Resolución de 18 de julio de 2025, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se establece la composición de la mesa de contratación de la Asociación de Universidades Públicas Andaluzas.
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En virtud de lo dispuesto en el artículo 318 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por el que se establece el régimen aplicable a los procedimientos de adjudicación en los poderes adjudicadores que no tienen la condición de Administración Pública, y de conformidad con lo previsto en el Título I del Libro II de la citada norma, en particular el artículo 326, relativo a la constitución y funciones de las Mesas de Contratación, esta Asociación, en su condición de poder adjudicador no Administración Pública, procederá a constituir una Mesa de Contratación con objeto de asistir al órgano de contratación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4.f) de los Estatutos de la Asociación, vigentes desde la comunicación de su inscripción con el número 9251 en el Registro de Asociaciones de Andalucía, corresponde al Presidente de la Asociación, don Francisco Oliva Blázquez nombrado en virtud del acta de 26 de junio de 2025, en su calidad de órgano de contratación, el nombramiento de los miembros de la mesa de contratación. Esta competencia se ejerce en el marco de lo establecido en el artículo 326.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
En razón de lo expuesto, este Presidente mediante la presente resolución viene a dar cumplimiento al mandato del legislador en este punto, estableciendo la composición de la mesa de contratación permanente de la Asociación Universidades Públicas Andaluzas, y precisando algunas reglas de su régimen de funcionamiento.
Primero.
Presidencia: Doña Concepción Martín Brenes, Gerente de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Suplencia: Doña Laura Rodríguez Luque, Vicegerente Económico y de Contratación.
Vocales:
Vocal primero: Don Baltasar Quintero Álvarez, Asesor jurídico de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Suplencia: Doña Rosa M.ª Fernández Retamosa, Asesora jurídica de la Universidad Pablo de Olavide.
Vocal segundo: Don José Antonio López Fernández, director del Área de Contratación de la Universidad de Granada. Suplencia: Don Manuel Alonso Prados Prados, Jefe de Servicio de Gerencia de la Universidad de Granada.
Vocal tercero: Don Antonio Luis Sánchez Suárez, Jefe del Servicio de Gestión de la Contratación Pública de la Universidad de Almería. Suplencia: Don José María Fernández Guerrero, Jefe de Sección del Servicio de la Gestión de la Contratación Pública de la Universidad de Almería.
Vocal cuarto: Un funcionario o funcionaria del Área de Auditoría y Control Interno de la Universidad Pablo de Olavide.
Vocal quinto-Secretario: Don Eusebio Moreno Alonso, Jefe de Unidad del Área de Contratación y Patrimonio. Suplencia: Doña María Soledad López Palacios, Jefa de Unidad del Área de Contratación y Patrimonio de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
Segundo. Funcionamiento.
1. La Mesa de Contratación tendrá como función asistir a la Presidencia de la Asociación de Universidades Andaluzas, como órgano de contratación conforme a la legislación de contratos del sector público.
2. Todos los miembros de la Mesa de Contratación tendrán voz y voto, excepto el Vocal Secretario y su suplente que tendrán solamente voz.
3. A las convocatorias, y a solicitud de la persona que ejerza la Presidencia de la mesa, podrán asistir los asesores especializados que resulten necesarios según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz, pero sin voto, tal y como preceptúa el art. 326.5 de la Ley de Contratos del Sector Público, último párrafo.
Tercero. Publicación y entrada en vigor.
Esta resolución entrará en vigor el día de la firma. Publíquese en el Perfil del Contratante y remítase para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 3 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículo 123 y siguiente de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 18 de julio de 2025.- El Rector, Francisco Oliva Blázquez.
Descargar PDFBOJA nº 143 de 28/07/2025