I de la Convocatoria. (Formación y experiencia)

f) Acreditación documental de los méritos alegados en el currículum vitae.

7.6. Las solicitudes se registrarán a través del gestor de solicitudes del Vicerrectorado de Investigación, https://investigacion.us.es/sisius/investigador (en la aplicación, seleccionar la opción «Solicitudes»), siguiendo las instrucciones disponibles en

https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal/instrucciones-candidatos.

7.7. Los solicitantes deberán rellenar el formulario de solicitud normalizado que figura como Anexo III en esta resolución. Dicho formulario se encuentra igualmente disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación

(https://investigacion.us.es/docs/contratacion/form_candidato_rrhh.pdf)

y deberá firmarse electrónicamente e incorporarse, a través del gestor de solicitudes, junto con la documentación acreditativa de los requisitos exigidos y méritos alegados. El tamaño máximo de cada documento no podrá superar los 4MB.

7.8. Una vez finalizado el registro de la solicitud en el gestor de solicitudes y adjuntados todos los documentos requeridos, el solicitante deberá presentar el documento generado acreditativo de haber cumplimentado la solicitud, dirigido al Vicerrector de Investigación, a través el Registro General de la Universidad de Sevilla

(https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do)

o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.

7.9. Solo cuando se haya llevado a cabo el trámite previsto en el apartado anterior se tendrán por adjuntados a la solicitud los documentos y la información que se hubiese incorporado al gestor de solicitudes.

8. Listado provisional de admitidos y excluidos.

Una vez revisadas las solicitudes presentadas, se publicará el listado provisional de solicitantes admitidos y excluidos en la página web del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Sevilla (https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal).

9. Subsanación de solicitudes.

9.1. Aquellos solicitantes que no reúnan los requisitos exigidos o que no hayan presentado la documentación requerida dispondrán de un plazo de cinco días a partir del día siguiente a la publicación de las listas provisionales para presentar reclamación, o bien para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición. En este trámite en ningún caso se podrán reformular las solicitudes presentadas.

9.2. Las subsanaciones se registrarán a través del gestor de solicitudes, disponible en la dirección

URL https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal/instrucciones-candidatos,

incorporando en formato pdf los documentos requeridos. Cada uno de los ficheros en los que se presente la documentación que se pretende subsanar no podrá superar el tamaño máximo de 4MB. Una vez grabada la subsanación en el gestor e incorporados todos los documentos requeridos, el solicitante deberá finalizar el proceso y presentar el documento generado acreditativo de la subsanación, dirigido al Vicerrector de Investigación, a través del Registro General de la Universidad de Sevilla

(https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

9.3. Solo cuando se haya llevado a cabo el trámite previsto en el apartado anterior se tendrán por adjuntados a la subsanación los documentos y la información que se hubiesen incorporado al gestor de solicitudes.

9.4. Los solicitantes excluidos provisionalmente que no presenten en plazo reclamación o subsanación de documentación se tendrán por desistidos en su petición.

10. Listado definitivo de admitidos y excluidos.

Transcurrido el plazo sin que se hubiesen presentado reclamaciones o resueltas las que, en su caso, hayan podido presentarse, se publicará el Listado definitivo de admitidos y excluidos, en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla

(https://www.us.es/tablon-virtual), y en la dirección web del Vicerrectorado de Investigación (https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal).

11. Criterios de valoración.

11.1. Los criterios generales de valoración serán: titulaciones, expediente académico, currículo investigador y, opcionalmente, entrevistas con las personas candidatas.

11.2. Los criterios específicos de valoración se recogerán en el Anexo I de la convocatoria y deberán guardar relación objetiva y proporcionada con las funciones asumidas y las tareas a desempeñar, entre los que se incluirá la formación en las tareas asignadas al contrato ofertado y la experiencia profesional relacionada con dichas tareas.

11.3. La Comisión de Selección será responsable de valorar los méritos y ordenar la realización de las entrevistas si lo considera necesario. Con carácter general valorarán los siguientes méritos acreditados documentalmente y relacionados con las tareas y actividades a realizar, de acuerdo con las siguientes puntuaciones:

1) Titulaciones oficiales directamente relacionadas con las tareas a desarrollar y hasta un máximo de 3 puntos. En el caso de que una determinada titulación o titulaciones sean exigibles como requisito de participación en la convocatoria, únicamente se valorarán aquellas iguales o superiores a la exigida, con los siguientes límites máximos:

• Doctor (hasta un máximo de 3 puntos).

• Máster Universitario con la previa titulación de Grado/Licenciatura/Diplomatura (hasta un máximo de 2,5 puntos).

• Licenciatura o Grado de 300 ECTS o superior (hasta un máximo de 2,1 puntos).

• Grado inferior a 300 ECTS (hasta un máximo de 1,9 puntos).

• Diplomado Universitario (hasta un máximo de 1,7 puntos).

• Formación Profesional de grado superior o Bachiller (hasta un máximo de 1,2 puntos).

• Formación Profesional de grado medio, Educación Secundaria Obligatoria o equivalente (hasta un máximo de 0,5 puntos).

2) Formación relacionada con las tareas a desempeñar (hasta un máximo de 2 puntos).

3) Experiencia profesional relacionada con las tareas a desarrollar (hasta un máximo de 2,5 puntos).

11.4. La Comisión de Selección establecerá la puntuación mínima exigible en el baremo de méritos (méritos 1, 2, y 3 del apartado 11.3) para que los candidatos puedan ser seleccionados o formen parte de la lista de candidatos suplentes, quedando aquellos aspirantes que no la alcancen eliminados del proceso selectivo. Dicha puntuación mínima se publicará en el Anexo I de la Convocatoria para cada uno de los contratos ofertados. La Comisión de Selección no podrá valorar los méritos de los candidatos excluidos ni podrá formularles propuesta de contratación alguna.

11.5. El órgano de admisión (Vicerrectorado), en caso de duda pedirá informe a la Comisión de Selección para identificar titulaciones equivalentes a las requeridas en el contrato ofertado. El informe justificativo deberá estar acordado y firmado por todos los miembros de dicha Comisión, con base en el contenido y competencias de cada una de las titulaciones.

11.6. Las Comisiones de Selección quedarán facultadas para establecer, si fuese necesaria, la realización de la entrevista para valorar la aptitud de los candidatos que hayan superado la nota de corte para el desempeño de las tareas ofertadas en el contrato. En este supuesto, la realización y valoración de la entrevista corresponderá conjuntamente a la Comisión de Selección y al Investigador Principal. (Hasta un máximo de 2,5 puntos).

11.7. La convocatoria para la asistencia a entrevistas se publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación (https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal) con una antelación mínima de 48 horas. Junto con la convocatoria de asistencia a las entrevistas se publicarán los criterios genéricos de valoración de las entrevistas tales como, la experiencia previa, los conocimientos sobre las tareas a desarrollar y la aptitud ante la resolución de problemas, etc.

11.8. Criterios de desempate.

En caso de empate en las puntuaciones obtenidas por varios candidatos, se priorizarán las solicitudes según el siguiente orden:

• Puntuación más alta en el ítem 3 del apartado 11.3.

• Puntuación más alta en el ítem 2 del apartado 11.3.

• Puntuación más alta en el ítem 1 del apartado 11.3.

• Sorteo, atendiendo al número de DNI de cada candidato, que se realizará en acto público comunicando con un mínimo de 48 horas de antelación el lugar, fecha y hora de celebración.

11.9. En caso de empate en las puntuaciones obtenidas por varios candidatos, corresponderá a la Comisión de Selección aplicar los criterios de desempate especificados en el artículo 10.4 de la Normativa para la contratación de personal investigador y técnicos con cargo a proyectos/ayudas de investigación. El resultado del desempate se publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación y en el tablón electrónico oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual).

12. Comisión de Selección de las solicitudes.

12.1. La selección de los candidatos se llevará a cabo por una Comisión de Selección, cuya composición se publicará en el Anexo I de cada convocatoria. Dicha Comisión estará constituida por tres investigadores, de titulación igual o superior a la exigida para el contrato convocado, designadas por la Comisión de Investigación de la Universidad de Sevilla, de los que al menos uno de ellos tendrá que ser investigador en la línea de investigación a la que se vincula el contrato. Se podrán nombrar suplentes para cada uno de los miembros. Todos los miembros de estas Comisiones de Selección quedan sujetos al cumplimiento de la legislación vigente en cuanto a los motivos de abstención y recusación, debiéndolo notificar si efectivamente se dieran, a la Comisión de Investigación de la Universidad de Sevilla, para que, en su caso, con anterioridad a la iniciación del procedimiento de valoración, proceda al nombramiento y publicación de los nuevos miembros de la Comisión de Selección.

12.2. La Comisión de Investigación designará dichas comisiones antes del plazo de inicio de presentación de candidatos por el procedimiento que tenga establecido.

12.3. Con carácter previo a la decisión de la Comisión de Selección, los respectivos investigadores principales de los programas, ayudas, proyectos o contratos de investigación adscritos a las líneas de investigación a las que se vaya a vincular el investigador emitirán un informe no vinculante donde se incluirá una lista baremada de los candidatos de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en los correspondientes anexos de la convocatoria.

12.4. La selección del personal investigador y de apoyo se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. La selección se realizará con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, mediante la valoración de los documentos aportados en la solicitud, basando la decisión en criterios de adecuación al perfil que figure en la convocatoria; quedarán debidamente acreditados en el expediente los fundamentos del acuerdo que se adopte.

13. Adjudicación provisional de los contratos.

13.1. Efectuada la baremación por parte de la Comisión de Selección se publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación

(https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal) la adjudicación provisional de cada contrato en la que figurarán los adjudicatarios y las personas integrantes de la lista de reserva en cada una de las modalidades de contratación convocadas.

13.2. En esta adjudicación provisional quedarán excluidos aquellos candidatos que no hubiesen superado el umbral mínimo de puntuación que se hubiera previsto, en su caso, en la convocatoria.

13.3. Mediante la resolución de adjudicación provisional se concederá un plazo de cinco días, a partir del siguiente al de su publicación, para la presentación de las alegaciones que se estimen oportunas que se realizarán a través del gestor de solicitudes, disponible en la dirección URL

https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal/instrucciones-candidatos adjuntando en formato pdf la documentación. Cada uno de los ficheros en los que se presente la documentación no podrá superar el tamaño máximo de 4 MB.

13.4. Una vez grabada la alegación en el gestor e incorporados los documentos que correspondan, el solicitante deberá finalizar el proceso y generar el documento acreditativo de resumen de la alegación que deberá presentar, dirigido al Vicerrector de Investigación, a través del Registro General de la Universidad de Sevilla

(https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

13.5. Solo cuando se haya llevado a cabo el trámite previsto en el apartado anterior se tendrán por adjuntados a la alegación los documentos y la información que se hubiese incorporado al gestor de solicitudes.

14. Adjudicación definitiva de los contratos.

14.1. La adjudicación provisional, con la propuesta de la persona adjudicataria, se convertirá en definitiva si los restantes admitidos al concurso no hubieran efectuado ninguna alegación o hubieran comunicado el desistimiento de su solicitud. En este supuesto, se procederá a la publicación de la resolución rectoral de adjudicación definitiva conforme a lo previsto en el apartado 4 de este artículo.

14.2. Resueltas las alegaciones presentadas contra la resolución de adjudicación provisional, se elevará la relación definitiva de adjudicatarios al Rector de la Universidad de Sevilla, el cual dictará la resolución definitiva de adjudicación.

14.3. En la resolución de adjudicación definitiva figurarán los adjudicatarios de los contratos y las personas que integren las listas de reserva en cada una de las modalidades de contratación.

14.4. La resolución rectoral de adjudicación definitiva será publicada en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) de conformidad con lo establecido en los artículos 4.5 del Reglamento del Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla y 11.1 del Reglamento de creación y regulación de la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla y en la en la página web del Vicerrectorado de Investigación (https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal).

14.5. La resolución con la adjudicación definitiva de los contratos agotará la vía administrativa.

15. Aceptación de la adjudicación.

15.1. Tras la publicación de la resolución de adjudicación definitiva de los contratos, el adjudicatario dispondrá de un plazo de tres días, a partir del siguiente al de su publicación, para aceptar el contrato adjudicado o manifestar su renuncia a suscribirlo, mediante el procedimiento que se establezca en la referida resolución.

15.2. En el supuesto de que no se produzca la aceptación en el plazo fijado en el apartado anterior, la plaza será ofrecida sucesivamente a los candidatos que figuren en la lista de reserva según el orden establecido en la resolución, que deberá manifestarse en los mismos términos y plazos.

16. Sucesivas adjudicaciones.

16.1. Recibida la renuncia al contrato suscrito dentro del plazo de dos años desde su firma, el investigador responsable podrá solicitar al Vicerrectorado competente la sustitución del renunciante por la persona suplente. En este caso, se comunicará al siguiente candidato que figure en la lista de reserva la posibilidad de suscribir el contrato como nuevo adjudicatario, el dispondrá de un nuevo plazo de tres días para manifestar la aceptación o renuncia en los términos fijados en el apartado 1 del artículo 15.

16.2. En el supuesto de que no se produzca la aceptación del primer suplente en el plazo fijado en el apartado anterior, la plaza será ofrecida sucesivamente a los candidatos que figuren en la lista de reserva según el orden establecido en la Resolución, que deberá manifestarse en los mismos términos y plazos.

17. Extinción del contrato.

17.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 bis de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, las causas de extinción a que den lugar los contratos que se rijan por la presente convocatoria serán las previstas en el artículo 49 del ET y sus normas de desarrollo y concordantes.

17.2. Serán causas objetivas de extinción del contrato las previstas en la Sección 4.ª del Capítulo III del Título I del ET. En los contratos de trabajo que se rijan por la presente convocatoria se consignará expresamente como causa de extinción la insuficiencia de la correspondiente consignación de fondos para su financiación en la línea de investigación o en los servicios científico-técnicos a la que se vincula. Si se produjera esta causa del trabajador tendrá derecho a recibir la indemnización que legalmente proceda.

18. Prevención de Riesgos Laborales.

18.1. Los candidatos seleccionados recibirán información relativa a los riesgos generales y específicos de la actividad a realizar en los puestos de trabajo a desempeñar, comprometiéndose al cumplimiento de las medidas establecidas en la Guía Preventiva para el personal contratado con cargo a proyectos/ayudas de investigación en la Universidad de Sevilla, la cual deben consultar y descargar en la página del Servicio de Prevención de la Universidad de Sevilla

(SEPRUS, https://recursoshumanos.us.es/index.php?page=seprus).

18.2. La Universidad de Sevilla, conforme al artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a través de su Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, garantiza la vigilancia del estado de salud de sus trabajadores en función de los riesgos inherentes al trabajo, mediante la realización de reconocimientos médicos que aplican protocolos específicos al riesgo, los cuales, se llevarán a cabo por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada, respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona, garantizando la confidencialidad de la información relacionada con su estado de salud.

19. Vigencia.

Las presentes bases se aplicarán a las convocatorias de contratos indefinidos para Actividades científico-técnicas para personal investigador y técnico con cargo a proyectos/ayudas de investigación vinculados a líneas de investigación o a servicios científico-técnicos, que se convoquen con posterioridad mientras no sean expresamente derogadas.

20. Calendario de publicación de las convocatorias y presentación de solicitudes por los candidatos durante el año 2023.

Fecha de publicación de la convocatoria en el tablón electrónico oficial de la Universidad de Sevilla Inicio del plazo de presentación de solicitudes Fin del plazo de presentación de solicitudes
07/06/2023 09/06/2023 22/06/2023
07/07/2023 10/07/2023 21/07/2023
07/09/2023 08/09/2023 21/09/2023
06/10/2023 09/10/2023 23/10/2023
07/11/2023 08/11/2023 21/11/2023
05/12/2023 11/12/2023 22/12/2023

De acuerdo con el artículo 30 del Reglamento sobre Administración Electrónica de la Universidad de Sevilla, en el supuesto de que incidencias técnicas que impidiesen la publicación de las convocatorias en el Tablón Oficial de la Universidad de Sevilla en las fechas indicadas, podrá acordarse el aplazamiento de la convocatoria o una ampliación del plazo de presentación de solicitudes mediante resolución motivada del Vicerrectorado de Investigación.

Disposición adicional primera. Expresiones de género.

Las referencias a personas, grupos o cargos académicos figuran en la presente convocatoria en género masculino como género gramatical no marcado. Cuando proceda, se podrán citar los preceptos correspondientes en género femenino.

Disposición final. Entrada en vigor.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, ante el Rectorado de la Universidad de Sevilla (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla (artículo 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio).

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Universidad de Sevilla.

ANEXO I

RELACIÓN DE CONTRATOS CONVOCADOS

(Modelo a seguir para cada contrato ofertado)

1. Relación de contratos convocados:

2. Convocatoria:

3. Referencia:

4. Perfil solicitado: Investigador/Técnico de Apoyo a la Investigación.

La actividad del presente contrato se desarrollará en el marco de una línea de investigación o servicio científico-técnico (indicar nombre de la línea/servicio científico-técnico), conforme a lo establecido en la convocatoria del proceso selectivo.

Dicha línea/servicio científico-técnico está asociada al proyecto/ayuda/programa de I+D+i (indicar nombre y referencia del proyecto). Las actividades objeto del contrato son las relativas a la línea de investigación/servicio científico-técnico anteriormente citada y son las siguientes (detallar las tareas principales):

-

-

Dicho proyecto/ayuda/programa financiará el contrato por un período previsto desde hasta el (fecha de finalización de la financiación inicial para el contrato en el proyecto/ayuda/programa). El coste financiado del contrato, importe bruto más el importe de las cuotas patronales por el periodo previsto de financiación, incluido el coste de la eventual indemnización por extinción de la financiación de la línea de investigación, será de euros.

La dedicación será de horas semanales que se distribuirán conforme a la siguiente jornada laboral

5. Retribuciones.

El sueldo bruto mensual que percibirá el contratado ascenderá a euros. En dicha retribución se encuentra incluido el prorrateo o parte proporcional de las pagas extras y cuotas a la seguridad social.

Si durante la vigencia del contrato se produjera cualquier cambio normativo que supusiera un incremento en su coste, este incremento deberá ser sufragado con cargo al proyecto o subvención del que se deriva el contrato o dará lugar, en su caso, a una reducción proporcional en su duración para asumirlo.

Orgánica del proyecto:

6. Valoración de méritos.

La Comisión de Selección establece la puntuación mínima de puntos (como máximo 7´5, en los apartados 1,2 y 3 del artículo 11.3 de la presente convocatoria) para que los candidatos puedan ser seleccionados o formen parte de la lista de candidatos suplentes.

7. Investigador responsable.

8. Requisitos específicos: Titulación oficial requerida:

Otros requisitos, «Formación y Experiencia»:

9. Comisión de Selección: Presidente: Vocal 1:

Vocal 2:

Suplente Presidente: Suplente Vocal 1:

Suplente Vocal 2:

10. Destino:

11. Categoría laboral:

ANEXO II

TABLA DE CATEGORÍAS DE CONTRATACIÓN

CATEGORÍA TITULACIÓN COSTE MÍNIMO TOTAL ANUAL DEL SALARIO PARA LA US
(tiempo completo), INCLUIDAS
CUOTA PATRONALES
SALARIO BRUTO MENSUAL
(12 pagas)
COSTE MÁXIMO TOTAL ANUAL DEL SALARIO PARA LA US
(tiempo completo), INCLUIDAS
CUOTAS PATRONALES
SALARIO BRUTO MENSUAL
(12 pagas)
Técnico Auxiliar Formación profesional de grado medio, Educación Secundaria obligatoria o equivalente 21.937,56 1.386,00 32.906,40 2.079,00
Técnico Especialista Formación Profesional de grado superior o Bachiller 22.099,56 1.396,23 33.147,84 2.094,35
Titulado de grado medio Diplomatura, Ingeniería técnica, Arquitectura técnica o Grado de menos de 240 ECTS 25.405,80 1.605,12 38.108,76 2.407,68
Titulado superior Licenciatura o Grado 30.634,32 1.935,45 45.951,48 2.903,18
Titulado
superior
Doctor 32.200,00 2.042,11 48.803,00 3.083,31

Las cuantías indicadas en la tabla anterior se actualizarán conforme a los incrementos retributivos y de cotización que se establezcan en la normativa vigente.

Esta tabla de retribuciones será de aplicación para los contratos solicitados con posterioridad a la publicación de la convocatoria.

Con objeto de que los salarios sean competitivos, los importes retributivos mínimos indicados en dicha tabla podrán incrementarse hasta en un 50%, siempre que la convocatoria del proyecto/ayuda de la línea de investigación que financia el contrato lo permita a efectos de justificación económica y el puesto de trabajo requiera competencias que exijan un alto grado de especialización y/o dificultad.

ANEXO III

SOLICITUD DE DATOS PERSONALES A CANDIDATOS

Solicitante
Apellidos: Nombre:
NIF/DNI/NIE/Pasaporte: Nacionalidad:
Fecha de nacimiento: Dirección postal:
Ciudad: Código postal:
Provincia: Titulación académica:
Correo electrónico: Teléfono móvil:
Teléfono fijo:

En aplicación del principio de transparencia y lealtad regulado en el Reglamento General de Protección de datos RGPD UE 2016/679 se le informa que la Universidad de Sevilla es responsable del presente tratamiento, «Gestión de la Investigación» que tiene como finalidad la «Gestión Económico, administrativa, técnica y académica de la investigación en la US». El tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte; para el cumplimiento de una obligación legal, el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a la US. Asimismo, y en su caso, se legitima con el consentimiento del interesado. De acuerdo con las citadas normas, tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a otros derechos que puede consultar, junto a una información adicional más detallada, en el enlace: https://sic.us.es/sites/default/files/pd/cigestioninvestigacion.pdf

Sevilla, 26 de mayo de 2023.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

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