Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 22/07/2025

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 14 de julio de 2025, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de un contrato en régimen laboral con duración temporal, en la categoría profesional de Técnico/a Especialista.

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La necesidad de cobertura de una plaza de Técnico/a Especialista en la Unidad de Cultura Científica (Grupo III). Ref. 2025/03 TE UCU, coordinado por la Universidad de Jaén, con las funciones establecidas en el Anexo II de esta convocatoria, y no afectando la misma al equilibrio presupuestario ni suponiendo un incremento de la masa salarial liquidada a 31 de diciembre de 2023, este Rectorado, al amparo de lo establecido en el Decreto 230/2003, de 29 de julio, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén (BOJA de 8.8.2003), reformados mediante Decreto 235/2011, de 12 de julio (BOJA de 28 de julio); y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, convoca a concurso para cubrir, mediante contrato en régimen laboral de duración determinada, la plaza de personal laboral que se indica en la norma 1.1 de esta convocatoria, con arreglo a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo, mediante el sistema de concurso, para cubrir una plaza en la categoría profesional de Técnico/a Especialista (Grupo III). Ref. 2025/03 TE UCU,  con las funciones recogidas en el Anexo II de esta convocatoria.

1.2. La realización de este proceso selectivo se ajustará, en lo que le sea de aplicación, a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en las bases de la convocatoria.

1.3. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso, con arreglo al baremo que se especifica en el Anexo I.

1.4. La selección se desarrollará quedando garantizado, en todo momento, la igualdad de condiciones de las personas aspirantes y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito.

1.5. Las funciones que, con carácter general, corresponderán al puesto de trabajo; la jornada de trabajo y horario, así como las retribuciones y demás derechos de contenido económico serán las que se relacionan en el Anexo II.

1.6. El desempeño de la plaza convocada quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de incompatibilidades.

1.7. A todos los plazos contemplados en la presente resolución les será de aplicación lo previsto en las resoluciones que el Rectorado de la Universidad de Jaén dicte sobre declaración de períodos inhábiles.

2. Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Para ser admitido en las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos los 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

b) Estar en posesión del título de BUP, Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, de conformidad con la normativa de aplicación, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

e) Las personas no nativas de habla española tendrán que acreditar un nivel de español B1  certificado conforme MCER.

2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes, manteniéndose hasta la fecha de inicio del contrato.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo disponible en la siguiente dirección web:

https://www.ujaen.es/servicios/servpod/sites/servicio_servpod/files/uploads/impresos%20y%20solicitudes/solic_pru_select_laboralw.pdf

que también será facilitado en el Servicio de Información, Registro y Administración Electrónica de la Universidad de Jaén o en los modelos normalizados para ingresar en la Administración Pública que se facilitan en las subdelegaciones del Gobierno.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Jaén. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En la siguiente página web de la Universidad de Jaén se puede consultar el calendario de días inhábiles: https://sede.ujaen.es/publico/sobre-la-sede/calendario

3.3. La solicitud junto con su documentación anexa se deberá presentar en el registro de la sede electrónica de la Universidad de Jaén

https://sede.ujaen.es/publico/sobre-la-sede/registro-electronico

y se enviarán al Servicio de Personal de la Universidad de Jaén.

Para ello es necesario disponer del correspondiente certificado electrónico. Si la persona interesada en el procedimiento no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el mismo solicitándolo, con los requisitos exigidos por la FNMT, a través del siguiente enlace: http://administracionelectronica.ujaen.es/firma_digital.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, se habilita el teléfono  (953 212 285/953 212 307).

La instancia deberá ir acompañada necesariamente de:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Justificante de haber abonado los derechos en concepto de tasas.

c) Acreditación de la titulación académica o equivalente exigible.

d) Acreditación documental de los méritos establecidos en el baremo del Anexo I de esta convocatoria.

La no acreditación documental de los méritos no supondrá la exclusión del concurso, pero conllevará su no consideración por parte de la Comisión de Selección.

3.4. Los derechos en concepto de tasas de este concurso serán 20 euros, que se ingresarán en la Caja Rural de Jaén, oficina Universidad, número de cuenta ES79 3067 0109 331150653028 a nombre de la Universidad de Jaén: Concurso 2025/03 TE UCU, o bien mediante transferencia bancaria a dicha cuenta. En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado anteriormente.

3.5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Jaén dictará resolución que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y a título informativo, en la página web del Servicio de Personal, en la que, además de declarar aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, figurará la relación de aspirantes excluidos/as con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre y número de Documento Nacional de Identidad y motivo de la exclusión.

Serán excluidos/as aquellas personas aspirantes que no aporten la documentación detallada en los apartados a), b), c) y d) del apartado 3.3 o presenten la solicitud fuera de plazo.

3.6. Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución a que se refiere la base anterior, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose en tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén, y a título informativo, en la página web del Servicio de Personal de la Universidad de Jaén.

Contra la resolución definitiva, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.7. Los derechos de examen serán reintegrados a las personas aspirantes que hayan sido excluidas definitivamente de las pruebas selectivas. A tal efecto, será necesario solicitud de la persona interesada en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: Nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta bancaria a donde ha de realizarse la transferencia bancaria de devolución. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del/de la interesado/a.

4. Comisión de Valoración.

4.1. La Comisión de Valoración de estas pruebas estará constituida por los/as siguientes miembros:

Miembros titulares:

Presidente:

Don Emilio Valenzuela Cárdenas. Funcionario de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.

Vocales:

Don Julio Ángel Olivares Merino. Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Jaén.

Doña Manuela Ortega Ruiz. Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Jaén.

Doña Alicia Barea Lara. Titulada de Grado Medio de la Universidad de Jaén.

Secretaria:

Doña M.ª del Carmen Higueras Herrador. Funcionaria de la Escala de Gestión de la Universidad de Jaén.

Miembros suplentes:

Presidente:

Don José Alejandro Castillo López. Funcionario de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.

Vocales:

Don Francisco Rosa Ruiz. Titulado Superior de Prensa e Información de la Universidad de Jaén.

Don Francisco Javier Luque Castillo. Profesor Ayudante Doctor de la Universidad de Jaén.

Doña Carmen Quesada Rodríguez. Titulada Superior de Prensa e Información de la Universidad de Jaén.

Secretario:

Don Pedro M. Pérez Serrano. Funcionario de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.

4.2. La Comisión de Valoración podrá nombrar miembros asesores, que actuarán con voz, pero sin voto.

4.3. Los/as miembros de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir y las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Valoración cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

4.4. Para la válida constitución de la Comisión de Valoración, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del/de la presidente/a y secretario/a y de la de la mitad, al menos, de sus miembros.

4.5. Previa convocatoria del/de la presidente/a de la Comisión de Valoración, se celebrará la sesión de constitución en el plazo mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación antes del inicio del proceso selectivo. En dicha sesión, la Comisión de Valoración acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso de selección.

4.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de Valoración tendrá su sede en el Servicio de Personal, edificio B-1, del Campus Las Lagunillas, de la Universidad de Jaén, teléfono 953 212 285.

4.7. En cualquier momento del proceso selectivo, si la Comisión de Valoración tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posea la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del/de la interesado/a, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Jaén.

5. Procedimiento de selección. Relación de aprobados/as. Presentación de documentos y posterior firma del contrato.

5.1. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso, con arreglo al baremo que figura como Anexo I de la presente convocatoria. Los méritos de las personas candidatas serán evaluados por la Comisión de Valoración, que valorará la calidad y pertinencia de los mismos respecto a las características de la plaza convocada. Se asignará la plaza al aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la valoración de los distintos apartados que conforman el baremo. En todo caso, para puntuar en el apartado de entrevista será necesario haber obtenido al menos 30 puntos en los apartados del baremo que figuran en el Anexo I de la presente convocatoria. Para la realización de la entrevista se citará personalmente a cada persona candidata con una antelación de, al menos, 48 horas, conteniendo dicha citación el lugar y hora de celebración de la entrevista. La no celebración de entrevistas con ningún/a aspirante, en los supuestos que ninguno de ellos hubiese alcanzado los 30 puntos antes señalados, no supondrá que el concurso deba quedar desierto. No obstante, el mismo podrá resolverse con la no adjudicación de la plaza cuando, a juicio de la Comisión de Valoración, los curriculums de las personas aspirantes no se adecuen mínimamente a las exigencias profesionales de la plaza.

5.2. Finalizado el procedimiento descrito en los párrafos anteriores, la Comisión de Valoración hará públicas, en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén, las listas con las puntuaciones correspondientes conforme al baremo establecido en el Anexo I y establecerá la relación definitiva de las personas aspirantes, por orden de puntuación.

5.3. Las personas aspirantes seleccionadas para su contratación como personal laboral temporal deberán presentar en el Servicio de Personal de esta Universidad los siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad acompañada del original para su comprobación.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos académicos.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que corresponda al/ a la interesado/a.

5.4. Quienes, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación no podrán ser contratados/as, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

5.5. Para la formalización del contrato, el Servicio de Personal se pondrá en contacto con la persona aspirante propuesta, a la dirección que figure en su instancia, indicándole el plazo para su presentación, que no podrá ser superior a diez días hábiles a contar desde la notificación, entendiéndose que renuncia a sus derechos en el caso de no presentarse a la firma del contrato en el referido plazo, salvo casos estimados de fuerza mayor. La duración del contrato será la que se relaciona en el Anexo II, siempre y cuando la persona que resulte adjudicataria cumpla con lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En cualquier caso, para la efectiva formalización del contrato será requisito imprescindible la resolución definitiva de concesión de la ayuda de la Fundación Española para la Ciencia y Tecnología para la realización de actividades del fomento de la cultura científica.

5.6. En el contrato que se suscriba se fijará un período de prueba de cuarenta y cinco días y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.

5.7. La Comisión de Selección podrá determinar la creación de una bolsa de trabajo, a efectos de posibles sustituciones, con las personas candidatas que no hayan resultado adjudicatarios/as del contrato. Asimismo, la citada comisión determinará la puntuación mínima a partir de la cual se formará parte de la misma, debiendo quedar ambas decisiones reflejadas en acta.

5.8. La documentación presentada por las personas candidatas podrá ser retirada en el Servicio de Personal por los/as interesados/as en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la adjudicación definitiva. Transcurrido este periodo de tiempo se procederá a la destrucción de la referida documentación.

6. Norma final.

6.1. Las personas aspirantes, por el hecho de participar en este concurso, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo, y a las decisiones que adopte la Comisión de Valoración, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. La Comisión de Valoración está facultada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en las bases, así como para su interpretación.

6.2. La convocatoria y sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de la Comisión de Valoración, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos y en la forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Jaén, 14 de julio de 2025.- El Rector, Nicolás Ruiz Reyes.

Muy importante:

La experiencia profesional del apartado 2 del baremo debe estar avalada necesariamente mediante:

- Informe de vida laboral.

- Copia de los contratos de trabajo o alta en autónomos.

- Informe del organismo correspondiente donde consten las funciones desempeñadas en la actividad laboral que se pretende alegar como mérito.

Todos los méritos y requisitos deberán ser justificados mediante la correspondiente documentación, debiendo aportar copia que los acredite. En caso contrario, no serán valorados por la Comisión de Valoración.

En caso de empate de las personas aspirantes se atenderá a la mayor puntuación obtenida en:

1. Apartado 1.1.a)

2. Apartado 1.2.

3. Apartado 2.1.

ANEXO II

Tipo de contrato laboral: Indefinido (duración del contrato vinculada a la existencia de subvención pública que permita el desarrollo de las actividades propias de este contrato).

Núm. de contratos: Uno.

Programa: Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027.

Entidad financiadora: FECYT (Fundación Española para la Ciencia y Tecnología), Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Centro de gasto: 01.01.01 ACC.

Cantidad mensual bruta a retribuir: 1.849,38 euros brutos/mes, que incorpora la parte proporcional de las pagas extraordinarias por todos los conceptos.

Horas semanales de dedicación: Tiempo completo, 35 horas semanales, con horario flexible, pudiendo prestar servicios en jornada de mañana y/o tarde.

Centro de trabajo: Unidad de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+I).

Duración del contrato prevista: 9 meses y medio. En todo caso, la duración del contrato estará vinculada a la duración del proyecto y a su disponibilidad presupuestaria.

Objeto del contrato y funciones:

Funciones.

La persona seleccionada tendrá como objetivo fundamental la colaboración en la Unidad de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+i) de la Universidad de Jaén, desarrollando las siguientes funciones:

- Apoyo en la gestión de la divulgación y la comunicación científica de la Universidad de Jaén.

- Apoyo en la gestión de los procesos administrativos, y de control económico de proyectos nacionales y europeos en materia de divulgación de la Ciencia.

- Apoyo en la gestión y control de las auditorías de estos programas.

- Apoyo en la puesta en marcha de todas las actividades que contempla el Plan de Divulgación Científica de la Universidad de Jaén.

- Apoyo en la coordinación y actualización de los sistemas de información web, redes sociales y aplicaciones informáticas de gestión de contenidos para la difusión de la Ciencia.

- Realizar cualesquiera otras funciones afines al puesto que le sean encomendadas.

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