Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Política Industrial y Energía, por la que se hace pública la Resolución de 23 de marzo de 2023 de la Viceconsejería, por la que se deja sin efecto la Resolución de 7 de marzo de 2023, por la que se adjudica puesto de trabajo de libre designación.
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De conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Secretaría General Técnica resuelve hacer pública la Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Viceconsejería, por la que se deja sin efecto la Resolución de 7 de marzo de 2023, por la que se adjudica puesto de libre designación, convocado mediante Resolución de 21 de diciembre de 2023.
Sevilla, 24 de marzo de 2023.- La Secretaria General Técnica, Julia Molina Candau.
ANEXO
«RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DE 7 DE MARZO DE 2023, DE LA VICECONSEJERÍA, POR LA QUE SE ADJUDICA PUESTO DE TRABAJO DE LIBRE DESIGNACIÓN CONVOCADO MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 21 DE DICIEMBRE DE 2022
Vista la Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Viceconsejería, por la que se adjudica puesto de trabajo de libre designación convocado mediante Resolución de 21 de diciembre de 2023, resultan los siguientes
A N T E C E D E N T E S
Primero. Mediante Resolución de fecha 21 de diciembre de 2022, de la Viceconsejería, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 3, de 5 de enero de 2023, se anuncia convocatoria pública para cubrir el puesto de trabajo de libre designación denominado “Secretario/a General Provincial”, código 13236210, localidad: Málaga.
Segundo. Mediante Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Viceconsejería, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 51, de fecha 16 de marzo de 2023, se adjudica dicho puesto de trabajo a don Javier Marimón Lominchar.
En la citada resolución se establece que la toma de posesión se efectuará en los plazos establecidos en el artículo 51, en relación con el artículo 65 del Reglamento General de Ingresos, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto 2/2002, de 9 de enero.
Tercero. En fecha 20.3.2023, don Javier Marimón Lominchar presenta renuncia al puesto adjudicado.
A los anteriores antecedentes resultan de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. La competencia para dictar la presente resolución corresponde a la persona titular de la Viceconsejería, conforme a lo dispuesto en el artículo primero, apartado 1.d) de la Orden de 16 de febrero de 2021, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería y en determinados órganos de sus agencias administrativas (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 36, de 23 de febrero) vigente en aplicación de la Disposición transitoria segunda del Decreto 163/2022, de 11 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.
Segundo. El Capítulo V del Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía regula la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de libre designación, estableciendo en su artículo 65 que el régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el artículo 51 del citado Reglamento.
En este sentido, el artículo 51 de dicho Reglamento establece lo siguiente:
Artículo 51. Plazos de cese y toma de posesión.
1. El cese del funcionario en el anterior destino deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el “Boletín Oficial de la Junta de Andalucía”, salvo que en dicha resolución se establezca otra cosa.
La toma de posesión deberá formalizarse con efectos administrativos del día siguiente al del cese en el destino anterior, salvo que comporte el reingreso al servicio activo, en cuyo caso se formalizará en el plazo de un mes desde la publicación de la resolución del concurso.
Tercero. El plazo de incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se efectuará en los tres días hábiles siguientes al del cese si no implica cambio de residencia del funcionario, o en el plazo de un mes si comporta cambio de residencia, con la obligación, en este último caso, de acreditar de forma fehaciente dicho cambio. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá en la misma fecha en la que se toma posesión en el mismo.
Cuarto. El acto de adjudicación del puesto constituye un acto administrativo unilateral, perfecto, que requiere, como presupuesto o condición de eficacia, la toma de posesión. Es decir, la adjudicación se estima perfeccionada y consolidada a todos los efectos mediante la toma de posesión.
Sobre la eficacia de los actos administrativos se ha de indicar que la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula la eficacia de los actos en el Capítulo II del Título III, comenzado por sentar, en el apartado 1 del artículo 39, la regla general de que los actos administrativos se presumen válidos y producen sus efectos desde la fecha en que se dictan.
No obstante, el apartado 2 del citado artículo 39 establece que “la eficacia quedará demorada cuando así lo exija el contenido del acto, o esté supeditada a su notificación, publicación o aprobación posterior”. El supuesto de eficacia demorada “cuando así lo exija el contenido del acto” contempla aquellos supuestos en que el acto, por su propia naturaleza, no puede producir efectos sin la producción de un requisito posterior, como es caso que nos ocupa, el de la adjudicación de un puesto que no adquiere su eficacia hasta el momento de la toma de posesión.
Por tanto se puede concluir que el primer efecto de la toma de posesión es la consolidación del acto de adjudicación, al que otorga eficacia.
En el caso que nos ocupa, el adjudicatario del puesto, como consecuencia de su renuncia a ocupar el puesto adjudicado, no ha cesado en el puesto que ocupa en el plazo que la norma establece y consecuentemente no tomará posesión del puesto denominado “Secretario/a General Provincial”, código 13236210, del que resultó adjudicatario mediante la Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Viceconsejería, por lo que dicha Resolución no puede desplegar su eficacia.
En virtud de todo lo expuesto, de conformidad con la normativa vigente,
R E S U E L V E
Dejar sin efecto la Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Viceconsejería, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 51, de fecha 16 de marzo de 2023, por el que se adjudica puesto de trabajo de libre designación a don Javier Marimón Lominchar.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla o ante el de la circunscripción donde aquel/aquella tenga su domicilio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La Viceconsejera.»
Descargar PDFBOJA nº 62 de 31/03/2023