Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, por la que se procede a la apertura de la pesquería de corruco (Acanthocardia tuberculatum) y al cierre de la especie coquina (Donax trunculus) en las zonas de producción AND 204. La Atunara-La Alcaidesa y AND 205. La Alcaidesa-Punta Chullera.
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La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta la competencia exclusiva en materia de marisqueo y la pesca con artes menores, entre otras, conforme al artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía.
La Orden de 24 de marzo de 2014, por la que se establece un plan de gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía se dictó con el fin de mantener la explotación de la pesquería dentro de los límites biológicos de seguridad. Posteriormente fue modificada por Orden de 29 de diciembre de 2014, por Orden de 1 de marzo de 2017, y por la Orden de 27 de diciembre de 2019.
Finalmente, mediante la Orden de 24 de julio de 2024, se modifica la Orden de 24 de marzo de 2014, por la que se establece un plan de gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, determinando los puntos de referencia biológicos de explotación de las principales especies capturadas en el mediterráneo; en este sentido, se considerará que la especie corruco (Acanthocardia tuberculatum), se encuentra dentro de unos límites biológicos seguros y, por tanto, explotadas de forma sostenible, cuando la captura total no sea superior a 1.000 t/campaña anual de pesca, debiendo producirse al cierre de dicho caladero una vez sea alcanzada dicha cantidad de capturas o en los supuestos recogidos en el artículo 5 de la Orden de 24 de marzo de 2014.
Por diversas circunstancias la pesquería de corruco no se realiza desde 2021. No obstante, debido al interés del sector marisquero del caladero mediterráneo y las posibilidades de comercialización del producto transformado en el mercado, han motivado la reactivación de la pesquería.
Con fecha 16 de septiembre de 2024, se emite la autorización para la transformación y envasado de los moluscos de la especie Acanthocardia tuberculatum a la empresa «Ubago Group Mare, S.L.», durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, siempre y cuando en esa fecha se encuentre abierta la ventana de captura.
Desde finales de septiembre se vienen realizando los controles sanitarios necesarios para garantizar las condiciones óptimas de las zonas de producción para la explotación del recurso.
Asimismo, y en aras de garantizar la disponibilidad de recurso para su explotación, con fecha 30 de septiembre se solicitó informe al Instituto Español de Oceanografía (IEO-CSIC) para conocer el estado de las poblaciones de corruco en el caladero Mediterráneo, como avance del estudio de seguimiento de las poblaciones de moluscos bivalvos del mediterráneo que realiza periódicamente este Instituto.
Los resultados del informe del IEO recibido con fecha 8 de octubre de 2024, muestran una disminución acusada de la población, a pesar de no haberse estado explotando durante los últimos tres años, desconociendo las causas que han provocado esta disminución del recurso.
No obstante, la abundancia total de corruco en el caladero se estima en 425,6 t, siendo la fracción comercial de esta población 279,4 t, distribuyéndose la mayor parte de esta población en las zonas de producción de la zona más cercana al Estrecho de Gibraltar (AND 204. La Atunara-La Alcaidesa (74,9%) y AND 205. La Alcaidesa-Punta Chullera (69,4%)).
De acuerdo con el sector marisquero, durante las reuniones mantenidas con fecha 12 de septiembre en la sede de esta Consejería en Sevilla, y 10 de octubre de 2024, en Estepona, se decide cerrar las zonas de producción AND 204. La Atunara-La Alcaidesa y AND 205. La Alcaidesa-Punta Chullera para la especie coquina (Donax trunculus), en aras de preservar el recurso para cuando termine la campaña de corruco.
Por todo lo expuesto, atendiendo a las competencias de esta Dirección General en cuanto a la ordenación y regulación de la actividad pesquera de la flota andaluza, en las aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía establecidas en el artículo 10 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y de conformidad con la Orden de 24 de marzo de 2014,
RESUELVO
Primero. Se procede a realizar la apertura de la pesquería de corruco (Acanthocardia tuberculatum) en las zonas de producción AND 204. La Atunara-La Alcaidesa y AND 205. La Alcaidesa-Punta Chullera.
Segundo. Una vez alcanzado la captura de 280 t en el caladero, se dará por concluida la campaña hasta tanto en cuando no se tengan nuevos datos de abundancia del recurso, siguiendo el criterio de precaución y con objeto de evitar un impacto irreversible sobre el mismo.
Tercero. Se procede a realizar el cierre de la especie coquina (Donax trunculus) en las zonas de producción AND 204. La Atunara-La Alcaidesa y AND 205. La Alcaidesa-Punta Chullera.
Cuarto. Queda prohibido capturar, mantener a bordo, trasbordar, desembarcar y comercializar la especie coquina (Donax trunculus) procedente de las zonas de producción AND 204. La Atunara-La Alcaidesa y AND 205. La Alcaidesa-Punta Chullera.
Quinto. El incumplimiento de esta resolución se sancionará conforme a lo establecido en la Ley 1/2002, de 4 de abril y/o la Ley 3/2001, de 26 de marzo.
Sexto. La presente resolución surtirá efectos a partir de las 00:00 horas del día 28 de octubre de 2024.
Sevilla, 18 de octubre de 2024.- El Director General, José Manuel Martínez Malia.
Descargar PDFBOJA nº 221 de 13/11/2024