Resolución de fecha 1 de septiembre de 2025, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se anuncia la constitución del sindicato denominado Sindicato de Repartidores Unidos Delivery y Mensajería, en siglas SRUDM.
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Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por doña Tanya Paulova Lara Barreto, mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2025/002658.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 20.8.2025 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 26.8.2025.
Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por doña Audra Zoraida Fuenmayor Barrios, don Nasr Eddine Mokhtari, doña Dellerlyn Alexaida Echeverria Páez, doña Yeisimar Nazareth Pérez Suárez, doña Tanya Paulova Lara Barreto, don José Alfonso Pepe Mansilla, don Roger Alberto Jiménez Arvelo, doña Camila Benitez Muñoz y don Juan David Ramos Rodríguez, todos ellos en calidad de promotores.
Se indica que el domicilio de la organización se fija en la calle Alfonso XII, núm. 9, piso 1-A, Vélez-Málaga, C.P. 29700 (Málaga), su ámbito territorial es regional y el funcional es el establecido en el preámbulo de sus estatutos.
En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2.g) de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General, acuerda:
- Admitir el depósito de la constitución del sindicato denominado Sindicato de Repartidores Unidos Delivery y Mensajería, en siglas SRUDM, con número de depósito 71100295.
- Ordenar la publicación de esta resolución en BOJA, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada, conforme dispone el art. 13, último párrafo del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
La presente resolución, pone fin a la vía administrativa; frente a ella puede interponerse recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes ante el titular de la Secretaría General del CARL; o conforme a lo dispuesto en el art. 15 del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, ser impugnada directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11 de octubre de 2011).
Sevilla, 1 de septiembre de 2025.- El Secretario General, Eduardo Fernando Candau Camacho.
Descargar PDFBOJA nº 170 de 04/09/2025