Resolución de 31 de julio de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la que se modifica la declaración de la Zona de Interés Artesanal de Los Pedroches (Córdoba).
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Examinada la documentación remitida por la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba para la revisión de la Zona de Interés Artesanal de Los Pedroches, al amparo de la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación, se han apreciado los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Orden de 8 de julio de 2013 (BOJA número 143, de 23 de julio de 2013) se declaró la Zona de Interés Artesanal de Los Pedroches, formada por 17 talleres.
Segundo. Mediante Resolución de la Dirección General de Comercio de 22 de marzo de 2023, se actualizó la relación de talleres de la Zona de Interés Artesanal de Los Pedroches, quedando integrada por 20 talleres.
Tercero. Con objeto de la revisión de la Zona de Interés Artesanal de Los Pedroches, la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, constata que los talleres de Rubén Luna Perea y Tránsito Portal Fernández se encuentran de baja y sin actividad, por lo que se emitieron Resoluciones de cancelación de la inscripción en el Registro de Artesanía de Andalucía de fechas 27 y 28 de marzo de 2025 respectivamente. Los talleres restantes cumplen con todos los requisitos establecidos en la Orden de 8 de septiembre de 2011 para permanecer en la Zona de Interés Artesanal.
Cuarto. La Delegación Territorial emite informe favorable, de fecha 9 de abril de 2025, estimando procedente la modificación, con las bajas mencionadas, de la declaración de la Zona de Interés Artesanal de Los Pedroches, que quedaría integrada por 18 talleres.
Quinto. Fue oída la Comisión de Artesanía de Andalucía manifestándose la misma favorablemente en su sesión celebrada el día 30 de junio de 2025, respecto a la baja de los talleres anteriormente mencionados de la Zona de Interés Artesanal de Los Pedroches.
Sexto. De las actuaciones realizadas se dio traslado con fecha 4 de julio de 2025 a la Asociación de Artesanos de Los Pedroches, sin que se hayan presentado alegaciones a la modificación de la Zona de Interés Artesanal de Los Pedroches en el plazo establecido al efecto.
Séptimo. Con fecha 31 de julio de 2025, el Servicio de Promoción Comercial y Artesana suscribe la propuesta por la que se modifica la declaración de la Zona de Interés Artesanal de Los Pedroches.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo es competente para conocer y resolver el presente procedimiento, a tenor de lo dispuesto en el artículo 58.1.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía; Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo; y en la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación.
Segundo. El artículo 4 de la Orden de 8 de septiembre de 2011 establece los requisitos para que un determinado territorio pueda ser declarado Zona de Interés Artesanal.
Tercero. En el artículo 14.2 de la Orden de 8 de septiembre de 2011, se señala que cuando de la comprobación se derive la constatación de alteraciones sobrevenidas que no sean sustanciales pero afecten a la ampliación o reducción del ámbito territorial, al número de talleres o locales afectados o a otras circunstancias contenidas en la declaración efectuada, la Delegación Provincial tramitará el procedimiento de modificación de la declaración de Zona o Punto de Interés Artesanal que, previa audiencia de las personas interesadas, y, una vez oída la Comisión de Artesanía de Andalucía, será resuelto por la Dirección General competente en materia de artesanía, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de artesanía.
Cuarto. En el artículo 4.a).3.º del Decreto 214/2006, de 5 de diciembre, por el que se regula la organización, composición y régimen de funcionamiento de la Comisión de Artesanía de Andalucía, modificado por el Decreto 163/2014. de 25 de noviembre, y de conformidad con el artículo 20 de la Ley 15/2005. de Artesanía de Andalucía, se establece que la Comisión será oída preceptivamente en el procedimiento para la declaración y modificación de Zonas y Puntos de Interés Artesanal.
Por cuanto antecede, teniendo en cuenta los hechos y fundamentos de derecho y demás normas de general y particular aplicación, a propuesta del Servicio de Promoción Comercial y Artesana, esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Declarar la baja en la Zona de Interés Artesanal de Los Pedroches de los talleres que a continuación se relacionan:
NÚM. | Denominación del Taller |
---|---|
1 | Tránsito Portal Fernández |
2 | Rubén Luna Perea |
Segundo. Comunicar a los talleres la obligación de retirar el distintivo identificativo de la pertenencia a la Zona de Interés Artesanal de Los Pedroches (Córdoba), que se exhibe en el exterior del mismo, de conformidad con el artículo 12.6 de la Orden de 8 de septiembre de 2011.
Tercero. Conforme a lo establecido en los puntos anteriores, la relación actualizada de los talleres incluidos en la Zona de Interés Artesanal de Los Pedroches es la que se detalla en el anexo a esta resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien ser impugnada directamente ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en aplicación de lo establecido en la disposición transitoria tercera de la misma, en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 31 de julio de 2025.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 8.9.2011, BOJA núm. 189, de 26.9.2011), la Directora General, Cecilia Ortiz Carrasco.
ANEXO
Zona de Interés Artesanal de Los Pedroches (Córdoba) | |||
---|---|---|---|
Número de talleres (18) |
Taller: Denominación/Titular | Domicilio | Oficio |
1 | ARTESANÍA DEL CUERO GÓMEZ, S.L. | C/ San Isidro, 8. El Viso, 14470 | Elaboración y reparación calzado |
2 | ARTESANÍA RAMÍREZ RUIZ, S.L. | Plaza del Cristo, 8. El Viso, 14470 | Marroquinería |
3 | BARTOLOMÉ BLANCA OROZCO (Blancapiel) | C/ Sol, 31. Villanueva de Córdoba, 14440 | Guarnicionería y Talabartería |
4 | COSMÉTICA DE LOS PEDROCHES, S.C.A. | C/ Ronda de los Muñoces, 45, bj. Pozoblanco, 14440 | Elaboración de jabones |
5 | EDUARDO RUIZ PEÑAS | Políg. Ind. Molino del Viento, 8. Hinojosa del Duque, 14270 |
Talla de piedra y mármol |
6 | FRANCISCO JAVIER SÁNCHEZ GÓMEZ | C/ Isaac Peral, 16 Hinojosa del Duque, 14270 | Carpintería |
7 | JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ CALERO | Políg. Ind. El Cajilón, 7. Áñora, 14450 | Carpintería |
8 | JOSÉ GÓMEZ RUIZ DE VIANA | Avda. Corchaito, s/n. El Viso, 14470 | Forja y Herrería |
9 | JUAN LUIS LÓPEZ VACAS. | C/ San Gregorio, 50. Villanueva de Córdoba, 14440 | Carpintería |
10 | LUIS MIGUEL MORALES ARELLANO | Polig. La Dehesa, 59. Hinojosa del Duque, 14270 | Forja y Herrería |
11 | MANUEL RAMÍREZ RAMÍREZ | Avda. García Lorca, 15. Villaralto, 14490 | Talla de piedra y mármol |
12 | MANUEL RUIZ DE VIANA RODRÍGUEZ | Políg. Romero de Torres, Nave 5. Hinojosa del Duque, 14270 | Forja y Herrería |
13 | MARÍA DOLORES FERNÁNDEZ MUÑOZ (Barnizados Lola) | Políg. Cuesta La Emiliana, s/n. Pozoblanco, 14400 | Barnizado |
14 | MIGUEL ÁNGEL LINARES LÓPEZ | Avda. Villanueva de Córdoba, 15. Pozoblanco. 14400 | Forja y Herrería |
15 | PEDRO SÁNCHEZ LÓPEZ | Políg. La Dehesa Boyal, Calle 3, parcela 8, pta. 1 (Nave Nido). Pozoblanco, 14400 | Talla de Madera |
16 | PULIDOS Y ARTIFICIALES GIL, S.C.A. | Políg. Ind. La Dehesa, C/ Romero Bolliqui, 57. Hinojosa del Duque, 14270 | Cantería |
17 | SANTIAGO VALVERDE LÓPEZ | Carretera Almadén. Paraje de Santa Quitería, s/n. Santa Eufemia, 14491 |
Ebanistería |
18 | TALLERES METÁLICOS SANFER, S.L. | C/ Miguel Gallo, 43. Cardeña, 14445 | Cerrajería |
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BOJA nº 150 de 06/08/2025