Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 195 de 10/10/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 20 de septiembre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a instalación eléctrica de alta tensión y sus infraestructuras de evacuación. (PP. 2928/2023).

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Expedientes: AT-14483/21 y AT-14484/21.

Vistos los expedientes AT-14483/21 y AT-14484/21, incoados en esta Delegación Territorial, solicitando autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:

Peticionario: Iberian Retail Bernesga, S.L.

Domicilio: Avda. Charles Darwin, s/n, Pabellón Monorraíl, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla.

Emplazamiento de la instalación: Vejer de la Frontera.

Términos municipales afectados: Vejer de la Frontera (Cádiz).

Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de 10 de marzo de 2021 y 18 de marzo de 2021, la sociedad mercantil Iberian Retail Bernesga, S.L. (B90310541) solicita Autorización administrativa previa, Autorización administrativa de construcción y Autorización ambiental unificada para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica denominada «PSFV PATRÍA I» de 43,56 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, respectivamente, ubicadas en el término municipal de Vejer de la Frontera (Cádiz), aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia, acreditando capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto.

Segundo. Con fecha de 1 de diciembre de 2021, el Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 42.3 de la derogada Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, informa favorablemente en relación a la compatibilidad urbanística del proyecto. Según la disposición transitoria quinta del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, se determina que en aquellos procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de dicho Decreto-ley en los que se hubiese evacuado el informe de compatibilidad urbanística, se tendrá en cuenta dicho informe.

Tercero. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), así como lo dispuesto en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 2/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (en adelante, Decreto 356/2010), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en:

• BOP de la provincia de Cádiz número 224, de fecha 24 de noviembre de 2021.

• BOJA número 224, de fecha 22 de noviembre de 2021.

Habiendo formulado alegaciones dentro del plazo:

Nombre/Razón Social DNI/NIF Alegaciones de carácter sectorial energético(*)
ASOCIACIÓN GRUPO ORNITOLÓGICO TUMBABUEY ****3478* 1
INGENIO Y LÓGICA, S.L. ****5508* 2
PARRALEJO, COMUNIDAD DE BIENES ****5882* 2

Remitidos los escritos de alegaciones a la peticionaria y recibidas las respuestas, las cuales obran en el expediente, este órgano sustantivo, puso a disposición del órgano ambiental, tanto las respuestas de la peticionaria, como las alegaciones de carácter ambiental recibidas.

Se han recibido las siguientes alegaciones de carácter sectorial energético(*):

1. Fragmentación de proyecto.

Respuesta: De acuerdo con el informe de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, de fecha 13.2.2019, basado a su vez en el informe de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica, de fecha 15/06/2018, no existe impedimento a la tramitación del proyecto objeto de esta Resolución de forma independiente. No se acepta la alegación.

2. Interferencias del proyecto objeto de esta resolución con otros proyectos en tramitación por ésta u otra Administración Pública.

Respuesta a Ingenio y Lógica, S.L.: El alegante no acredita que el proyecto con el que interfiere el proyecto objeto de esta resolución disponga de las autorizaciones necesarias para su implantación. No se acepta la alegación.

Respuesta a Parralejo Comunidad de Bienes: El titular presenta modificación del proyecto objeto de esta Resolución, eliminando la interferencia en la que se basa la alegación.

Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado por plazo de treinta días de la solicitud, documentos técnicos y, en su caso, de síntesis del Estudio de Impacto Ambiental a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que, según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su conformidad u oposición y, en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:

• Ayuntamiento de Vejer de la Frontera.

• Diputación Provincial de Cádiz.

• Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Cádiz.

• Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Cádiz.

• Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico.

• Delegación Territorial de Salud y Familias.

• Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

• Ministerio de la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

• Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

• Red Eléctrica de España, S.A.

• Edistribución Redes Digitales, S.L.

Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la documentación aportada durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia. A los efectos ambientales, las determinaciones y condiciones establecidas en el informe vinculante descrito en el apartado quinto de estos antecedentes de hecho se incorporarán a la presente autorización.

Cuarto. Con fecha 30 de junio 2022, Iberian Retail Bernesga, S.L., presentó modificación del proyecto correspondiente a las infraestructuras de evacuación de la planta, según la cual la línea de evacuación, inicialmente proyectada con un tramo aéreo y otro subterráneo, pasa a ser completamente subterránea. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, se sometió de nuevo a información pública a efectos sustantivos el proyecto de la línea eléctrica de evacuación, insertándose anuncio en:

• BOP de la provincia de Cádiz número 205, de fecha 26 de octubre de 2022.

No se han recibido alegaciones.

Quinto. Con fecha de 9 de noviembre de 2022, la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en aplicación de los dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de Autorización Ambiental Unificada (Expte. AAU/CA/065/21), en el cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto, fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos naturales. Su texto íntegro se encuentra a disposición de los administrados en la página web de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente.

Con fecha de 11 de agosto de 2023, la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul emite Resolución por la que se modifica la citada Autorización Ambiental Unificada (Expte. AAU/CA/065/21), considerando la modificación no sustancial.

A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:

• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril.

• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.

• Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto.

• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.

• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Segundo. Son de aplicación general al procedimiento:

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

• Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

• Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.

• Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.

• Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

• Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

• Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

• Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

• Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

• Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.

• Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Cuarto. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; en el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía; y en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación

RESUELVE

Primero. Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a Iberian Retail Bernesga, S.L., condicionadas a la obtención de la Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción, respectivamente, de todas las infraestructuras necesarias para la evacuación de la energía eléctrica producida por las instalaciones objeto de la presente resolución.

Las principales características de las instalaciones autorizadas serán:

Planta Solar Fotovoltaica «PATRÍA I» de 43,56 MW de potencia instalada y 37,43 MW de potencia de evacuación (AT-14483/21).

Generador fotovoltaico.

• Generador fotovoltaico sobre estructura con sistema de seguidor monofila con 2 módulos en vertical.

• 85.358 módulos fotovoltaicos de 570 Wp de potencia máxima, distribuidos en series de módulos dirigidos hacia 9 centros de potencia.

• 3.283 strings de 26 módulos cada uno.

Centros de potencia.

• 9 centros de potencia, siendo 6 de ellos de una potencia unitaria de 3.800 kVA y 3 de ellos de una potencia unitaria de 7.600 kVA.

• 12 inversores de 3.630 kVA de potencia unitaria.

Red de Media Tensión desde Centros de Potencia hasta Centro de Seccionamiento de 30 kV.

• 3 circuitos subterráneos de Media Tensión en forma radial, conectando los centros de transformación (CT) entre sí, hasta un máximo de tres, con conductores de 30 kV de entre 150 y 240 mm² hasta su llegada al Centro de Seccionamiento (CS):

- LMT1.

▪ Origen: CT09.

▪ Final: CS.

▪ Subterráneo.

▪ Tipo de cable: HEPRZ1- Al.

- LMT2.

▪ Origen: CT05.

▪ Final: CS.

▪ Subterráneo.

▪ Tipo de cable: HEPRZ1- Al.

- LMT3

▪ Origen: CT03.

▪ Final: CS.

▪ Subterráneo.

▪ Tipo de cable: HEPRZ1- Al.

Centro de Seccionamiento de 30 kV.

• 3 celdas de entrada de línea procedentes de la PSFV PATRÍA I.

• 2 celdas de salida de línea hacia Subestación Parralejo.

• 1 celda de transformación SS.AA.

• 1 Módulo de barras.

Infraestructuras de evacuación (AT-14484/21).

Línea subterránea de 30 kV que conectará el centro de seccionamiento de la Planta Solar Fotovoltaica «PATRÍA 1» con la Subestación «Parralejo».

• Tipo: Línea eléctrica trifásica subterránea.

• Tensión: 30 kV.

• Longitud: 4.926 metros.

• Tipo conductor: HEPRZ1 18/30 kV 1x1000 mm² Al.

• Número de circuitos: 2.

• Número de conductores por circuito: 3.

• Origen: Centro de Seccionamiento de la PSFV PATRÍA I.

• Fin: Subestación Parralejo.

Conforme a los proyectos técnicos:

• «Proyecto técnico administrativo de planta solar fotovoltaica. PSF “PATRÍA I” de 48,66MWp» y Declaración responsable de 30 de agosto de 2023.

Técnico titulado competente: Ingeniero Industrial, don Rafael Fernández Castejón, colegiado núm. 3523 en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental (COIIAOC).

• «Adenda a proyecto técnico administrativo de planta solar fotovoltaica. PSF “PATRÍA I” de 48,66MWp» y Declaración responsable de 30 de agosto de 2023.

Técnico titulado competente: Ingeniero Industrial, don Rafael Fernández Castejón, colegiado núm. 3523 en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental (COIIAOC).

• «Proyecto técnico línea aéreo-subterránea de media tensión 30 kV. Línea de evacuación planta solar fotovoltaica PATRÍA I (48,66 MWp/37,43 MW)» y Declaración responsable de 30 de agosto de 2023.

Técnico titulado competente: Ingeniero Industrial, don Rafael Fernández Castejón, colegiado núm. 3523 en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental (COIIAOC).

• «Proyecto modificado línea subterránea de media tensión 30 kV. Línea de evacuación planta solar fotovoltaica PATRÍA I (48,66 MWp/37,43 MW)» y Declaración responsable de 30 de agosto de 2023.

Técnico titulado competente: Ingeniero Industrial, don Rafael Fernández Castejón, colegiado núm. 3523 en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental (COIIAOC).

• «Adenda a proyecto técnico constructivo de evacuación de la IFV «PATRIA I» eliminando la “SET Seccionadora Promotores II” 220/30 kV para la conexión de la instalación directamente a través de la “SET Parralejo”. Adenda a proyecto “Línea evacuación planta solar fotovoltaica PATRÍA I” y “SET Seccionadora Promotores II” 220/30 kV» y Declaración responsable de 10 de agosto de 2023.

Técnico titulado competente: Ingeniero Industrial, don Rafael Fernández Castejón, colegiado núm. 3523, en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental (COIIAOC).

Segundo. Esta Autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:

1. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones o derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.

2. El periodo de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio, hecho éste imprescindible para que la instalación pueda entrar en funcionamiento.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, y en particular los establecidos por los órganos competentes en materias medio ambiental, urbanística y de ordenación del territorio, pudiendo conllevar una modificación de la presente resolución en su caso, y en todo caso, antes de otorgar una autorización de explotación. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el informe de Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada presentada por Iberian Retail Bernesga, S.L., con CIF B-90310541, para el proyecto de «Planta solar fotovoltaica «PATRIA I» DE 48,66 MWP, y línea de evacuación en MT subterránea hasta centro de seccionamiento», en el término municipal de Vejer de la Frontera (Cádiz) (Expediente: AAU/CA/065/21), de fecha 9.11.2022, cuyo contenido íntegro puede consultarse en la siguiente dirección: http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

y en la resolución de la Delegación Territorial de Cádiz Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se modifica la autorización ambiental unificada otorgada a Iberian Retail Bernesga, S.L., para el proyecto de «PSFV PATRIA  I 48,66 MWP y LSMT», sita en el t.m. Vejer de la Frontera (Cádiz) (Expediente: AAU/CA/065/21), de fecha 11.8.2023.

Así mismo, el proyecto de ejecución se deberá adecuar al cumplimiento reglamentario en la afección de aquellos proyectos que dispongan de Autorización administrativa previa a fecha de la presente resolución.

6. La construcción de la instalación deberá ser conforme al proyecto autorizado. En caso de requerir modificación del mismo, éste deberá ser presentado a esta Delegacion Territorial previamente, para la emisión de la correspondiente autorización, conforme al art. 115 del Real Decreto de 1955/2000, de 1 de diciembre.

7. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

8. Esta resolución podrá quedar sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

9. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

10. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

11. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente y a los organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cádiz, 20 de septiembre de 2023.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.

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