Decreto 229/2023, de 12 de septiembre, por el que se acepta la transmisión de la propiedad, mediante mutación demanial subjetiva, acordada por el Ayuntamiento de Cazorla (Jaén), a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de la Parcela E.1 de la Unidad de Ejecución UA-1, sita en C/ Médico Manuel Ruiz Hueso, con destino a construcción de Oficina Comarcal Agraria de Cazorla, adscrita a la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA).
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Por el Pleno del Ayuntamiento de Cazorla se ha acordado la cesión de la titularidad, mediante mutación demanial subjetiva, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía del inmueble sito en C/ Médico Manuel Ruiz Hueso, Parcela E.1 de la Unidad de Ejecución UA-1, con destino a construcción de Oficina Comarcal Agraria.
Por la Consejería competente en materia de agricultura se considera de interés la aceptación de la cesión de la titularidad, mediante mutación demanial subjetiva, de la citada parcela.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 12 de septiembre de 2023,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo previsto en los artículos 80 y concordantes de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la transmisión de la propiedad mediante mutación demanial subjetiva acordada por el Ayuntamiento de Cazorla (Jaén), del inmueble sito en C/ Médico Manuel Ruiz Hueso, Parcela E.1 de la Unidad de Ejecución UA-1, con destino a construcción de Oficina Comarcal Agraria.
El inmueble consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Cazorla, al tomo 1097, libro 237, folio 190, finca registral número 19875.
Referencia catastral: 0071801WG0907S0001HE.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, la transmisión de la propiedad se formalizará mediante convenio administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la transmisión de la propiedad del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe a la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA), con destino a construcción de Oficina Comarcal Agraria.
Cuarto. Por la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente decreto.
Sevilla, 12 de septiembre de 2023
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
CAROLINA ESPAÑA REINA | |
Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos |
BOJA nº 178 de 15/09/2023