Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, por la que se acuerda adoptar el procedimiento de adjudicación directa para la prórroga del contrato de arrendamiento de un inmueble.
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Resolución de 3 de noviembre de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, por la que se acuerda adoptar el procedimiento de adjudicación directa para la prórroga del contrato de arrendamiento del inmueble destinado a la sede de la Oficina Comarcal de Ronda (Málaga) de la Agencia para el año 2024.
Vista la Memoria justificativa, del Director de la Oficina Comarcal Agraria de Ronda, para la prórroga del contrato de alquiler del local de la sede de la Oficina Comarcal Agraria de Ronda (Málaga), de fecha 18 de septiembre de 2024, donde se pone de manifiesto la peculiaridad de la necesidad a satisfacer mediante la prórroga del contrato de arrendamiento del inmueble que alberga la Oficina Comarcal Agraria (OCA) de Ronda (Málaga), situado en la Plaza del Socorro, 12, de Ronda, en la planta segunda del edificio conocido como «El Casino de Ronda», con acceso independiente por calle Molino, núm. 1 C, de Ronda.
Recibido el Informe favorable de la Dirección General de Contratación de 28 de octubre de 2024, relativo a la aplicación del supuesto excepcional de la peculiaridad de la necesidad a satisfacer para proceder a la contratación directa del actual inmueble que ocupa la Oficina Comarcal Agraria de Ronda, y comprobada la falta de disponibilidad de inmuebles para albergar las dependencias de la citada OCA, se procede a adoptar el acuerdo de inicio del expediente, en el que se justifica la utilización del procedimiento de adjudicación directa para la materialización de la prórroga del arrendamiento del local, por razón de la «peculiaridad de la necesidad a satisfacer», conforme a lo dispuesto en el artículo 84.2 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma, y el artículo 176.2 del Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para al aplicación de aquélla.
De acuerdo con todo lo anterior, en uso de las facultades que me confiere el artículo 16.1.k) de los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, aprobados mediante el Decreto 99/2011, de 19 de abril, como Director Gerente nombrado por Decreto 144/2021, de 13 de abril,
RESUELVO
Primero. Adoptar el procedimiento de adjudicación directa por la peculiaridad de la necesidad a satisfacer del arriendo del inmueble para albergar la Oficina Comarcal Agraria (OCA) de Ronda (Málaga), siendo la solución más adecuada al interés público, en virtud de lo dispuesto en el art. 84.2 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el art. 176.2 del Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el resto de normativa de aplicación.
Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de diciembre de 2024.- El Director Gerente, José Carlos Álvarez Martín.
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