Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 18/01/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 11 de enero de 2023, de la Dirección General de Fondos Europeos, por la que se publican la aprobación del Programa Andalucía FEDER 2021-2027, por parte de la Comisión Europea, y la información requerida por el artículo 38 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

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Mediante Decisión de Ejecución de la Comisión de 16 de diciembre de 2022, la Comisión Europea aprobó el Programa Andalucía FEDER 2021-2027.

Teniendo en cuenta que el Programa fue sometido al procedimiento de evaluación ambiental estratégica, cuya Declaración Ambiental Estratégica fue emitida por Resolución de la Secretaría General de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, de 4 de noviembre de 2022, y publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 217, de 11 de noviembre de 2022, procede dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 38.7 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, que regula a nivel autonómico el procedimiento de evaluación ambiental estratégico.

Por lo anteriormente expuesto, y al amparo del artículo 12 del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,

RESUELVO

Primero. Dar publicidad a la aprobación del Programa Andalucía FEDER 2021-2027. El contenido íntegro del Programa se encuentra publicado en la siguiente dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/fondos-europeos/recursos-fondos-europeos/paginas/programacion-2021-2027.html

Segundo. La publicación como Anexo I de esta resolución de un extracto que incluye los siguientes aspectos:

a) De qué manera se han integrado en el Programa los aspectos ambientales.

b) Cómo se han tomado en consideración en el Programa el estudio ambiental estratégico, los resultados de la información pública y de las consultas y la declaración ambiental estratégica.

c) Las razones de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las alternativas consideradas.

Tercero. La publicación como Anexo II de esta resolución del apartado de seguimiento ambiental del Programa.

Sevilla, 11 de enero de 2023.- El Director General, Carlos de la Paz Represa.

ANEXO I

Integración de los aspectos ambientales en el Programa

En línea con el compromiso del Acuerdo de Asociación de España 2021-2027 con la sostenibilidad y la aplicación del Pacto Verde Europeo, el Programa Andalucía FEDER 2021-2027 (en adelante, el Programa) presenta una contribución estimada a los objetivos comunitarios en materia de clima del 31%, de medioambiente del 23%, y de biodiversidad del 5%. Además, la concentración temática establecida para el Objetivo Político 2 Una Europa más verde, alcanza el 33,9% del importe total FEDER asignado a Andalucía.

Estas contribuciones y concentración responden a los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (en adelante, RDC). Tal como se indica, el RDC establece unos requerimientos de contenido medioambiental y de lucha frente al cambio climático, que no solo se han atendido a nivel de programación regional, sino superado en sus porcentajes en el Programa aprobado. Estos requisitos se refieren, por un lado, a la concentración temática, con al menos un 30% de la asignación FEDER para las regiones menos desarrolladas en el Objetivo Político 2 dirigido a Una Europa más verde y, por otro, a un porcentaje de contribución al clima que debe alcanzar un 30%. Además, también se ha fijado por la Comisión, aunque reglamentariamente no se recoge, un requerimiento de contribución a la biodiversidad de un 4%, y, aunque no se ha establecido como preceptivo en el presente Marco alcanzar un determinado porcentaje de contribución al medio ambiente, se ha incorporado en el propio Programa esta información, favoreciendo la transparencia y conocimiento de la sociedad sobre la importancia del FEDER en la región para el desarrollo sostenible.

En consecuencia, los porcentajes de concentración temática y de contribución al clima y a la biodiversidad del Programa, que se encuentran por encima de los requerimientos reglamentarios europeos, son clara muestra del firme compromiso de la región y de la Junta de Andalucía con la lucha frente al cambio climático, la mejora del medio ambiente y protección de la biodiversidad y refuerzan la dimensión de sostenibilidad ambiental y climática de las inversiones financiadas con el FEDER en Andalucía.

Resumen del procedimiento ambiental estratégico.

El 20 de enero de 2022, la Dirección General de Fondos Europeos de la entonces Consejería de Hacienda y Financiación Europea, en calidad de promotor estratégico del Programa Andalucía FEDER para el periodo 2021-2027, remitió a la entonces Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en calidad de autoridad ambiental, la solicitud de inicio del procedimiento, que adjuntaba el Documento de Inicio junto con el borrador preliminar del citado Programa.

Analizada la solicitud, el órgano ambiental emitió la Resolución de 24 de enero de 2022, por la que se admitía a trámite la solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria del Programa. Posteriormente, con fecha 11 de marzo de 2022, el órgano ambiental remitió al órgano promotor el Documento de Alcance, documento que establece las bases para la posterior elaboración del Estudio Ambiental Estratégico, y trasladó el resultado de las consultas llevadas a cabo en esa fase, para su consideración en el Estudio Ambiental Estratégico que se realizase.

Sobre la base establecida en el citado Documento de Alcance, el órgano promotor elaboró el Estudio Ambiental Estratégico, que se sometió a información pública y consultas a 110 entidades y personas interesadas. La apertura de este trámite se acordó mediante Resolución de 27 de julio de 2022, de la Dirección General de Fondos Europeos. Además del Estudio, se incorporaron a la información y consultas un Resumen no técnico del mismo y un borrador más avanzado del Programa. Los documentos sometidos a información pública y consultas citados se publicaron en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía, además de en la web específica de fondos europeos en Andalucía.

De las 38 alegaciones o propuestas recibidas en este proceso de consultas e información pública, 22 han sido estimadas, determinando cambios o mejoras en el Programa y el Estudio Ambiental Estratégico 17 de ellas. De estas, 2 se referían al Programa y 15 al Estudio.

Finalizada la fase de información pública y consultas, el pasado 17 de octubre, se remitió al órgano ambiental la siguiente documentación:

a) Una versión actualizada del Programa.

b) La versión revisada del estudio ambiental estratégico, una vez incorporadas las observaciones de la consulta, así como su resumen no técnico.

c) Un informe resumen de la integración de los aspectos ambientales en el Programa, que incluye el resultado de la información pública y las consultas realizadas y la propia descripción de la integración de los aspectos ambientales en el Programa, del Estudio Ambiental Estratégico y de su adecuación al Documento de Alcance, de las consultas y de cómo se han tomado en consideración las mismas.

Finalmente, el órgano ambiental emitió la Declaración Ambiental Estratégica mediante Resolución de 4 de noviembre de 2022 (BOJA núm. 217, de 11 de noviembre de 2022).

Además, como garantía adicional del cumplimiento y adecuación de las inversiones programadas con FEDER en 2021-2027 en Andalucía, el Programa ha sido sometido a un análisis de conformidad con el principio de No Causar Perjuicio Significativo (DNSH, por sus siglas en inglés) a nivel de tipos de acción, de forma que aquellas que no han superado esta evaluación no han sido incorporadas al Programa.

Integración de las conclusiones y recomendaciones de contenido ambiental en el Programa.

En primer lugar, cabe señalar que en el Programa se ha recogido un párrafo inicial en el apartado 1.1 Introducción, acordado con la Comisión Europea, que incluye el compromiso de adecuar e implementar el Programa de conformidad con las recomendaciones del procedimiento ambiental estratégico, con la siguiente literalidad:

«En paralelo a la elaboración del programa, se ha efectuado un proceso de Evaluación Ambiental Estratégica cuyas conclusiones y recomendaciones, plasmadas en la Declaración Ambiental Estratégica aprobada el 4 de noviembre de 2022 y publicada en el BOJA núm. 217 de 11 de noviembre, se han tenido en cuenta en la versión final del programa y se tendrán en consideración en la implementación del mismo.»

Adicionalmente, se señalan como aspectos especialmente relevantes que han sido incluidos en la versión final del Programa como resultado del procedimiento de evaluación ambiental estratégica y de otras propuestas de contenido medioambiental y climático recibidas por parte de determinadas entidades y de la propia Comisión Europea, por su especial contribución a la sostenibilidad, los siguientes, tanto a nivel cualitativo como cuantitativo:

1. En relación con las inversiones prioritarias indicadas desde la Comisión Europea para España, por su especial incidencia para Andalucía, se han tenido muy presentes para el diseño y dotación de las actuaciones, las relativas a la promoción de la eficiencia energética y al uso de recursos, especialmente los hídricos, y la gestión de residuos para avanzar hacia una economía circular.

2. Desde un punto de vista de alineación estratégica con el marco regional, la programación ha tomado como bases fundamentales, además del Eje de Sostenibilidad de la Estrategia para la Transformación Económica de Andalucía Horizonte 2027, tanto el Plan Andaluz de Acción por el Clima 2030, como la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2030.

3. En el marco del Objetivo Específico 1.1, dirigido al desarrollo del I+D+i, se puede señalar la programación de actuaciones de investigación e innovación tendentes al fomento, promoción, ayuda e impulso al desarrollo de soluciones sostenibles y de valor compartido, eficientes y competitivas, que incidirán en la economía circular, en relación con las materias primas críticas, o en la resiliencia y adaptación frente al cambio climático. Además, con el fin de minimizar los impactos ambientales derivados de las nuevas construcciones de infraestructuras de I+D+i, se ha limitado a un 5% sobre el total de ayuda FEDER en el Programa.

4. En el ámbito de la transición energética, se han incrementado en el Programa adoptado en relación a versiones anteriores los importes dirigidos a la transición verde en el ámbito de la eficiencia energética, y se han aumentado las inversiones en los ámbitos de renovaciones energéticas profundas (aquellas que logran una reducción de GEI de al menos el 30% sobre las emisiones previas), con un enfoque más ambicioso que en versiones anteriores. Así, en el Objetivo Específico 2.1, que incluye la alineación de todas las actuaciones con el principio «primero, la eficiencia energética», así como con la Estrategia de Renovación a Largo Plazo (LTRS), la Ola de Renovaciones (Renovation Wave) y el Pacto Verde Europeo y su normativa de desarrollo, se han programado acciones para mejorar la eficiencia en el sector público y privado, tanto en infraestructuras y edificaciones de uso residencial, empresarial, de servicios y otros, que contribuirán de forma decisiva a la reducción de emisiones GEI. Por otra parte, en el Objetivo Específico 2.2, las actuaciones se desarrollarán también en marco del Pacto Verde Europeo y su normativa derivada, en particular el Paquete Fit for 55 y con el Plan REPowerEU, y contienen importantes inversiones para implementación de las energías renovables (solar, eólica, biomasa, incluyendo importes relevantes para aquellas inversiones en biomasa que permitan una alta reducción de emisiones GEI, e hidrógeno verde, entre otras). Por último, en el Objetivo Específico 2.3, la programación proporciona a través de las soluciones de almacenamiento, el despliegue de redes inteligentes y la potenciación de los nuevos modelos de negocio los medios para facilitar la integración de las energías renovables en el sistema energético andaluz.

5. En el marco de la prevención y adaptación frente al cambio climático y la resiliencia ante catástrofes, que se incorpora en el Objetivo Específico 2.4, se han priorizado de forma expresa las actuaciones con enfoque preventivo, preferentemente a través de soluciones basadas en la naturaleza, y se han integrado acciones que atienden los riesgos concretos de incendios, sequías, inundaciones y otras catástrofes vinculadas al agua y que fomentan la capacidad de sumidero y reducen las emisiones GEI.

6. La programación de fondos en el Objetivo Específico 2.5, dirigida a promover el acceso al agua y a una gestión hídrica sostenible, determina que las actuaciones se orienten hacia la gestión eficiente del agua desde una perspectiva integral, considerándose altamente prioritario realizar inversiones enfocadas a fomentar el uso eficiente y la calidad de los recursos hídricos a lo largo de todo el ciclo hidrológico. Para ello, se prevén actuaciones de eficiencia en la gestión hídrica en coherencia con el principio de jerarquía del agua; se diseñan intervenciones de mejora de la calidad de las aguas y su seguimiento en línea con la Directiva UE de Agua potable (Dir (EU) 2020/2184); se establecen asignaciones que proporcionarán alternativas eficientes y sostenibles a la sobreexplotación mediante, entre otras, la regeneración de las aguas; y se invertirá en depuración y tratamiento de las aguas residuales, con una atención especial en zonas especialmente sensibles como las zonas protegidas o ubicadas en Red Natura 2000, potenciando las biofactorías.

7. En el Objetivo Específico 2.6, dirigido a fomentar la transición hacia una economía circular y eficiente en el uso de recursos, las intervenciones que se desarrollarán se alinean con el Pacto Verde Europeo y su acervo derivado, además de con el Plan de Acción para la Economía Circular por una Europa más limpia. Adicionalmente, los importes incluidos en este Objetivo Específico 2.6 se han incrementado en el Programa aprobado respecto a versiones anteriores.

8. En relación con el Objetivo Específico 2.8, se han incrementado respecto a versiones anteriores tanto los importes como las actuaciones en materia de movilidad urbana multimodal sostenible, en lo referido a infraestructuras destinadas a promover el transporte público colectivo, y en especial, el metro y el tranvía. En este Objetivo Específico se incorporan además actuaciones dirigidas a la descarbonización del transporte, fomentando la movilidad activa o la instalación de puntos de recarga de combustibles alternativos o de recarga eléctrica.

9. En el marco del Objetivo Político 3 para una Andalucía mejor conectada, el enfoque general se ha orientado de forma principal hacia acciones que descarbonicen el transporte de mercancías en la región, potenciando el modo ferroviario y la intermodalidad, esta última de forma general para el transporte de personas y mercancías, incrementando las asignaciones para el desarrollo de los intercambiadores con respecto a versiones anteriores del Programa.

10. En el Objetivo 4.6, se han programado intervenciones dirigidas a promover la sostenibilidad en el turismo, a mejorar las infraestructuras culturales también en su dimensión de eficiencia energética y a fomentar el uso público en espacios naturales, siempre bajo criterios de sostenibilidad.

11. En lo que respecta al Objetivo Específico 5.1, siempre alineadas con una estrategia urbana integrada y participativa, en consonancia con el principio de la Nueva Bauhaus Europea, se prevé la financiación de intervenciones que pueden contribuir a la dimensión medioambiental del desarrollo urbano de Andalucía.

Por último, ha de tenerse en consideración que, tal como determina la Declaración Ambiental Estratégica, no se prevén efectos negativos significativos derivados de la ejecución del Programa Andalucía FEDER 2021-2027 en los términos de la propia Declaración y del Estudio Ambiental Estratégico, que establece en su apartado 9 una serie de medidas preventivas y correctivas. Estas medidas, que incorporan una serie de recomendaciones por Objetivo Político, no excluirán, en ningún caso, el sometimiento de las actuaciones a los instrumentos de prevención ambiental a nivel de proyecto ni las evaluaciones de la viabilidad ambiental a escala de detalle, cuando proceda, lo que se tendrá muy presente en las fases de ejecución y verificación y control de las inversiones.

Alternativa seleccionada para la elaboración del Programa.

Entre las alternativas analizadas en el Estudio Ambiental Estratégico, se ha seleccionado la número 3 que, tal como se indicaba, presenta menores efectos negativos sobre los factores ambientales, se ajusta mejor al nuevo escenario socioeconómico, contribuyendo al desarrollo sostenible, impulsando la denominada transición verde, y garantizando el alcanzar los nuevos compromisos y obligaciones adquiridas en materia de cambio climático y medioambiente. Además, la asignación planteada de los recursos financieros permite maximizar la eficacia del Programa y la capacidad de producir cambios significativos y obtener resultados relevantes en el impulso de un desarrollo socioeconómico de la región. La selección realizada, tal como ya se ha expuesto, no solo se adecúa a la alternativa citada, que partía del cumplimiento reglamentario de las concentraciones y contribuciones climáticas a nivel regional, sino que ha superado los porcentajes establecidos.

ANEXO II

Seguimiento ambiental del Programa

De conformidad con el apartado 10 del Estudio Ambiental Estratégico, se establece un sistema de seguimiento y evaluación con una batería de indicadores, muchos de ellos incorporados en el propio Programa, que se integran en el Plan de Vigilancia Ambiental, garantizando de esta forma que la prioridad ambiental quede integrada en todos los aspectos de la ejecución, el seguimiento y la evaluación de la implementación del Programa Andalucía FEDER 2021-2027.

En cumplimiento de lo determinado en la Declaración Ambiental Estratégica, el seguimiento y la evaluación ambiental de la ejecución del Programa se desarrollará mediante la emisión de informes anuales basados en la batería de indicadores inicialmente propuesta en el Estudio Ambiental Estratégico. Estos informes se remitirán al órgano ambiental y serán publicados así mismo en la web de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul y en todos los medios de difusión pertinentes.

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