Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se reasigna el crédito de la Resolución de 7 de julio de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan las subvenciones públicas previstas en la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa.
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Con fecha 12 de julio de 2022 se publicó en BOJA la Resolución de 7 de julio de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, y su extracto, por la que se convocan las subvenciones públicas previstas en la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa.
La letra a) del resuelve cuarto de esta convocatoria establece que «Los créditos presupuestarios destinados a financiar las subvenciones establecidas en esta convocatoria son los contenidos en las partidas y por los importes que se detallan en el resuelve primero y con la distribución consignada en la letra e)».
En este sentido, el resuelve primero de esta convocatoria dispone que «esta resolución tiene por objeto convocar, para los ejercicios presupuestarios 2022-2023, la concesión en régimen de concurrencia competitiva de la siguiente línea de subvenciones:
Línea | Total crédito presupuestario |
Partidas presupuestarias | Código Financiación |
Anualidad | |
---|---|---|---|---|---|
Programa de empleo y formación | 92.000.000 € | 1000180000G/32D/46003/00/S0044 | S0044 | 2022 | |
1000180000G/32D/48303/00/S0044 | S0044 | ||||
5.000.000 € | 1000180000G/32D/48303/00/S0044 | S0044 | 2023 | ||
» |
Los créditos máximos destinados a financiar las subvenciones establecidas en esta convocatoria ascendían a noventa y siete millones de euros (97.000.000 €), correspondiendo a las entidades públicas un total de ochenta y siete millones de euros (87.000.000 €) y a las entidades privadas sin ánimo de lucro un total de diez millones de euros (10.000.000 euros).
El resuelve cuarto, en la letra f), de esta convocatoria establece que «De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, una vez resueltas las convocatorias provinciales, si se producen sobrantes de los créditos estimados en la letra e) por no haber concurrido proyectos suficientes para cubrir la dotación presupuestada para cada uno de los tipos de proyectos y, previa modificación de la distribución de los créditos aprobados por el órgano competente, se podrá hacer uso de ese crédito en otras provincias y en la misma tipología de proyectos, para lo cual se dictará una resolución complementaria de concesión de la subvención, que incluya solicitudes, respetando su orden de puntuación, de ámbitos territoriales de la misma convocatoria que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos ámbitos».
Según la letra g) del resuelve cuarto de esta convocatoria, «los remanentes de créditos que se obtengan serán distribuidos entre el resto de provincias atendiendo en primer lugar a aquella que tenga mayor número de beneficiarias suplentes y así sucesivamente».
Tras la emisión, por parte de cada uno de los órganos competentes, de las respectivas resoluciones definitivas en su ámbito territorial, el crédito sobrante total de la convocatoria asciende a diecisiete millones ochocientos sesenta mil ciento cincuenta y siete con noventa y seis euros (17.860.157,96 €) correspondiente a entidades públicas y cinco millones ochocientos cincuenta y siete mil trecientos ochenta y ocho con sesenta y ocho euros (5.857.388,68 €) correspondiente a entidades sin ánimo de lucro.
Atendiendo a las habilitaciones de la resolución de convocatoria anteriormente descritas, con el fin de optimizar y alcanzar el aprovechamiento completo de los fondos destinados a las subvenciones, el crédito sobrante será repartido en las siguientes provincias: a) En la provincia de Sevilla por tener 25 solicitudes suplentes en la tipología de entidades públicas, b) En la provincia de Jaén por tener 16 solicitudes suplentes en la tipología de entidades públicas, c) En la provincia de Córdoba por tener 10 solicitudes suplentes en la tipología de entidades públicas y 1 solicitud suplente en la tipología de entidades sin ánimo de lucro, y d) En la provincia de Granada no se reasigna crédito por agotamiento del mismo.
En su virtud, en atribución de la competencia conferida en el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y la disposición final primera de la Orden de 13 de septiembre de 2021, esta Dirección General
RESUELVE
Único. Redistribuir los remanentes de créditos presupuestarios según se establece en los siguientes cuadros:
A) Entidades contempladas en el artículo 5.1.a) de la Orden de 13 de septiembre de 2021:
PROVINCIA | DOTACIÓN 2022 |
Crédito adjudicado |
Crédito sobrante |
Número de suplentes |
Crédito necesario suplentes |
EJERCICIO 2023 | Partida presupuestaria |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Crédito reasignado |
|||||||
ALMERÍA | 6.177.000 | 2.857.278,30 | 3.319.721,70 | 0 | 0,00 | 0,00 | |
CÁDIZ | 15.399.000 | 3.417.838,96 | 11.981.161,04 | 0 | 0,00 | 0,00 | |
CÓRDOBA | 8.091.000 | 8.007.600,10 | 83.399,90 | 10 | 3.804.213,18 | 2.899.908,05 | 1200180000G/32D/46003/14/S0044 |
GRANADA | 9.222.000 | 9.118.467,65 | 103.532,35 | 6 | 2.284.022,44 | 0,00 | |
HUELVA | 5.307.000 | 5.044.472,47 | 262.527,53 | 0 | 0,00 | 0,00 | |
JAÉN | 5.916.000 | 5.891.439,15 | 24.560,85 | 16 | 5.704.253,55 | 5.704.253,55 | 1200180000G/32D/46003/23/S0044 |
MÁLAGA | 16.182.000 | 14.358.163,00 | 1.823.837,00 | 0 | 0,00 | 0,00 | |
SEVILLA | 20.706.000 | 20.444.582,41 | 261.417,59 | 25 | 9.255.996,36 | 9.255.996,36 | 1200180000G/32D/46003/41/S0044 |
TOTAL | 87.000.000 | 69.139.842,04 | 17.860.157,96 | 57 | 21.048.485,53 | 17.860.157,96 |
B) Entidades contempladas en el artículo 5.1.b) de la Orden de 13 de septiembre de 2021:
PROVINCIA | DOTACIÓN 2022 |
DOTACIÓN 2023 |
Crédito adjudicado |
Crédito sobrante |
Número de suplentes |
Crédito necesario suplentes |
EJERCICIO 2023 |
EJERCICIO 2024 |
Partida presupuestaria |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Crédito reasignado |
Crédito reasignado |
||||||||
ALMERÍA | 355.000 | 355.000 | 0,00 | 710.000,00 | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CÁDIZ | 885.000 | 885.000 | 1.429.671,80 | 340.328,20 | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CÓRDOBA | 465.000 | 465.000 | 640.931,00 | 289.069,00 | 1 | 388.191,00 | 194.095,50 | 194.095,50 | 1200180000G/32D/48303/14/S0044 |
GRANADA | 530.000 | 530.000 | 235.889,00 | 824.111,00 | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
HUELVA | 305.000 | 305.000 | 0,00 | 610.000,00 | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
JAÉN | 340.000 | 340.000 | 375.994,20 | 304.005,80 | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MÁLAGA | 930.000 | 930.000 | 0,00 | 1.860.000,00 | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
SEVILLA | 1.190.000 | 1.190.000 | 1.460.125,32 | 919.874,68 | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
TOTAL | 5.000.000 | 5.000.000 | 4.142.611,32 | 5.857.388,68 | 1 | 388.191,00 | 194.095,50 | 194.095,50 |
La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de marzo de 2023.- El Director General, José Manuel Delgado Utrera.
Descargar PDFBOJA nº 59 de 28/03/2023