Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 03/10/2025

2. Autoridades y personal

2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Corrección de errores de la Orden de 11 de septiembre de 2025, por la que se aprueba el expediente del proceso selectivo correspondiente al concurso de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación convocado por Orden de 29 de noviembre de 2023, de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, así como la lista del personal que ha superado dicho proceso selectivo.

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Advertido error material en la orden arriba referenciada publicada en el BOJA número 180, de 18.9.2025, y en aplicación de lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede su corrección en los siguientes términos.

En la página 12221/1, donde dice:

Tercero. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Educación y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 112, 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Debe decir:

Tercero. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 112, 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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