Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 03/10/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Deporte

Orden de 23 de septiembre de 2025, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de un bien de carácter artístico ofrecido por don José María Delgado Gil-Bermejo.

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Don José María Delgado Gil-Bermejo, en su propio nombre, ha ofertado la donación un bien de carácter artístico, relacionado en el anexo. Conocido en el mundo del arte como José María Bermejo (Olivares, Sevilla, 1952), es una figura destacada de la pintura andaluza de las últimas décadas. Su pasión por la pintura comenzó desde niño, y desde entonces ha sido su vía de comunicarse con el mundo. En un primer momento, una vez consolidado como profesional de la pintura, realizó obras cercanas a la poesía visual, donde incluso la grafía de las palabras tomaba cuerpo en sus realizaciones. Posteriormente se adentró en los códigos del expresionismo, incluso figurativo, desplegando un repertorio iconográfico descrito con trazos impetuosos y muy empastados. El estilo consolidado de Bermejo hoy día es el de la abstracción geométrica, pero con un lenguaje muy personal, donde los cuadros vienen a establecerse como tramas de líneas que conforman polígonos; aunque también están presentes los círculos y arcos. Su obra se define por el orden cromático, esto es, una pintura geométrica sólidamente estructurada.

La colección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo cuenta con obras de este autor, donde pueden apreciarse las etapas descritas anteriormente a través de pinturas, grabados y dibujos. Esta donación servirá para reforzar su presencia a través de una pieza excepcional dentro de su producción, hasta ahora, en depósito regular en esta institución.

La Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo informó el 21 de julio de 2025 sobre el interés de los bienes ofrecidos en donación, proponiendo su aceptación. Así mismo, la Comisión Técnica del Centro informó favorablemente el ingreso de estas obras en su reunión del 2 de abril de 2025.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. El artículo 68.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de cultura, que comprende la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico y monumental y de los centros de depósito cultural de Andalucía, y la proyección internacional de la cultura andaluza. Asimismo, el apartado 3.1.º y 2.º del mismo artículo atribuye la competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución, así como sobre los archivos, museos, bibliotecas y demás colecciones de naturaleza análoga que no sean de titularidad estatal.

Segundo. El Decreto 169/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Deporte, dispone en su artículo 1.1 que le corresponde la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de cultura y deporte, atribuyéndose a la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales la tutela, promoción y difusión, con fines de investigación, educación, disfrute y promoción científica y cultural, de los museos, espacios culturales, colecciones museográficas y enclaves competencia de la Comunidad Autónoma, y la tutela y gestión, de acuerdo con la normativa aplicable, de los museos de titularidad estatal, con arreglo al artículo 9.2 del citado decreto. Y a tenor del artículo 5, dicha dirección general depende directamente de la Secretaría General de Innovación Cultural y Museos, y a través de la misma queda adscrito a la Consejería de Cultura y Deporte el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo.

Tercero. El artículo 87.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, faculta en su artículo 87.1 a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz. El artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la persona titular de la Consejería competente en materia de cultura, la competencia para aceptar estas donaciones de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz.

Cuarto. El artículo 101, apartados 1 y 2, del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero, establece que las personas propietarias que pretendan donar bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz a la Junta de Andalucía, se dirigirán por escrito a la Consejería de Cultura y Deporte, describiendo los bienes objeto de la donación y aportando cuantos datos estimen pertinentes. La Consejería de Cultura y Deporte , una vez estimado el valor cultural de los bienes, podrá aceptar la donación siempre que se trate de bienes muebles y se cumpla lo establecido en los párrafos segundo y tercero del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo.

Por su parte, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone en su artículo 2 que el Patrimonio Histórico Andaluz se compone de todos los bienes de la cultura, materiales e inmateriales, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés artístico, histórico o documental para la Comunidad Autónoma, y en el artículo 42.1 que forman parte del Patrimonio Histórico Andaluz los bienes muebles de relevancia cultural para Andalucía que se encuentren establemente en territorio andaluz.

Quinto. El artículo 15.e) de los Estatutos del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, aprobados por Decreto 68/2018, de 20 de marzo, determina que corresponde a la Comisión Técnica, informar y valorar las propuestas de incremento de los fondos artísticos del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, en cuyo caso no será necesario solicitar la valoración de la Comisión Andaluza de Bienes Muebles prevista en el artículo 19.c) del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, informe que fue emitido en sentido favorable el día 31 de mayo de 2023.

Por lo expuesto, visto el informe de la Comisión Técnica y la propuesta de la Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo citados,

RESUELVO

Primero. Aceptar la donación del bien del Patrimonio Histórico ofertado por don José María Delgado Gil-Bermejo, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyas características se relaciona en el anexo.

Segundo. Adscribir y depositar el bien relacionado en el anexo en el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, el cual pasará a formar parte de la Colección Museística de Andalucía y de los fondos artísticos que comprenden la colección estable del centro.

Tercero. Ordenar que, por la persona titular de la dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, se levante acta de recepción definitiva, mencionando la presente orden de aceptación de la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 23 de septiembre de 2025

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte

ANEXO

Autoría Título Año Dimensiones Técnica
José M.ª Bermejo Continúa pintura continua 2010 270 x 260 cm c/u cm Acrílico sobre loneta

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