Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 04/08/2025

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 30 de julio de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se declara inhábil el período comprendido entre los días 11 de agosto a 24 de agosto de 2025, ambos inclusive, a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos de gestión propia de la Universidad.

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Dada la necesidad de optimizar los recursos públicos, así como el alcance de la jornada y horario de trabajo del Personal de Administración y Servicios, y con el objeto de favorecer el cumplimiento de los plazos establecidos en las normas que resulten de aplicación, este Rectorado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en uso de las competencias que le atribuyen la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y los Estatutos de la Universidad de Huelva, aprobados por Decreto 232/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 147 de 28, de julio de 2011), posteriormente modificados por Decreto 35/2018, de 6 de febrero (BOJA núm. 30, de 12 de febrero de 2018), ha resuelto declarar inhábil el período comprendido entre los días 11 de agosto a 24 de agosto de 2025, ambos inclusive, a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos propios de la Universidad de Huelva que afecten al ámbito de actividad de la misma, quedando interrumpidos los plazos durante dicho período, con excepción de los procedimientos abiertos en el Área de Contratación, cuyos plazos permanecerán activos durante el referido periodo.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Huelva, 30 de julio de 2025.- El Rector, José Rodríguez Quintero.

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