Orden de 12 de septiembre de 2023, por la que se da publicidad al incremento del crédito disponible para la concesión de ayudas por la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización correspondientes a la campaña 2023, establecidas en la Orden de 27 de junio de 2023, por la que se convocan las ayudas a la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización correspondientes a la campaña 2023, previstas en la Orden de 16 de mayo de 2023.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00289410.
Mediante Orden de 16 de mayo de 2023, se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las Organizaciones Profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021- 2027 (BOJA núm. 96, de 23 de mayo de 2023).
Mediante Orden de 27 de junio de 2023 (BOJA núm. 127, de 5 de julio de 2023) se convocan las ayudas a la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización correspondientes a la campaña 2023, previstas en la Orden de 16 de mayo de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
El crédito disponible en esta convocatoria para los planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores pesqueros correspondientes a la campaña 2023 asciende a 1.750.000,00 €, con la siguiente distribución presupuestaria:
Línea de ayuda | Entidades beneficiarias | Partida presupuestaria | Cuantía máxima (euros) |
Cuantía máxima (euros) |
---|---|---|---|---|
AÑO 2023 | AÑO 2024 | |||
Preparación y aplicación de los Planes de producción y comercialización | Entidades privadas | 1400120000/G/71P/ 47300/00/G4220102A6 | 165.000,00 | 335.000,00 |
Entidades sin ánimo de lucro |
1400120000/G/71P/ 48300/00/G4220102A6 | 385.000,00 | 865.000,00 | |
TOTAL | 550.000,00 | 1.200.000,00 |
Una vez recibidas todas las solicitudes de ayudas, para atender a los importes solicitados y teniendo en cuenta que existe disponibilidad de crédito, se hace necesario incrementar el crédito de la convocatoria en 900.000,00 euros, por lo que el importe total convocado asciende a 2.650.000,00 euros para los planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores pesqueros correspondientes a la campaña 2023, no siendo necesario para ello una nueva convocatoria, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo cuarto del resuelvo segundo de la Orden de 27 de junio de 2023. Este párrafo establece que, además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente se podrá contar con una cuantía adicional máxima de hasta 1.000.000,00 de euros, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento de crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. En este mismo sentido se pronuncia el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Por otro lado, la declaración de créditos disponibles, debe efectuarse por quien efectuó la convocatoria, y debe publicarse en los mismos medios que ésta, sin que tal publicidad implique la apertura de un plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.d).3.ª del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por todo lo expuesto y de conformidad con la normativa citada, así como la de general aplicación,
RESUELVO
Dar publicidad al incremento del crédito disponible en las ayudas a la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización correspondientes a la campaña 2023, previstas en la Orden de 16 de mayo de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, en la cuantía de 900.000,00 euros, ascendiendo el importe total del crédito convocado para estas ayudas a 2.650.000,00 €, conforme a la siguiente distribución presupuestaria:
Línea de ayuda | Entidades beneficiarias | Partida presupuestaria | Cuantía máxima (euros) |
Cuantía máxima (euros) |
---|---|---|---|---|
AÑO 2023 | AÑO 2024 | |||
Preparación y aplicación de los Planes de producción y comercialización | Entidades privadas | 1400120000/G/71P/ 47300/00/G4220102A6 | 355.000,00 | 545.000,00 |
Entidades sin ánimo de lucro |
1400120000/G/71P/ 48300/00/G4220102A6 | 685.000,00 | 1.065.000,00 | |
TOTAL | 1.040.000,00 | 1.610.000,00 |
Sevilla, 12 de septiembre de 2023
CARMEN CRESPO DÍAZ | |
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural |
BOJA nº 180 de 19/09/2023