Anuncio de 23 de julio de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por el que se hace pública la resolución del concurso de derechos mineros, convocado para la provincia de Cádiz, publicado en BOJA núm. 240, de fecha 18 de diciembre de 2023. (PP. 9175/2024).
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La Delegada Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, de la Junta de Andalucía en Cádiz, hace saber la siguiente resolución de fecha 22 de julio de 2024:
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS Y DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS EN CÁDIZ, POR LA QUE SE RESUELVE CONCURSO PÚBLICO DE DERECHOS MINEROS CONVOCADO PARA LA PROVINCIA DE CÁDIZ, PUBLICADO EN BOJA NÚM. 240 DE FECHA 18 DE DICIEMBRE DE 2023
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 7.12.2023 se publica en BOE núm. 292 «Extracto de las resoluciones de 19 de octubre y 28 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Minas de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público para investigación minera en los terrenos comprendidos en los registros mineros de las provincias de Cádiz, Sevilla, Córdoba, Granada, Jaén, Málaga y Almería.»
Segundo. Posteriormente, con fecha 18.12.2023 se publica en BOJA núm. 240 «Anuncio de 13 de diciembre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por el que se hace pública la resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público de los registros que se citan, comprendidos en la provincia de Cádiz.»
Mediante este último acto se resuelve:
- Declarar francos los terrenos comprendidos en los derechos mineros caducados del Anexo I de la citada resolución, comprendidos en la provincia de Cádiz, con expresión del nombre, número de registro, tipo de recurso, términos municipales y superficie, en aplicación del artículo 53 de la Ley 22/1973,de 21 de julio, de Minas, y del artículo 72 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto.
- Convocar concurso público de investigación minera, en los terrenos declarados francos en su resuelve primero, en aplicación del citado artículo 53 de la LM y su correspondiente artículo 72 del RGRM; aprobando las bases que han de regir el concurso público, especificadas en el Anexo II de la ya citada resolución.
Tercero. Con fecha 8.1.2024 la entidad Federación de ecologistas en acción-Andalucía interpone recurso de alzada contra las citadas resoluciones de fechas 19.10.2023 y 28.11.2023.
Dicho recurso fue desestimado por resolución (expte: alzada 2/2024-M), de la Consejería de Industria, Energía y Minas de fecha 5.2.2024.
Cuarto. Es en fecha 18.1.2024 cuando la entidad Verdemar ecologistas en acción interpone recurso de alzada contra la resolución de fecha 19.10.2023, por la que se declaran francos los terrenos comprendidos en los registros mineros caducados en la provincia de Cádiz y se convoca concurso público para investigación minera en los terrenos que se citan en la misma.
Dicho recurso de alzada es desestimado por Resolución de fecha 12.2.2024 de la Consejería de Industria, Energía y Minas (expte: alzada 15/2024-M).
En esa misma fecha de 18.1.2024 se recibe también recurso de alzada presentado en esta ocasión por la entidad Federación provincial de ecologistas en acción de Cádiz contra la resolución de fecha 19.10.2023, por la que se declaran francos los terrenos comprendidos en los registros mineros caducados en la provincia de Cádiz y se convoca concurso público para investigación minera en los terrenos que se citan en la misma.
Dicho recurso de alzada es desestimado por Resolución de fecha 12.2.2024 de la Consejería de Industria, Energía y Minas (expte: Alzada 16/2024-M).
Quinto. El 22.2.2024 tiene lugar la publicación en BOJA núm. 38 «Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Minas, por la que se modifica la base tercera del Anexo II de la resolución por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público para la investigación minera en los terrenos comprendidos en los registros mineros que se citan, comprendidos en la provincia de Cádiz».
Sexto. En fecha 5.3.2024 (BOJA núm. 45), se publica «Orden de 27 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se determinan las suplencias correspondientes a las resoluciones por las que se declaran francos los terrenos y se convocan concursos públicos para la investigación minera en los terrenos comprendidos en los registros mineros que se citan, comprendidos en las provincias de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla.»
Séptimo. Con fecha 24.3.2024, la entidad Federación Ecologistas en Acción-Andalucía interpone recurso de alzada contra la anterior Resolución de 16.2.2024.
Dicho recurso de alzada fue desestimado por Resolución de fecha 27.5.2024, de la Consejería de Industria, Energía y Minas (expte: alzada 242/2024-M).
Octavo. El 8.4.2024 se publica en BOJA núm. 67 la «Corrección de errores de la Orden de 27 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se determinan las suplencias correspondientes a las resoluciones por las que se declaran francos los terrenos y se convocan concursos públicos para la investigación minera en los terrenos comprendidos en los registros mineros que se citan, comprendidos en las provincias de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla (BOJA núm. 45, de 5 de marzo).»
Noveno. El 29.2.2024 se constituye la Primera Mesa del Concurso con objeto de valorar las solicitudes presentadas en tiempo y forma a través del Sistema de Información de Relaciones Electrónicas en materia de contratación SIREC-Portal de licitación electrónica. Una vez se accede al citado Sistema se comprueba la existencia de las siguientes solicitudes:
- Solicitud por parte de la empresa Drainsal, S.L.U., del Permiso de Investigación denominado «Virgilius» núm. 1431.
- Solicitud por parte de la empresa Industrias Tzbsat, S.L., de los Permisos de Investigación denominados «Manflora» núm. 1399 y «Tío Mateo-fracc 4.ª» núm. 1370.
- Solicitud por parte de la empresa Aritec Almonacid, S.L., aportándose documentación en el sobre núm. 1 en la que no se especifica el derecho minero por el que concursa.
De la observación y estudio de las solicitudes presentadas se determina la apertura del sobre núm. 1 asociado a cada uno de los Permisos de Investigación solicitados. Una vez revisados los mismos se requiere diversa documentación a cada una de las 3 mercantiles que han solicitado derechos mineros.
En el mismo acto, y en aplicación del apartado 5 de la base cuarta (Anexo II de la resolución por la que se convoca el Concurso), se fija la fecha para la segunda reunión de la Mesa en fecha 11.3.2024.
Décimo. Es en la ya citada fecha (11.3.2024), cuando tiene lugar la constitución de la Segunda Mesa en la que, una vez revisada la documentación previamente requerida en la primera Mesa (presentada por las mercantiles que optan a los derechos mineros solicitados), se determina lo siguiente:
- No dar por cumplimentada la subsanación requerida a la mercantil Drainsal, S.L.U., por lo que queda inadmitida la solicitud presentada debido a que la fecha de la inscripción de la modificación del objeto social es posterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Admitir la subsanación presentada por Industrias Tzbsat, S.L., y por consiguiente proceder a la apertura del sobre núm. 2 asociado a cada uno de los dos Permisos de Investigación solicitados por la misma («Manflora» núm. 1399 y «Tío Mateo-fracc 4.ª» núm. 1370).
- Admitir la subsanación presentada por Aritec Almonacid, S.L., y por consiguiente proceder a la apertura del sobre núm. 2 asociado a su solicitud.
Una vez se tiene acceso a la apertura de los diferentes sobres núm. 2 presentados tanto por Industrias Tzbsat, S.L., como por Aritec Almonacid, S.L., se observa que la documentación incluida en los mismos no cumple con todos los requisitos complementarios, por lo que se propone requerirles de nuevo documentación adicional a la ya presentada.
Por último en este mismo acto se proponen los nombramiento de dos técnicos adscritos al Departamento de Minas de Cádiz para que procedan, conforme a lo indicado en la base primera, apartado 5 del Anexo II de la resolución por la que se convoca el Concurso, a la baremación de las solicitudes hasta la fecha admitidas.
Decimoprimero. Con fecha de entrada 20.3.2024 se registra en la sucursal de Correos núm. 17 de Sevilla recurso de alzada presentado por don Richard T. Golding contra la resolución de 19.10.2023 (modificada por Resolución de 16.2.2024), por la que se hace pública la resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público de los registros que se citan, comprendidos en la provincia de Cádiz.
Decimosegundo. Es en fecha 27.3.2024 cuando tiene entrada escrito de alegaciones al acta de la Segunda Mesa, presentado por la mercantil Drainsal, S.L.U., mediante el cual solicita la reconsideración del acuerdo de la Segunda Mesa, de fecha 11.3.2024, por el que quedó inadmitida su solicitud. Para ello desarrollan en el escrito presentado una serie de fundamentos jurídicos y diferentes sentencias judiciales (doctrina administrativa) que le hacen entender que sí cumplen con todos los requisitos establecidos en la Resolución de 19.10.2023 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público de los registros que se citan, comprendidos en la provincia de Cádiz, suplicando se anule la decisión de exclusión del Concurso por parte de la Mesa, retrotrayendo las actuaciones al momento procedimental anterior a dicho acuerdo, admitiendo su solicitud y solicitando que se proceda a la apertura del sobre núm. 2 presentado adjunto a su solicitud.
Otros sí solicitan que, al amparo de lo dispuesto en el art. 117 de la LPAC, se proceda como medida cautelar a la suspensión del Concurso Público hasta la resolución de la discrepancia presentada.
Decimotercero. El 8.4.2024 se emite, por parte de los técnicos nombrados al efecto, «Informe de la Comisión Técnica de baremación del Concurso público para investigación minera en terrenos comprendidos en registros mineros de la provincia de Cádiz convocado por la Dirección General de Industria, Energía y Minas.»
Decimocuarto. Finalmente, en fechas 18.4.2024 y 21.5.2024 se reúne la Tercera Mesa del Concurso Minero en la que se acuerda:
- Estimar las alegaciones presentadas por la Mercaltil Drainsal, S.L.U., teniendo en cuenta la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2.ª), Sentencia núm. 241/2019, de 8 mayo, RJCA 2019\779 y, por tanto, admitir su solicitud y proceder a la apertura del sobre núm. 2 correspondiente a la misma.
- Una vez abiertos los sobres núm. 2, requerir la subsanación de la documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera a las empresas Aritec Almonacid, S.L., e Industrias Tzbsat, S.L., ya que se entiende que las mismas no certifican de manera suficiente dichas solvencias, de acuerdo con lo especificado en la bases del Concurso (punto 5, apartado e)).
- Trasladar a los técnicos nombrados para la valoración de las distintas ofertas presentadas en el Concurso Minero, solicitud de informe relativo a la oferta, ahora admitida, a favor de la mercantil Drainsal, S.L.U.
Decimoquinto. El 28.5.2024 se emite, por parte de los técnicos nombrados al efecto, «Informe Complementario de la Comisión Técnica de baremación del Concurso público para investigación minera en terrenos comprendidos en registros mineros de la provincia de Cádiz convocado por la Dirección General de Industria, Energía y Minas.»
Decimosexto. Con fecha 11.6.2024 la Consejería de Industria, Energía y Minas resuelve desestimar el recurso de alzada interpuesto en fecha 20.3.2024 por Richard T. Golding en calidad de Presidente del Consejo de administración de Bodegas Tesalia, S.L., contra la Resolución de la Dirección General de Minas de 16 de febrero de 2024 por la que se modifica la base tercera del Anexo II de la resolución por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público para la investigación minera en los terrenos comprendidos en los registros mineros en la provincia de Cádiz, confirmando la resolución recurrida en todos sus extremos.
Decimoséptimo. En fecha 5.7.2024 se reúne la Cuarta Mesa del Concurso Minero en la que se acuerda lo siguiente:
- Inadmitir las solicitudes de los Permisos de Investigación, publicados en el presente concurso «Manflora núm. 1399», «Tío Mateo-fracc 4.ª» núm. 1370 y «Euroáridos núm. 1385» y la exclusión de sus solicitantes, al no considerarse subsanada la documentación requerida perteneciente al sobre núm. 2 por las siguientes razones:
1. La documentación aportada por parte de la empresa Industrias Tzbsat, S.L., es exactamente la misma que se presentó inicialmente, certificación de la entidad bancaria BBVA de fecha 15.2.2024, de la cual se les solicitó el requerimiento de subsanación por no cumplir con lo especificado en base primera, punto 5, apartado e) del Anexo II de la resolución.
2. La documentación aportada por parte de la empresa Aritec Almonacid, S.L., es un acta de fecha 26.6.2024 en la que los socios acuerdan que, en caso de necesitarse fondos extra para la ejecución de dichos proyectos, se hará mediante aportaciones dinerarias, no cumpliendo la misma con ninguno de los medios especificados en los apartados de las bases para la acreditación de la solvencia económica y financiera.
- Hacer propios los informes de baremación presentados por los técnicos pertenecientes al Departamento de Minas de la Delegación Territorial de Cádiz.
- Admitir la solicitud presentada por la mercantil Drainsal, S.L., del permiso de investigación «Virgilius núm. 1431», con una valoración obtenida en la baremación del informe técnico de un total de 27 puntos.
- Elevar dicha propuesta a la autoridad Minera para la correspondiente resolución del presente concurso.
Decimoctavo. Finalmente, con fecha 17.7.2024 y conforme a lo establecido en la base octava de la Resolución de fecha 19.10.2024, por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público para investigación minera en los terrenos comprendidos en los registros mineros que se citan, comprendidos en la provincia de Cádiz, se da traslado a la Delegada Territorial por el Presidente de la Mesa y acompañando el último Acta celebrada el pasado 5.7.2024, de la decisión adoptada por la citada Mesa del Concurso de derechos mineros, quedando atribuida la competencia derivada de la aplicación del artículo 140.4 del Reglamento General para el Régimen de la Minería a esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Según la base octava del concurso convocado por Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General de Minas, la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz emitirá resolución que recogerá el resultado del concurso, señalando para cada registro la solicitud ganadora con las cuadrículas correspondientes, y el orden de prelación de las restantes, en relación con lo previsto en el art. 53 de la vigente Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y 72 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que ese aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería que regulan el procedimiento de concurso público.
Este orden de prelación será válido hasta que se produzca el otorgamiento del Permiso de Investigación correspondiente a la solicitud en tramitación, careciendo de valor una vez que se haya producido el otorgamiento.
Segundo. Según lo previsto en el art. 54 de la Ley de Minas y art. 73 de su Reglamento, si el concurso quedase desierto, la Delegación Territorial declarará el terreno franco y registrable, haciéndolo constar así en el acto de celebración de aquél, y lo publicará en los boletines oficiales correspondientes, con la indicación de que podrá ser solicitado después de transcurridos ocho días desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Tercero. Conforme expresa el apartado tercero de la Resolución de fecha 19.10.2023 de la Dirección General de Minas de la Consejería de Industria,Energía y Minas, por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público para investigación minera en los terrenos comprendidos en los registros mineros de la provincia de Cádiz, «los gastos de publicación de esta resolución y de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía serán prorrateados proporcionalmente a la superficie entre los adjudicatarios del concurso.»
En el presente expediente se han cumplido todos los trámites preceptivos, vistas la Ley de Minas 22/1973, El Reglamento General para el Régimen de la Minería, El Reglamento General de Normas Básicas de seguridad Minera y demás legislación aplicable.
Vistas las actuaciones realizadas, los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial de Cádiz
RESUELVE
Primero. Admitir a trámite la solicitud del siguiente Permiso de Investigación:
NÚM. REGISTRO/FRACCIÓN | NOMBRE | SOLICITANTE | ORDEN DE PRELACIÓN | RECURSO | CUADRÍCULAS MINERAS |
---|---|---|---|---|---|
1431 | VIRGILIUS | DRAINSAL, SLU | 1/1 | Todos los recursos Sección C) | 21 |
Segundo. Declarar terrenos francos y registrables el resto de derechos mineros de la convocatoria que no han sido adjudicados, según artículo 73 del R.D. 2857/1978, de 25 de agosto, con la indicación de que pueden ser solicitados transcurridos 8 días desde la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado:
NÚM. REGISTRO |
FRACC. | TIPO DE DCHO. | NOMBRE | FECHAS DE CADUCIDAD | RECURSO | CUADRÍ- CULAS MINERAS | TÉRMINOS MUNICIPALES |
---|---|---|---|---|---|---|---|
1149 | 1 | CD | MONTE DE LA CRUZ | 30/12/22 | Calizas y Dolomías | 4 | San José del Valle |
1149 | 2 | CD | MONTE DE LA CRUZ | 30/12/22 | Calizas y Dolomías | 3 | San José del Valle |
1165 * | PI | EL CARMEN | 18/05/22 | Calizas | 8 | Arcos de la Frontera | |
1235 | 1 | CD | EL MINERVO II | 13/02/23 | Arenas silíceas | 9 | El Puerto de Sta. María |
1272 | PI | ALCORNOCALEJOS II | 09/09/21 Y 24/11/22 |
Sección C) | 12 | Jerez de la Frontera | |
1272 | 2 | CD | ALCORNOCALEJOS II – FRACC2ª | 26/11/20 | Arenas silíceas | 1 | Jerez de la Frontera |
1272 | 3 | CD | ALCORNOCALEJOS II – FRACC3ª | 13/09/21 | Arenas silíceas | 2 | Jerez de la Frontera |
1292 | PI | MADRONADA | 12/05/22 | Sección C) | 10 | Olvera | |
1296 | PI | ENRIQUE | 08/08/22 | Sección C) | 40 | Olvera, Torre Alhaquime y Se- tenil | |
1316 | PI | LEBRIJA II | 14/10/21 | Yeso | 9 | Algodonales | |
1320 | PI | LOS ANGELES | 13/09/18 | Yeso | 40 | Olvera y Algodonales | |
1333 | PI | CHICHORRO | 03/03/21 | Arenas silíceas | 4 | Jerez de la Frontera | |
1353 | 1 | PI | LA ORIHUELA (MORÓN-FRACC II) | 29/04/22 | Yesos | 3 | Olvera |
1353 | 2 | PI | CAÑADA DE LA MADERA | 29/04/22 | Yesos | 3 | Olvera |
1364 | PI | VERANO | 18/05/22 | Yesos | 2 | Olvera | |
1370 | PI | TÍO MATEO | 20/09/21 | Arenas silíceas | 188 | Arcos de la Frontera, Jerez de la Frontera y San José del Valle | |
1370 | 4 | PI | TÍO MATEO – FRACC 4ª | 13/02/23 | Arenas silíceas | 2 | Arcos de la Frontera, Jerez de la Frontera y San José del Valle |
1374 | PI | VILENA | 22/06/18 | Arenas silíceas | 4 | Olvera | |
1385 ** | PI | EUROARIDOS | 27/02/08 Y 30/12/22 | Calizas y Dolomías | 34 (excepto solape con PI 7705-3) | Puerto Serrano | |
1391 | PI | LA FUENTE | 08/08/22 | Sección C) | 7 | Puerto Serrano | |
1392 | PI | EL RIO | 13/03/18 | Sección C) | 4 | Puerto Serrano | |
1394 | PI | TROBAL | 26/02/21 | Sal Gema | 60 | Jerez de la Frontera | |
1398 | PI | LA CONSTANCIA | 08/11/21 | Arenas silíceas y yesos | 24 | Alcalá de los Gazules | |
1399 *** |
PI | MANFLORA | 19/02/08 | Arenas silíceas | 12 | Arcos de la Frontera | |
1408 | PI | POCASANGRE | 26/01/23 | Calizas, Dolomías y Margocali- zas | 32 | Medina Sidonia | |
1417 | PI | SIERRA AZNAR | 09/09/22 | Calizas y DolomÍas | 23 | Arcos de la Frontera | |
1422 | PI | LAS ANIMAS | 16/11/21 | Calizas, Margocalizas y Dolo- mias | 56 | Arcos de la Frontera y Villa- martin | |
1425 | PI | MARIA LUISA II | 28/04/16 | Calizas y Areniscas | 42 | Los Barrios | |
1426 | PI | LA MINA | 31/10/17 | Arenas silíceas | 27 | Conil de la Frontera y Vejer | |
1429 | PI | PARRALEJO | 08/08/22 | Calizas y Dolomías | 2 | San José del Valle | |
1430 | PI | ENCARNA | 16/11/21 | Yesos | 9 | Olvera | |
1435 | PI | ESMA | 28/09/21 | Calizas, Dolomías y Ofitas | 65 | Medina Sidonia | |
1444 | PI | LA MOTILLA | 19/08/21 | Yeso | 95 | Algodonales, Zahara de la Sie- rra y El Gastor | |
1445 | PI | LOS HERMANOS | 10/05/18 | Todos los recursos Sección C) | 99 | Olvera y Pruna (S) | |
1474 | PI | PAJARETE | 09/09/22 | Todos los recursos Sección C) | 15 | Villamartín | |
1483 | PI | ANDRÓMEDA | 08/11/21 | Calizas, Piedra Natural, Arenas, Mármol y Granito | 105 | Chiclana de la Frontera y Me- dina Sidonia | |
1495 | PI | ROSA DE LOS VIENTOS | 11/10/21 | Arenas y Areniscas | 10 | Puerto Real |
Tercero. Declarar francos y registrables los terrenos no solicitados por la mercantil Drainsal, S.L.U., dentro del PI original «Virgilius núm. 1431». (88-21 = 67 c.m.).
Cuarto. De acuerdo al punto tercero del resuelve de la Resolución de 19 de octubre de 2023, por la que se convoca el concurso, los gastos de publicación de esta resolución y de la resolución del anuncio del concurso en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía serán prorrateados proporcionalmente a la superficie entre los adjudicatarios del concurso. Al darse la circunstancia de que solo se ha admitido a trámite una solicitud, esta deberá abonar la totalidad del coste de ambos anuncios.
La mercantil solicitante del derecho minero admitido a trámite deberá proceder al abono de las tasas correspondientes a la tramitación del permiso de investigación, según Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo de 15 días a partir del día siguiente a la notificación de esta resolución. Una vez depositada esta tasa se devolverá la fianza provisional establecida en la base primera, apartado 4.h), del Anexo III de las bases del concurso.
Quinto. Se dará traslado de la presente resolución de prelación a la Dirección General de Minas.
Por lo tanto, de acuerdo con la base octava 3 de la Resolución de 19 de octubre de 2023, por la que se convoca el concurso público de investigación minera, se ordena la publicación e inserción de la presente resolución de prelación en el Boletín Oficial correspondiente así como su notificación a todas personas interesadas en la convocatoria, pudiéndose interponer contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, recurso de alzada, ante la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Cádiz, 23 de julio de 2024.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.
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