Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 06/08/2025

1. Disposiciones generales

Universidades

Extracto de la Resolución Rectoral 25/2025 de 24 de julio, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan Ayudas para estudiantes ganadores de Olimpiadas Académicas en 2025, matriculados en la Universidad de Huelva en el curso 2025/2026.

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De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/849201).

Primero. Convocatoria.

El objeto de esta convocatoria es premiar a los primeros clasificados en las Olimpíadas Académicas del año en curso en Matemáticas, Física, Química, Geología, Economía, Ciencias Ambientales, o Ingeniería Agroalimentaria y Forestal y cualesquiera otras que tengan relación académica directa con la titulación matriculada en la Universidad de Huelva. Para ello, se convocan 5 Ayudas al estudio de 700 euros.

En aquellas Olimpiadas en las que no existan fases provinciales, se tendrán en cuenta las fases autonómicas con clasificación hasta el 5º puesto, y se priorizarán a partir de lo dispuesto en el apartado 11.2 de esta convocatoria.

Requisitos de los solicitantes y acreditación.

- Haber quedado clasificados en alguno de los tres primeros puestos de las fases provinciales en las Olimpiadas Académicas directamente relacionadas con la titulación matriculada en la Universidad de Huelva, en el curso académico inmediatamente posterior al que se gana el premio. En aquellas Olimpiadas en las que no existan fases provinciales, se tendrán en cuenta las fases autonómicas con clasificación hasta el 5.º puesto.

- Ser alumno oficial en el curso 2025-26 en la Universidad de Huelva.

Segundo. Bases reguladoras.

Esta convocatoria se rige por la Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas y ayudas al alumnado de grado y máster de la Universidad de Huelva.

Tercero. Financiación.

La partida presupuestaria del Servicio de Gestión Académica destinada al abono de esta ayuda será: Centro de gasto 800004 - programa 321A – clasificación económica 480.99: 3.500 euros.

En aplicación del artículo 58 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se establece la posibilidad de incorporar una cuantía adicional con cargo al importe consignado en la Unidad de Gasto 800004, del Servicio de Gestión Académica.

Cuarto. Personas beneficiarias.

Estudiantes que han destacado durante sus estudios preuniversitarios, y han iniciado sus estudios en nuestra Universidad.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará desde el día de publicación en el BOJA, hasta el 15 de noviembre de 2025. No obstante, en circunstancias especiales, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria, se podrán atender solicitudes presentadas fuera de este plazo, aunque la concesión de dichas ayudas no tendrá en ningún caso carácter retroactivo.

Las personas que deseen participar en esta convocatoria deberán presentar la correspondiente solicitud, dirigida al Vicerrectorado de Estudiantes, junto a la documentación requerida en el apartado 9, a través del Registro General presencial o electrónico de la Universidad de Huelva o en cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El Rector, José Rodríguez Quintero. Huelva, 31 de julio de 2025.

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