Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Humanización, Planificación, Atención Sociosanitaria y Consumo, por la que se nombra al Coordinador del Plan Andaluz de Cuidados Paliativos.
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La Consejería de Salud y Consumo, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, tiene la competencia de definir las políticas sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía en la Comunidad Autónoma de Andalucía, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las actuaciones y de los recursos, mejora de la calidad en los servicios y utilización eficaz y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos.
La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, en el artículo 33 establece que, de conformidad con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud.
En atención a esta regulación autonómica y a sus principios, los diferentes Planes de Salud y de Calidad de la Consejería de Salud y Consumo han incorporado la atención a personas con necesidades de cuidados paliativos como uno de los ámbitos claves para la consecución de la excelencia por parte de su organización sanitaria, con el objetivo final de mejorar la salud y la calidad de vida al final de la vida de las personas que lo precisen.
Este marco legal y estratégico motivó que la Consejería de Salud procediera en 2008 a la publicación del Plan Andaluz de Cuidados Paliativos, que ha contado desde sus inicios con una Dirección Estratégica, posteriormente configurada como Coordinación.
Partiendo del desarrollo y la experiencia acumulada de dicho Plan, la Consejería de Salud y Consumo está realizando un nuevo plan tras la identificación de los principales problemas relacionados con los cuidados paliativos y a los que se debe hacer frente, para dar respuesta a los proyectos y retos que se deben abordar para la mejora de la salud y la calidad de vida de las personas afectadas en Andalucía.
El Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, en el artículo 6.ñ) atribuye a la Secretaría General de Humanización, Planificación, Atención Sociosanitaria y Consumo la planificación estratégica de las políticas relacionadas con las enfermedades crónicas.
Dada la necesidad de seguir desarrollando el Plan Andaluz de Cuidados Paliativos, se estima conveniente nombrar a la persona que coordine su implementación, agrupe todos los proyectos e impulse su desarrollo.
Por todo lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 6.ñ) del Decreto 156/2022, de 9 de agosto,
DISPONGO
Primero. Cesar a don Antonio Llergo Muñoz, Coordinador del Plan Andaluz de Cuidados Paliativos.
Segundo. Nombrar a don Manuel José Mejía Esteve, como Coordinador del Plan Andaluz de Cuidados Paliativos.
Tercero. La designación no comporta retribuciones específicas, siendo estas las correspondientes a su puesto de origen. La persona titular de la coordinación del Plan Andaluz de Cuidados Paliativos conservará la vinculación jurídica existente con su institución de procedencia.
Cuarto. Las indemnizaciones que procedan a favor del Coordinador del Plan Andaluz de Cuidados Paliativos por los desplazamientos que hubiese de realizar por razón de servicio, se liquidarán por su institución de origen, con arreglo a la normativa vigente.
Sevilla, 7 de febrero de 2023.- La Secretaria General, María Luisa del Moral Leal.
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