Decreto 139/2024, de 30 de julio, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Agencia Tributaria de Andalucía.
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La Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, establece, en su artículo 1, la creación de la Agencia Tributaria de Andalucía, como agencia de régimen especial para realizar, en régimen de autonomía de gestión, las actividades administrativas de aplicación de los tributos y las demás funciones y competencias referidas en el artículo 6 de la misma ley.
Mediante la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Agencia Tributaria de Andalucía, se pretende favorecer el cumplimiento de los objetivos estratégicos recogidos en el actual contrato de gestión para los ejercicios 2023-2026, en concreto, la mejora de las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal, en conexión con el deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con dispuesto en el artículo 31 de la Constitución Española, y la mejora de la gestión de los recursos asignados a la Agencia.
Por un lado, en materia de lucha y prevención del fraude fiscal y de mejora de la gestión de los recursos asignados, resulta necesario reforzar las Gerencias Provinciales de la Agencia por la asunción de nuevas competencias en materia de información y asistencia y por el incremento de las actuaciones en materia de recaudación ejecutiva, por lo que se crean puestos de trabajo de la Especialidad Gestión Financiera del Cuerpo de Gestión Administrativa.
Por otro lado, para el adecuado ejercicio de las competencias en relación con la recaudación ejecutiva de las deudas de derecho público, entre otras, las deudas en concepto de reintegro de subvenciones financiadas con fondos europeos, se crea una oficina técnica de recaudación en materia de fondos europeos cuyo cometido principal será el control y la gestión de estos ingresos, realizando un seguimiento específico a los expedientes de apremio de los deudores de reintegro de subvenciones concedidas con dichos fondos.
Por último, se adecúa la denominación del puesto de trabajo de jefatura de la unidad administrativa a la que se le atribuyen las funciones en materia de gestión de los recursos humanos y de administración general de la Agencia.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía en doce puestos de trabajo dotados, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 30 de julio de 2024,
D I S P O N G O
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Agencia Tributaria de Andalucía.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Agencia Tributaria de Andalucía, queda modificada en los términos indicados en el anexo.
Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía se amplía en doce puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el anexo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de julio de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS | |
Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública |
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BOJA Extraordinario nº 11 de 31/07/2024