Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 22/03/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Orden de 17 de marzo de 2023, por la que modifica la distribución de la cuantía establecida para los ámbitos funcionales definidos en la Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a actualizar e impulsar el sector comercial en Andalucía mediante la implementación de nuevas tecnologías, dentro del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU–, y se procede a su convocatoria para el año 2022.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00280371.

Mediante Orden de 27 de diciembre de 2022, de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, se convocaron, para el año 2022, subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a actualizar e impulsar el sector comercial en Andalucía mediante la implementación de nuevas tecnologías, dentro del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU–, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en el mismo texto normativo.

El apartado 13 de la convocatoria dispone que las subvenciones se financian con cargo a los subconceptos 77405 y 78405 del programa presupuestario 76A «Ordenación y Promoción Comercial», incluyendo una distribución inicial de los créditos disponibles en atención a los ámbitos funcionales y territoriales definidos.

Por su parte, en el apartado 1 del artículo 9, párrafo segundo, de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, se establece que en aquellos casos en los que de conformidad con las bases reguladoras existiesen dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva, la citada cuantía máxima se deberá distribuir entre dichos ámbitos en los importes que necesariamente debe indicar la convocatoria. Esta distribución podrá ser posteriormente modificada por parte del órgano que efectuó la convocatoria, en un acuerdo motivado adoptado con anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, dándole difusión en los mismos medios de publicidad de aquélla.

Al respecto, habiendo concluido recientemente el plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria, se ha podido constatar con anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, que las mismas se han dirigido mayoritariamente a la obtención de subvención prevista en la primera de las dos líneas convocadas, pymes comerciales, mientras que para la línea 2, asociaciones comerciales, han sido recibidas un considerable menor número de solicitudes.

Teniendo en cuenta que el crédito total previsto para la línea 1 en el citado apartado 13 de la convocatoria fue de 5.070.637 euros, dicho importe resulta insuficiente para dar cobertura al conjunto de solicitudes presentadas. En consecuencia, dado que ya ha finalizado el plazo de presentación de solicitudes y ha quedado confirmada la existencia de sobrante de crédito en la línea 2, procede efectuar una modificación de las cuantías asignadas a estos ámbitos funcionales, con objeto de no perjudicar los intereses de potenciales beneficiarios de subvenciones de la línea 1. Asimismo, dado que la cuantía destinada para la línea 2 se distribuía a su vez en diferentes ámbitos territoriales, también resulta necesario redistribuir el crédito asignado para la financiación de proyectos en dichos ámbitos, de manera especial en el caso de la provincia de Sevilla, único ámbito provincial respecto al cual se han recibido solicitudes para el desarrollo de proyectos que superan el importe del crédito inicial asignado.

La presente orden no supone vulneración alguna de reglamento, puesto que la modificación planteada no afecta al contenido de la disposición de carácter general incluida en la Orden de 27 de diciembre de 2022, relativa exclusivamente al texto de las bases reguladoras, sino a la convocatoria de 2022, que posee naturaleza de mera resolución administrativa y se efectúa al amparo de aquellas.

En su virtud, de conformidad con el artículo 1.l) del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial,

DISPONGO

Primero. Modificar la distribución de crédito entre los distintos ámbitos funcionales y territoriales previstos en la disposición adicional primera de la Orden de 27 de diciembre de 2022. Los importes afectados por la redistribución de créditos son:

a) Cuantía inicial para cada ámbito funcional:

PARTIDA PRESUPUESTARIA LÍNEA ANUALIDAD 2023
1400180000 G/76A/77405/00 MR05130401 2022001077 AYUDAS PYMES
PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO-FONDO TECNOLÓGICO
Línea 1 5.070.637 €
1400180000 G/76A/78405/00 MR05130401 20220001075 AYUDAS
ASOCIACIONES COMERCIALES PROGRAMA MODERNIZACIÓN
COMERCIO-FONDO TECNOLÓGICO
Línea 2 3.000.000 €

b) Cuantía final para cada ámbito funcional:

PARTIDA PRESUPUESTARIA LÍNEA ANUALIDAD 2023
1200180000 G/76A/77405/00 MR05130401 2022001077 AYUDAS PYMES
PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO-FONDO TECNOLÓGICO
Línea 1 6.082.560 €
1200180000 G/76A/78405/00 MR05130401 20220001075 AYUDAS
ASOCIACIONES COMERCIALES PROGRAMA MODERNIZACIÓN
COMERCIO-FONDO TECNOLÓGICO
Línea 2 1.988.077 €

c) Cuantía inicial para cada ámbito territorial de línea 2:

ÁMBITO SUPERIOR AL PROVINCIAL ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA
155.844 116.885 389.610 428.571 272.727 272.727 389.610 545.455 428.571

d) Cuantía final para cada ámbito territorial de línea 2:

ÁMBITO SUPERIOR AL PROVINCIAL ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA
148.439 116.258 149.678 277.390 103.128 160.276 325.225 226.951 480.732

Segundo. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, fecha a partir de la cual surtirá efectos.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, a partir del día siguiente al de la publicación, potestativamente, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 17 de marzo de 2023

ROCÍO BLANCO EGUREN
Consejera de Empleo, Empresa 
y Trabajo Autónomo
Descargar PDF