Extracto de la Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan para el año 2025, las ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre.
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BDNS (Identif): 796351.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el ejercicio 2025, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la siguiente línea de subvenciones en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
Línea: Subvenciones asociaciones de criadores de razas autóctonas españolas de Andalucía.
Cuantía máxima: trescientos doce mil ciento cincuenta y tres con setenta y ocho euros (312.153,78 euros).
• Partida presupuestaria: 1400180000-G/71B/78206/00-S0600-2007003022, por un importe de 156.076,89 euros, anualidad 2025.
• Partida presupuestaria: 14000100 G/71B/78206/00 01 2020000055, por un importe de 156.076,89 euros, anualidad 2026.
Segundo. Personas beneficiarias.
Las organizaciones o asociaciones de ganaderos, que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 2 del Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.
Tercero. Objeto.
Fomentar las razas autóctonas españolas de Andalucía, especialmente aquellas que se encuentran amenazadas (anteriormente en peligro de extinción).
Cuarto. Bases reguladoras.
Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre.
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
La dotación de la línea de subvención destinada al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía se hace en el apartado primero del presente extracto. El importe máximo de la subvención individual, por raza y anualidad, será el previsto en el artículo 7 del Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios estarán a disposición de las personas solicitantes en la dirección:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/11021
En Sevilla, 12 de noviembre de 2024. El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por autorización, el Director General de la Producción Agrícola y Ganadera, Daniel Quesada Sánchez.
Descargar PDFBOJA nº 231 de 27/11/2024