Corrección de errores de la Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la declaración de dos zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz) (BOJA núm. 145, de 30 de julio de 2025).
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Advertido error en la Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la declaración de dos zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz) (BOJA núm. 145, de 30 de julio de 2025), se procede a efectuar la oportuna rectificación en los términos que a continuación se exponen:
Página 10607/1.
Donde dice:
«En virtud de lo establecido en el artículo 10 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, se inserta a continuación la Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se declaran dos zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Motril (Granada).»
Debe decir:
«En virtud de lo establecido en el artículo 10 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, se inserta a continuación la Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se declaran dos zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz).»
Descargar PDFBOJA nº 172 de 08/09/2025