Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 28/03/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Consumo

Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de carácter directivo de Subdirección Médica en el Hospital Costa del Sol.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00280769.

De conformidad con lo establecido en el art. 3 del Decreto 132/2021, de 6 de abril (BOJA núm. 66, de 9 de abril de 2021), por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General anuncia la provisión de puesto de trabajo de carácter directivo, por el sistema de libre designación, con sujeción a las siguientes bases:

Primera. Identificación del puesto a cubrir.

1. Denominación: Subdirección Médica.

2. Centro de gasto: Hospital Costa del Sol.

3. Grupo: A1.

4. Nivel: 27.

Las retribuciones básicas y complementarias serán las establecidas en la normativa vigente del Servicio Andaluz de Salud para el puesto convocado.

Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.

1. Para poder participar en la presente convocatoria será requisito estar en posesión de la titulación universitaria de título de Licenciado/a, Grado en Medicina.

2. El puesto será desempeñado en régimen de dedicación exclusiva y de incompatibilidad con cualquier otra actividad no exceptuada por las artículos 4.2, 16.3 y 19 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

3. Las personas aspirantes deberán presentar junto a la solicitud tanto el proyecto técnico de gestión redactado conforme a lo establecido en la base cuarta de la presente convocatoria, como el currículum vitae y la documentación acreditativa de los criterios generales recogidos en la Resolución 93/2022, de 22 de diciembre, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se establecen los criterios reglamentarios para la evaluación de la idoneidad de candidatos aspirantes a puestos directivos de los centros del Servicio Andaluz de Salud.

De conformidad con la Resolución 93/2022, de 22 de diciembre, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se establecen los criterios reglamentarios para la evaluación de la idoneidad de candidatos aspirantes a puestos directivos de los centros del Servicio Andaluz de Salud, la acreditación de estos requisitos dará lugar a la idoneidad de la persona candidata para acceder al proceso selectivo. La no acreditación de cualquiera de los criterios recogidos en la convocatoria, así como la no presentación de la documentación requerida será causa de exclusión del procedimiento de provisión.

La citada resolución se encuentra disponible en la página web corporativa del Servicio Andaluz de Salud

«https://web.sas.junta-andalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ofertas-de-empleo/provision-de-puestos-directivos»

Tercera. Plazo de presentación: Será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La presentación de las solicitudes de participación se realizará utilizando la Ventanilla Electrónica de Profesionales (en adelante VEC), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.3 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La solicitud de participación deberá formularse, a través de «la Ventanilla Electrónica de Profesionales» alojada en la página web corporativa del Servicio Andaluz de Salud «https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/»

en la dirección electrónica

«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanilla-electronica-de-profesionales/»

cumplimentado el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de solicitud de participación.

Para realizar dicha solicitud la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).

Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en su solicitud. Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos, conforme dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante comparecencia en la dirección electrónica habilitada, para lo cual prestará su conformidad para el alta en el servicio de notificaciones del sistema a disposición de las Consejerías y entidades de la Junta de Andalucía para la práctica de la notificación electrónica a través del canal destinado a tal efecto «Notificaciones de la VEC del SAS», siendo responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación como en el mantenimiento de los datos personales y del correo asociados al Buzón Electrónico de dicha dirección electrónica habilitada para la práctica de las notificaciones electrónicas.

Adicionalmente el órgano convocante enviará un aviso al dispositivo electrónico y/o a la dirección de correo electrónico que la persona interesada haya comunicado, informándole de la puesta a disposición de una notificación en la dirección electrónica habilitada. El correo electrónico que hayan hecho constar en la solicitud se considerará el único válido para la recepción de los avisos a que se refiere el párrafo anterior, siendo responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación de este como la falta de comunicación de cualquier cambio.

Cuarta. Proyecto técnico de gestión.

1. El proyecto técnico de gestión deberá incluir necesariamente las líneas de actuación para el desarrollo de las funciones de asistencia y apoyo a la Dirección Médica del Hospital Costa del Sol para el desarrollo de las funciones recogidas en el art. 11 del Decreto 105/86, de 11 de junio, sobre ordenación de asistencia sanitaria especializada y órganos de dirección de los hospitales (BOJA núm. 61, de 24 de junio de 1986).

Se valorarán además los siguientes aspectos clave:

1.1. Líneas estratégicas para el desarrollo de las áreas de responsabilidad.

1.2. El análisis de los recursos humanos y estructurales asignados y las propuestas para su gestión eficiente.

1.3. Los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estándares de referencia en los ámbitos asistenciales, docentes y de investigación e innovación.

1.4. La capacidad de generar y transferir conocimientos e innovaciones.

1.5. Propuestas de mejoras.

2. La defensa del proyecto técnico de gestión se realizará mediante entrevista con la Dirección Gerencia del Hospital. A la entrevista y defensa del proyecto de gestión serán convocadas las personas candidatas que hayan sido previamente declaradas idóneas para el puesto. Si la persona candidata no acudiera a la citada entrevista se considerará desistida en su participación en la presente convocatoria.

Quinta. En lo no previsto en la presente resolución, se estará a lo dispuesto en el Decreto 132/2021, de 6 de abril, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 66, de 9 de abril de 2021).

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a partir de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, sede de este órgano, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de marzo de 2023.- La Directora General, Carmen Bustamante Rueda.

Descargar PDF