Resolución de 26 de agosto de 2024, de la Secretaría General de Interior, por la que se acuerda la ampliación del plazo de resolución y publicación de la resolución de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía adheridos a la Red de Municipios Taurinos de Andalucía para actuaciones de promoción y fomento de la tauromaquia.
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Interior, se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones reguladas en la Orden de 26 de febrero de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía adheridos a la Red de Municipios Taurinos de Andalucía para actuaciones de promoción y fomento de la tauromaquia (BOJA núm. 93, de 15 de mayo de 2024), estableciendo un plazo de 15 días hábiles para la presentación de solicitudes, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. Según lo establecido en el apartado 15 del cuadro resumen de las bases reguladoras de subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia no competitiva, aprobadas mediante la citada Orden de 26 de febrero de 2024, en relación con el artículo 19 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes.
Tercero. En la presente convocatoria se han presentado una gran cantidad de solicitudes al amparo de lo previsto en la Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Interior, habiendo sido necesario solicitar aclaraciones e información complementarias a las mismas, así como efectuar requerimientos de subsanación, lo que dificulta la resolución del procedimiento de adjudicación dentro del plazo máximo establecido en la convocatoria. Con fecha 24.7.2024 el órgano instructor efectúa propuesta de resolución de ampliación del plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, permite excepcionalmente, cuando se hayan agotado los medios personales y materiales disponibles a los que se refiere el apartado 5 del artículo 21, que el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, acuerde de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser éste superior al establecido para la tramitación del procedimiento.
Segundo. A la vista de la fase en que se encuentra el procedimiento de concesión, como consecuencia del número de solicitudes formuladas, de la necesidad de solicitar aclaraciones e información complementaria a las mismas y efectuar requerimientos de subsanación, así como de la proximidad del vencimiento del plazo máximo de resolución teniendo en cuenta el período estival, habiéndose habilitado todos los medios materiales y personales disponibles al efecto con el objeto de cumplir el plazo de tres meses recogido en el apartado 15 del cuadro resumen, se hace necesaria la ampliación del plazo de resolución y publicación.
En virtud de lo anterior, atendiendo a la propuesta del órgano instructor, en aplicación del artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por Disposición Adicional Primera de la Orden de 26 de febrero de 2024,
RESUELVO
Primero. Acordar la ampliación del plazo para resolver y publicar la resolución de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía adheridos a la Red de Municipios Taurinos de Andalucía para actuaciones de promoción y fomento de la tauromaquia, correspondiente al año 2024, por un plazo de dos meses, a contar desde la finalización del plazo establecido en el apartado 15 del cuadro resumen de las bases reguladoras, finalizando el 5 de noviembre 2024.
Segundo. Notificar el presente acuerdo a las personas interesadas mediante su publicación en la página web de la Consejería de la Presidencia, Interior, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 26 de agosto de 2024.- El Secretario General, David Gil Sánchez.
Descargar PDFBOJA Extraordinario nº 17 de 05/09/2024