Resolución de 20 de agosto de 2025, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se aprueba el desarrollo de las líneas estratégicas de formación del profesorado establecidas en el III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la elaboración de los proyectos de formación para el curso 2025/2026.
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El Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, establece en su artículo 16.1 que el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado constituye el documento que establece las líneas estratégicas de actuación en materia de formación del profesorado, de acuerdo con los intereses y prioridades educativas de cada momento. En este sentido, el III Plan Andaluz de Formación del Profesorado, aprobado por Orden de 31 de julio de 2014, con carácter plurianual, determina dichas líneas estratégicas.
Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en su artículo 11.3, explicita como funciones que corresponden a la persona titular de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, la elaboración de las orientaciones generales del Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la coordinación de todas sus estructuras.
Asimismo, el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, en su artículo 16.5 establece que la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado determinará por Resolución el desarrollo de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado para cada curso escolar.
Dicho decreto establece, por otra parte, que anualmente, los Centros del Profesorado concretarán en su Proyecto de Formación las actuaciones derivadas del desarrollo de las líneas estratégicas de dicho Plan y de las necesidades formativas de los planes de formación del profesorado de los centros docentes de su zona de actuación. Las acciones formativas se basarán preferentemente en el análisis, la reflexión y la mejora de la práctica docente y de la organización de los centros a través de metodologías, de investigación y acción con implicación directa de todos los participantes en ellas, y serán los centros y las aulas principalmente los ámbitos ordinarios para el desarrollo de las actividades de formación permanente.
Para el curso académico 2025/2026, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional va a fijar las prioridades formativas del profesorado en aquellos aspectos nucleares de los procesos de enseñanza y aprendizaje que garanticen en el alumnado andaluz la adquisición de los aprendizajes imprescindibles generadores de conocimiento centrando el foco en la formación de la didáctica de las matemáticas, de la competencia lectora, de la lengua castellana y la literatura y de las lenguas extranjeras, de las ciencias sociales y humanas y del ámbito científico y tecnológico. Además, cobrará igualmente especial transcendencia y prioridad acompañar al profesorado en la adecuación del proceso de enseñanza aprendizaje bajo el enfoque de prácticas reales de éxito en atención a la diversidad.
En su virtud, esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Objeto.
La formación del profesorado andaluz se transformará en un motor de vanguardia para la evolución de la competencia profesional docente y directiva durante el curso escolar 2025/2026, persiguiendo las siguientes finalidades estratégicas:
a) Fomentar en el profesorado metodologías educativas innovadoras que contribuyan directamente a la mejora de los resultados académicos y a la promoción de una educación de calidad y equitativa para todo el alumnado de los centros sostenidos con fondos públicos.
b) Priorizar la formación en estrategias pedagógicas centradas en la optimización de los procesos de enseñanza y desarrollo de las competencias clave.
c) Proporcionar herramientas que permitan al profesorado gestionar eficazmente la diversidad del alumnado en el aula y atender a sus diferentes ritmos de aprendizaje, así como fortalecer la coordinación docente, la acción tutorial y la orientación educativa, académica y profesional.
d) Impulsar el ejercicio de la función directiva y la coordinación docente en los centros educativos, reconociendo su papel crucial en la dinamización y mejora continua del Proyecto Educativo de Centro.
e) Capacitar al profesorado en el uso pedagógico y didáctico de las tecnologías de la información y la comunicación como un medio para potenciar la generación de conocimiento significativo y relevante en el alumnado, así como mejorar las experiencias de aprendizaje, automatizar tareas rutinarias y abrir nuevas vías para la participación de los estudiantes y la creación de conocimiento con el uso responsable y eficaz de las nuevas tecnologías.
Segundo. Aprobar el desarrollo de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación del Profesorado para el curso 2025/2026.
Los centros del profesorado para la elaboración del Proyecto de Formación del curso 2025/2026, además de dar continuidad a las líneas iniciadas en los anteriores cursos escolares, tendrán fundamentalmente en cuenta la concreción de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación del Profesorado.
Tercero. Líneas estratégicas.
Línea I. La formación del profesorado vinculada a la mejora de las prácticas educativas, al rendimiento y el éxito educativo de todo el alumnado.
1. La organización del currículo basado en las competencias, especialmente en la competencia en comunicación lingüística, potenciando la competencia lectora y en la competencia matemática.
• Asesoramiento sobre la estructura, características y elementos fundamentales para el desarrollo de las competencias clave, su conocimiento, evaluación y metodología, especialmente en la competencia en comunicación lingüística, potenciando la competencia lectora y en la competencia matemática.
• Profundización en la evaluación de competencias a través del desempeño, mostrando herramientas y recursos que ayuden a la mejora del proceso de enseñanza-aprendizaje, especialmente en la competencia en comunicación lingüística, potenciando la competencia lectora y en la competencia matemática.
2. Escuela inclusiva para la igualdad y la equidad: Atención a la diversidad, convivencia e igualdad.
• Acompañamiento al profesorado en la adecuación del proceso de enseñanza-aprendizaje bajo el enfoque de prácticas reales de éxito en atención a la diversidad.
• Promoción de las prácticas docentes inclusivas, especialmente al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo, posibilitando el desarrollo de metodologías de trabajo colaborativo.
• Desarrollo de estrategias eficaces con enfoque preventivo, estableciendo la mediación como herramienta fundamental para la resolución de conflictos así como la participación de todos los miembros de la comunidad educativa.
• Apoyo de las técnicas de desarrollo personal, gestión de las emociones y habilidades comunicativas y de relación orientadas a generar expectativas positivas en el alumnado.
• Fomento de las prácticas innovadoras en la orientación educativa.
• Impulso a las actuaciones educativas de éxito y estrategias de intervención basadas en el aprendizaje dialógico para la efectiva inclusión social y laboral del alumnado más vulnerable en la sociedad del conocimiento.
• Desarrollo de las competencias necesarias para la promoción de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, con especial atención al fomento de las vocaciones científico-tecnológicas entre el alumnado femenino y el desarrollo de actitudes para la prevención de la violencia de género, la prevención del acoso y del ciberacoso.
• La atención educativa al alumnado por situaciones derivadas de procesos de hospitalización o convalecencia domiciliaria. Teniendo en cuenta lo establecido en las Instrucciones de 28 de junio de 2024, por las que se regula la organización y el funcionamiento de las Aulas Hospitalarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
• Difusión y aplicación de nuevos protocolos de atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
3. Escuela de la sociedad del conocimiento.
• Asesoramiento para el desarrollo de la competencia digital del profesorado acorde al Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente (MRCDD).
• Asesoramiento para el desarrollo de la competencia digital de centros basadas en el Marco Europeo para Organizaciones Educativas Digitalmente Competentes (DigCompOrg).
• Apoyo al uso del sistema de información Séneca para el seguimiento y evaluación del alumnado.
• Asesoramiento para el desarrollo de la competencia global acorde al Marco de Competencia Global de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
• Estrategias que desarrollen liderazgo efectivo para el éxito de la enseñanza bilingüe.
• Apoyo a la elaboración y desarrollo del Currículum Integrado de las Lenguas y actualización lingüística y metodológica para el Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lenguas Extranjeras (AICLE).
• Difusión y asesoramiento para la participación en programas europeos y otras oportunidades para la internacionalización de la educación, acompañamiento a los centros para la formación de consorcio de centros como impulso a la dimensión europea dentro del programa Erasmus+.
4. Planes de mejora y de formación de los centros educativos.
• Impulso de las acciones formativas dirigidas a consolidar en los centros educativos los procesos cíclicos de mejora continua para que sean recogidos en el Plan de Formación, con la participación y colaboración de los inspectores de referencia de los centros, para ayudar en la selección de las acciones formativas esenciales y prioritarias de los centros.
• Apoyo a los centros educativos en los procesos de transformación de su proyecto educativo de centro (PEC) para la mejora del aprendizaje, a través del impulso y consolidación de actuaciones innovadoras que ayuden a hacer frente a los retos y necesidades de la sociedad actual.
• Apoyo a los centros educativos en los procesos de autoformación encaminados a la mejora continua con especial atención al desarrollo de la competencia digital docente. Con la participación y colaboración de los inspectores de referencia de los centros, para ayudar en la selección de las acciones formativas esenciales y prioritarias de los centros.
Línea II. La formación del profesorado como factor clave para el perfeccionamiento continuo y la capacitación profesional docente.
1. Desarrollo profesional adecuado al rol profesional: competencias comunes y competencias específicas.
• Estrategias que desarrollen el nivel de competencia digital del profesorado acorde al modelo de progresión establecido en el Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente (DigCompEdu).
• Apoyo a la función directiva en sus primeros años de ejercicio.
• Capacitación y actualización de los responsables de la dirección y de los miembros de los equipos directivos.
• Actualización de las competencias para el ejercicio de la función directiva en la gestión del procedimiento de escolarización, ciberseguridad y protección de datos de los centros educativos.
• Actualización de las competencias para el ejercicio de la función inspectora acorde a las líneas prioritarias.
• Actualización de las competencias para el ejercicio de la función asesora acorde a las líneas prioritarias, con especial atención al nuevo Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente y sus implicaciones en las actividades formativas.
• Acompañamiento al profesorado en la adecuación del proceso de enseñanza-aprendizaje.
• Asesoramiento en pedagogías innovadoras para la atención del alumnado de 0 a 3 años, teniendo en cuenta de forma especial al alumnado que recibe Atención Temprana.
• Desarrollo de competencias profesionales que propicien una respuesta educativa adaptada al alumnado con necesidades educativas de apoyo educativo y adecuada al alumnado vulnerable.
2. Desarrollo profesional a lo largo de toda la vida profesional: formación inicial, profesorado novel, formación permanente:
• Desarrollo de las competencias profesionales del profesorado funcionario en prácticas.
• Desarrollo de las competencias profesionales de las asesorías y las direcciones de los Centros del Profesorado noveles.
• Desarrollo de las competencias profesionales del profesorado centrando especialmente la atención en la formación de la didáctica de las matemáticas, de la competencia lectora, de la lengua castellana y la literatura y de las lenguas extranjeras, de las ciencias sociales y humanas y del ámbito científico y tecnológico.
Línea III. La formación del profesorado como impulsora del conocimiento compartido y producido en los centros educativos, la investigación y la innovación educativa y las buenas prácticas.
1. Investigación e innovación educativa.
• Implementación de la formación orientada al desarrollo de las competencias relacionadas con el pensamiento computacional y la programación, de acuerdo con el Programa Código Escuela 4.0.
• Apoyo y asesoramiento en los planes y programas de los centros que impulsen la transformación y mejora de sus proyectos educativos de centro.
• Apoyo a los planes y proyectos de trabajo de los Planes y Programas.
• Fomento de metodologías activas orientadas a la metacognición y transferencia del aprendizaje, que garanticen la accesibilidad universal al conocimiento y las redes de colaboración para la mejora de la profesionalización docente.
• Difusión y reconocimiento de prácticas docentes de éxito como modelos de referencia, gestionando la colaboración de centros con dichas prácticas de éxito haciendo hincapié en la atención a la diversidad, coeducación y prevención de violencia de género.
2. Metodologías de trabajo investigador y colaborativo en el aula y centro.
• Fomento de nuevas herramientas digitales para la elaboración de recursos educativos abiertos.
• Difusión y desarrollo de la investigación educativa en el aula.
• Difusión y asesoramiento para la participación en planes y programas de los centros que impulsen la transformación y mejora de sus proyectos educativos de centro.
• Difusión y asesoramiento para la participación en convocatorias para el desarrollo de proyectos de investigación, innovación y elaboración de materiales curriculares.
• Capacitación del profesorado para, a través de la investigación y el análisis de las prácticas docentes, detectar cuáles mejoran el éxito educativo.
Línea IV. La formación del profesorado como apoyo en la progresiva transformación de los centros educativos en entornos colaborativos de aprendizaje y formación en los que participan todos los miembros de la comunidad educativa.
1. La participación de toda la comunidad para la mejora de los rendimientos escolares y la gestión del centro.
• Fomento de proyectos Comunidad de Aprendizaje que potencien el diálogo igualitario y la interacción con la comunidad educativa para el incremento del éxito escolar y la mejora de la convivencia.
• Apoyo en la elaboración y participación de proyectos Aprendizaje-Servicio que impulsen el emprendimiento social y la creación de entornos solidarios.
2. La atención a los centros con entornos de aprendizaje específicos (compensación, zona de transformación social, rural, hospitalarios, centros específicos de EE, etc.):
• Fomento de estrategias y metodologías que permitan atender al alumnado que presenta necesidades de apoyo educativo en entornos específicos.
• Impulso de actuaciones y de estrategias que faciliten la colaboración de los profesionales de la orientación para realizar el seguimiento del alumnado vulnerable.
Línea V. La formación del profesorado de formación profesional, enseñanzas artísticas y de idiomas y educación permanente como herramienta para conectar la educación con la realidad productiva y el empleo.
1. La Formación Profesional.
• Formación orientada a reforzar las competencias transversales del profesorado, e impulsar una capacitación específica en digitalización y sostenibilidad, promoviendo una enseñanza conectada con los avances tecnológicos, la transición ecológica y las transformaciones del mercado laboral y de los sectores productivos.
• Mejora de las competencias del profesorado de Formación Profesional, especialmente en aquellas familias profesionales consideradas estratégicas para el desarrollo económico y social, como pueden ser las vinculadas al ámbito industrial, energético, sanitario, digital, agrario y de servicios, entre otras, promoviendo una actualización continua acorde a la evolución de sus respectivos sectores.
• Mejora de las competencias profesionales necesarias para impartir cursos de especialización.
• Impulso del conocimiento del sistema y procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales.
• Formación para la mejora de la colaboración y coordinación con empresas, tanto para la Formación en Centros de Trabajo como para Formación Profesional DUAL.
• Impulso, asesoramiento y colaboración con los centros docentes en el desarrollo de redes de colaboración y trabajo entre centros educativos, universidades y empresas para generar proyectos conjuntos de innovación, investigación o/y de actuación en las aulas que incidan en una mejora de la calidad de la enseñanza.
• Asesoramiento en relación al nuevo marco normativo que implanta el R.D. 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, así como en su aplicación según la normativa autonómica de Andalucía, así como en la normativa que se derive para la implementación de las diferentes actuaciones en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
• Capacitación del profesorado de Formación Profesional en metodologías activas de enseñanza-aprendizaje, aplicadas a las diferentes familias profesionales, incluida la impartición de segunda lenguas.
• Fomentar la orientación profesional, con estrategias y herramientas para guiar al alumnado en su carrera profesional.
• Reforzar las competencias profesionales del profesorado de Formación Profesional a través de estancias formativas en empresas, instituciones u otras organizaciones.
2. Las Enseñanzas Artísticas.
• Difusión de buenas prácticas en relación al marco normativo de los programas europeos de intercambio y movilidad en los centros de educación artística superior, así como buenas prácticas docentes en el ámbito de las enseñanzas artísticas superiores.
3. Las Enseñanzas de Idiomas.
• Fomento de estrategias innovadoras adaptadas a los distintos niveles para la enseñanza de idiomas. Con especial atención a la prevención del abandono, y a la motivación del alumnado que cursa estas enseñanzas.
4. La Educación Permanente.
• Fomento de estrategias que impulsen y apoyen las modalidades no presenciales.
• Desarrollo de actuaciones para la cualificación de los docentes que desarrollen sus funciones en las modalidades no presenciales, ayudando con ello al alumnado a trabajar con ellas siguiendo lo establecido en el Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente.
Cuarto. Proyecto de formación de los centros del profesorado.
1. El equipo técnico de formación de cada centro del profesorado, coordinado por el equipo directivo del centro, elaborará el Proyecto de formación atendiendo a lo recogido en esta Resolución, con la colaboración de los órganos y personas responsables de la formación en los centros educativos, así como de la inspección educativa.
2. El Proyecto de formación contemplará el conjunto de medidas y actuaciones previstas, incluyendo objetivos específicos para la mejora del rendimiento educativo, protocolos adoptados para el diagnóstico de necesidades, seguimiento de la formación, así como los criterios pedagógicos y organizativos para la asignación a los centros de la asesoría de referencia.
3. Las asesorías de referencia en colaboración con la inspección educativa de referencia de los centros docentes, colaborarán con los centros y servicios educativos en la elaboración de su plan de formación, que deberá estar vinculado a los procesos de autoevaluación y mejora e incluirse en su proyecto educativo o plan de actuación.
4. El centro del profesorado determinará el procedimiento de colaboración con los centros docentes a lo largo del curso, sistematizando el proceso de detección de necesidades a fin de concretar en su Proyecto de formación actuaciones que respondan a las demandas realizadas.
5. Se priorizarán las acciones formativas a través de las modalidades de formación en centro, grupos de trabajo y autoformación, que se consideren las más adecuadas para responder a las necesidades formativas del profesorado involucrado en procesos de cambio y mejora de los resultados del aula, centro o servicio educativo.
Quinto. Concreción anual del Proyecto de formación del centro del profesorado.
La concreción anual del Proyecto de formación se realizará de acuerdo con la estructura y los objetivos previstos en el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, y en ella se concretarán en la aplicación Séneca los siguientes elementos:
1. Diagnóstico de las necesidades formativas detectadas de carácter general o vinculadas a colectivos profesionales específicos y a centros educativos de su ámbito de actuación, a partir de las propuestas de mejora derivadas de la memoria de autoevaluación.
2. Principales objetivos que han de alcanzarse teniendo en cuenta las líneas prioritarias de la Consejería recogidas en esta resolución, y las demandas derivadas del diagnóstico de necesidades de los centros.
3. Líneas de actuación del centro del profesorado derivadas de las necesidades formativas de los centros docentes, de la concreción anual de las líneas estratégicas del III Plan de Formación y de las propuestas de mejora obtenidas de la memoria de autoevaluación.
4. Acciones formativas previstas que den respuesta a las propuestas de mejora, al diagnóstico y a las líneas estratégicas.
5. Protocolos para el seguimiento y la evaluación de las acciones formativas previstas (indicadores, procedimientos, temporalización).
6. Evaluación del cumplimiento de los objetivos previstos, de la organización, funcionamiento y gestión del centro, detallando los indicadores y procedimientos de evaluación.
7. Las acciones formativas recogidas en la línea estratégica I, apartados 1, 2 y 3, en la línea estratégica II apartado 1, y en la línea estratégica III apartado 1 tendrán carácter prioritario para todos los Centros del profesorado a la hora de confeccionar y diseñar sus Planes de formación para el curso 2025/2026.
Sexto. Aprobación y difusión del Proyecto de formación.
1. El Proyecto de formación deberá cumplimentarse en el sistema de información Séneca y ser aprobado por el Consejo de Centro antes del 30 de noviembre de 2025. Una vez aprobado se dará a conocer a los centros del ámbito de actuación del Centro del Profesorado correspondiente. Para ello, se utilizará preferentemente la página web del Centro del Profesorado.
2. El equipo provincial de formación coordinará las actuaciones previstas en los proyectos de formación de los centros del profesorado de cada provincia.
Séptimo. Efectos.
La presente resolución producirá efectos desde el día 1 de septiembre de 2025.
Sevilla, 20 de agosto de 2025.- La Directora General, María Estela Villalba Valdayo.
Descargar PDFBOJA nº 167 de 01/09/2025