Anuncio de 16 de diciembre de 2024, del Ayuntamiento de Minas de Riotinto, de corrección del art. 10 de bases de 3 plazas Policía Local. (PP. 10290/2024).
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00312974.
Expediente núm.: 1529/2024.
Asunto: Convocatoria y Pruebas de Selección para cubrir tres plazas de Policía Local.
Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía núm. 2024-0441, de fecha 10 de diciembre de 2024, modificación de la Base 10.ª de las bases para cubrir tres plazas con la categoría de Policía Local de este Ayuntamiento, mediante sistema de oposición libre, publicadas en el BOJA núm. 218, de 8.11.2024 y en el BOP de Huelva núm. 220/2024, de 12.11.2024, se publica la misma:
«10. Presentación de documentos.
10.1. Los aspirantes que hubieran aprobado la primera fase del proceso selectivo, presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de la relación de aprobados, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Copia compulsada de la titulación académica a que se refiere la Base 3.1. de la presente convocatoria. Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados en dicha base habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.
c) Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello sin perjuicio de lo que el Decreto 201/2003, de 8 de julio, prevé en cuanto a la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.
d) Declaración del compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
e) Declaración del compromiso de conducir vehículos policiales.
f) Fotocopia compulsada de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
10.2. Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que constituyen un requisito previo para su nombramiento, debiendo presentar certificación que acredite la prestación de cinco años de servicio en el municipio donde se obtuvo la plaza.
10.3. Si dentro del plazo indicado los opositores no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos obtenidos, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
10.4. En el supuesto establecido en el punto 3 anterior, la Alcaldía solicitará al Tribunal nueva propuesta de aspirante/es que deberán realizar el correspondiente curso selectivo, de entre los que hayan superado el proceso selectivo, según el orden de puntuación obtenido, a quienes serán de aplicación lo establecido en la presente base y en las siguientes.»
Permaneciendo el resto de bases de la convocatoria, publicadas en el BOJA núm. 218, de 8 de noviembre de 2024 y en el BOP núm. 220/2024, de 12 de noviembre de 2024, invariables en la forma objeto de aprobación y publicación en los indicados Boletines Oficiales.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de los de Huelva o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Minas de Riotinto, 16 de diciembre de 2024.- La Alcaldesa, Rocío Díaz Cano.
Descargar PDFBOJA nº 250 de 27/12/2024