Resolución de 26 de septiembre de 2025, de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., por la que se convoca proceso de selección para cubrir con carácter indefinido el puesto de trabajo de Profesor/a Tutor/a.
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La Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., se crea por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 27 de julio de 2010 (BOJA núm. 159, de 13 de agosto de 2010), mediante la fusión de las entidades «Turismo Andaluz, S.A.» y «Empresa Pública Deporte Andaluz, S.A.», quedando inscrita en el Registro Mercantil con fecha 21 de diciembre de 2010. La sociedad fija su domicilio en Málaga, antiguo Posada de San Rafael, calle Compañía, número 40.
Es una sociedad mercantil del sector público andaluz, de las contempladas en el artículo 5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo) y artículo 75 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía; la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., está adscrita orgánicamente y funcionalmente a la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior, y funcionalmente, en el ámbito del deporte, a la Consejería de Cultura y Deporte, según lo establecido en el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y en los Decretos 166/2024 y 169/2024, ambos de 26 de agosto, por los que se establecen las estructuras orgánicas de las mencionadas Consejerías.
Por Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2024 (BOJA número 240, jueves, 12 de diciembre de 2024).
De conformidad con la referida resolución, la Oferta de Empleo Público para el año 2024 contiene las necesidades de recursos humanos que no puedan ser cubiertas, en su caso, con los efectivos de personal existentes y que deben proveerse mediante personal de nuevo ingreso, de acuerdo con los grupos y categorías profesionales de personal laboral, que figuran en su Anexo I.
La articulación de los correspondientes procesos selectivos garantizará el cumplimiento del artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, el cual establece que todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de conformidad con lo previsto en dicho Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico y, en particular, en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, por lo que las correspondientes convocatorias serán objeto de publicación en medios oficiales y en el Portal de la Junta de Andalucía, según lo establecido en el artículo 10.1.k) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
De entre las plazas previstas en el Anexo I de la Resolución de 4 de diciembre de 2024, se encuentra:
| Grupo | Categoría | Convenio Colectivo | Núm. de puestos |
|---|---|---|---|
| 1 | Profesor/a Tutor/a | I Convenio Colectivo de Infraestructuras Turísticas de Andalucía | 1 |
Vista la normativa de aplicación, y conforme a las competencias atribuidas a esta Dirección Gerencia,
RESUELVO
Primero. Convocar el proceso de selección para cubrir, con carácter indefinido, el puesto de trabajo de Profesor/a Tutor/a de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A.
Segundo. Aprobar las bases de la convocatoria que son las contenidas en el anexo de esta resolución. Contra esta resolución se podrá interponer, en el plazo de un año, demanda ante el Juzgado de lo Social conforme al artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, sin perjuicio de cuantas otras acciones se estime oportuno deducir.
Málaga, 26 de septiembre de 2025.- El Director Gerente, Lisardo Morán Urdiales.
BASES REGULADORAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA CUBRIR CON CARÁCTER INDEFINIDO EL PUESTO DE TRABAJO DE PROFESOR/A TUTOR/A EN LA EMPRESA PÚBLICA PARA LA GESTIÓN DEL TURISMO Y DEL DEPORTE DE ANDALUCÍA, S.A. (Ref. CCOPE-03RH-0925-0003)
Primera. Definición del puesto de trabajo y requisito exigido para concurrir.
Código identificativo del puesto de trabajo: P0053_0052.
Denominación del puesto de trabajo: Profesor/a Tutor/a.
Número de puestos a cubrir: 1.
Área funcional a la que se adscribe el puesto: Hotel Escuela Convento de Santo Domingo.
Centro de trabajo: Hotel Escuela Convento de Santo Domingo, calle Santo Domingo, s/n, 29300 Archidona, Málaga.
Modalidad de contrato: Indefinido.
Periodo de prueba: Según art. 14 del Estatuto de los Trabajadores.
Jornada: Cómputo de 35 horas semanales de promedio en cómputo anual, en régimen de flexibilidad y disponibilidad horaria.
Categoría profesional: Profesor/a Tutor/a.
Grupo profesional: 01.
Convenio Colectivo de aplicación: I Convenio Colectivo de Infraestructuras Turísticas de Andalucía. (Convenio Colectivo de la empresa Infraestructuras Turísticas de Andalucía, Sociedad Anónima, código de convenio 2907302 (Boletín Oficial de Málaga núm. 209, de 29.10.2007).
Retribuciones: 39.040,99 euros brutos anuales.
Funciones:
Realizará, bajo la dependencia y supervisión del Director/a, de manera cualificada y responsable, funciones de planificación, organización, y control de todas las tareas propias de su especialidad; como tutor de los cursos realizará las programaciones docentes anuales, seminarios y actividades, y organizará las clases teóricas y prácticas, asignando y supervisando las tareas de los Profesores Instructores y de los Instructores de su especialidad, si los hubiera; asimismo, llevará a cabo la función de tutoría de los alumnos de su especialidad; y cualquier otra actividad, tarea o función que responda a los requerimientos profesionales del puesto.
Además de las funciones y tareas que genéricamente le corresponde por su categoría, bajo la dependencia y supervisión del Director/a, planificará, organizará y dirigirá las tareas docentes y no docentes del personal de su área; impartirá las clases teóricas de la asignatura de su especialidad; y colaborará en la organización y supervisión del programa de prácticas de los alumnos de dicha especialidad en empresas externas; diseñará y/o participará en la elaboración del Plan de Marketing, campañas de promoción que se organicen para la publicidad del Hotel Escuela, comercialización y relaciones con agencias de viaje y tour operadores; también elaborará los informes que se le encarguen por la Dirección sobre datos del programa de gestión informatizada, garantizando en todo momento la privacidad de los datos económicos y de facturación correspondientes; y será responsable desde su área de la vigilancia y seguridad en el acceso a las instalaciones y exteriores del Hotel Escuela.
Requisitos exigidos para concurrir:
Se exigirá:
a) Ser español/a o poseer la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, para cuyos ciudadanos, a tenor de la legislación vigente, no sea preceptiva la autorización de permiso de trabajo y residencia expedida por el Órgano Administrativo nacional competente.
b) Tener, al menos, 18 años de edad y no exceder la edad ordinaria de jubilación establecida legalmente.
c) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
1. Diplomado en Turismo.*
2. Licenciado en Administración y Dirección de Empresas.
3. Licenciado en Economía.
4. Diplomado en Ciencias Empresariales.*
* El que esté en posesión de Diplomatura en Turismo o en Ciencias Empresariales, ha de acreditar mínimo dos años de experiencia profesional docente para cumplir el presente requisito.
d) Requisitos de capacitación docente: Las personas candidatas deberán acreditar alguna de las siguientes titulaciones:
- Estar en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP) obtenido con anterioridad al año 2009. No se considerará válido si la obtención es de dicho año o posterior.
- En su defecto, contar con el Certificado de Profesionalidad de Docencia de la Formación Profesional para el Empleo (Código SSCE0110).
- Como última alternativa, se admitirá la acreditación de capacitación docente mediante la posesión de alguna de las siguientes titulaciones universitarias:
• Licenciatura en Pedagogía.
• Licenciatura en Psicología.
• Máster Universitario en Formación del Profesorado.
e) Alto nivel en 2 idiomas, obligatorio nivel B2 en inglés, y B2 en francés y/o alemán.
Segunda. Lugar, plazo, forma de presentación de solicitudes y documentación.
Lugar: Registro de Entrada del Parador de San Rafael, Servicios Centrales. C/ Compañía, núm. 40, 29008 Málaga.
Plazo: 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Forma: Las solicitudes deberán presentarse en un sobre cerrado en el que deberá figurar la leyenda: A/A de Recursos Humanos de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., Referencia CCOPE-03RH-0925-0003.
Indicando:
1. Puesto/os al que presenta solicitud.
2. Nombre y apellidos del trabajador/a.
3. NIF.
4. Teléfono y correo electrónico de contacto, al que la Empresa realizará todas las comunicaciones requeridas en el proceso de selección.
Las candidaturas podrán presentarse presencialmente, en el lugar indicado, o por correo postal a la dirección indicada.
En las candidaturas enviadas por correo postal deberá comunicarse dicho envío por correo electrónico, a personal@andalucia.org, adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en las oficinas de correos dentro del plazo de los diez días hábiles concedidos para la presentación de candidaturas. No se admitirán candidaturas ni documentación remitida en fechas y por vías distintas de las expuestas o que no se haya comunicado su envío conforme se establece.
Documentación: En el sobre deberá incluirse:
Anexo 1 a las presentes bases de la convocatoria, según el puesto al que presenta solicitud, debidamente cumplimentado y firmado acompañado de la documentación que en él mismo se especifica por apartados. Será causa automática de exclusión la no presentación del referido Anexo I.
Es condición esencial para la participación, la cumplimentación correcta del autobaremo, del referido Anexo I, indicando de forma individualizada, los méritos y los puntos que corresponden a cada uno de los mismos conforme a estas bases. No se calificará documentación alguna adjunta al referido anexo que no esté reflejada y puntuada en algún apartado del autobaremo, todo ello, sin perjuicio en todo caso, de la posibilidad de corrección de oficio del error en la puntuación asignada a cada mérito consignado, por la Comisión Evaluadora.
La falta de presentación en tiempo, forma, lugar de los documentos requeridos y la falta de cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria constituyen motivo suficiente y causa justificada para la perdida de cualquier derecho derivado de esta convocatoria, y la exclusión automática y definitiva del proceso selectivo.
Será igualmente causa de exclusión de la convocatoria, cualquier falsedad, anomalía o irregularidad detectada en cualquiera de los datos o documentos aportados.
Los documentos presentados serán fotocopias del original.
Tercera. Méritos a valorar.
1. Titulaciones académicas relacionadas directamente con el puesto al que se aspira –aparte de la exigida para acceder al puesto– y de nivel superior a la exigida para el puesto: 1 punto por titulación con un máximo de 2 puntos.
Las titulaciones académicas se acreditarán mediante la presentación de título o certificado equivalente de la Entidad que la impartió.
2. Experiencia profesional: hasta un máximo de seis puntos, conforme a la siguiente regla:
2.1. Por experiencia profesional en el sector público de la Junta de Andalucía en el mismo o superior grupo profesional y funciones que el puesto a cubrir 1 punto por cada año de servicio. Los periodos inferiores a un año de servicio computarán a razón de 0,08 puntos por mes.
2.2. Por experiencia profesional en el sector público no incluido en el apartado anterior o privado, en el mismo o superior grupo profesional y funciones que el puesto a cubrir 0,50 puntos por cada año de servicio. Los periodos inferiores a 1 año de servicio se computarán a razón de 0,04 puntos por mes.
La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida laboral actualizado y/o hoja de servicios en la Administración. También será necesario aportar los contratos de trabajo o nombramiento de funcionario o funcionaria o, en su caso, copia de los contratos de prestación de obras o servicios en los que haya participado por cuenta propia. En este último caso, será necesario estar o haber estado de alta como autónomo/a.
3. Cursos de formación y/o perfeccionamiento. Cursos de formación o perfeccionamiento directamente relacionados con el puesto a que se aspira (excluidos los realizados para acreditar la titulación exigida para concursar) hasta un máximo de dos puntos, conforme al siguiente baremo:
1) Cursos hasta 15 horas: 0,05 puntos por curso.
2) Cursos de 16 a 29 horas: 0,10 puntos por curso.
3) Cursos de 30 a 49 horas: 0,15 puntos por curso.
4) Cursos de 50 a 75 horas: 0,20 puntos por curso.
5) Cursos de 76 a 100 horas: 0,25 puntos por curso.
6) Cursos de 101 a 150 horas: 0,50 puntos por curso.
7) Cursos de 151 a 250 horas: 0,75 puntos por curso.
8) Cursos de 251 hasta 500 horas: 1,00 punto por curso.
9) Cursos de 501 horas en adelante: 1,50 puntos por curso.
4. Cursos de formación y/o perfeccionamiento. Cursos de formación o perfeccionamiento directamente relacionados con la igualdad de género entre hombres y mujeres, así como la prevención de la violencia de género y la prevención de riesgos laborales, hasta un máximo de cero con diez puntos, conforme al siguiente baremo:
1) Cursos hasta 15 horas: 0,05 puntos por curso.
2) Cursos de 16 a 29 horas: 0,10 puntos por curso.
Los cursos de formación y/o perfeccionamiento se han de acreditar mediante los correspondientes certificados emitidos por centros de formación debidamente homologado. No se admitirán los certificados en los que no conste el número de horas y las materias objeto de formación y/o perfeccionamiento.
En ningún caso se valorarán, en este apartado, aquellos cursos cuya finalidad sea la obtención de títulos académicos ni aquellos necesarios para acceder al puesto.
Cuarta. Comisión de valoración.
Se constituirán una Comisión de valoración por puesto objeto de cobertura, de la que formarán parte:
- La persona responsable de Recursos Humanos.
- La persona responsable del Área funcional a la que se adscribe el puesto.
- Un/a representante legal de los trabajadores.
Las Comisiones de valoración se constituirán a instancia de Recursos Humanos antes de los 15 días siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y procederán con el siguiente orden por fases:
Fase I: Admisión.
Verificarán las solicitudes en cuanto al cumplimiento del plazo y lugar de presentación, así como cumplimiento de los requisitos de los candidatos/as.
A través de la unidad de transparencia se publicará en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/empleo-publico/entidades-instrumentales/ofertas-empleo.html
la lista provisional de candidatos/as admitidos/as y excluidos/as, dando un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones ante la Comisión.
Transcurrido el plazo de 3 días hábiles señalado en el último inciso del apartado anterior, se volverá a reunir la Comisión para admitir o inadmitir, motivadamente, las alegaciones presentadas en su caso y formular la lista definitiva de candidatos/as admitidos/as y excluidos/as.
A través de la unidad de transparencia se publicará en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía https://www.juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/empleo-publico/entidades-instrumentales/ofertas-empleo.html la lista definitiva de candidatos/as admitidos/as y excluidos/as.
Fase II: Baremación de méritos.
Publicada la lista de admitidos/as y excluidos/as, la Comisión procederá a aplicar el baremo de la presente convocatoria sobre los documentos acreditativos de los méritos alegados de los/as candidatos/as admitidos/as.
A través de la unidad de transparencia se publicará en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/empleo-publico/entidades-instrumentales/ofertas-empleo.html
el resultado provisional de las puntuaciones obtenidas por los méritos alegados y justificados de las candidaturas admitidas, dando un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones ante la Comisión.
Transcurrido el plazo de 3 días hábiles señalado en el último inciso del apartado anterior, se volverá a reunir la Comisión para admitir o inadmitir, motivadamente, las alegaciones presentadas en su caso y formular el resultado definitivo de las puntuaciones obtenidas por los méritos alegados y justificados de las candidaturas admitidas.
A través de la unidad de transparencia se publicará en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía https://www.juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/empleo-publico/entidades-instrumentales/ofertas-empleo.html el resultado definitivo de las puntuaciones obtenidas por los méritos de las candidaturas admitidas.
Fase III: Entrevista personal.
Esta fase será puntuada con un máximo de 3 puntos.
Los cinco candidatos/as que hayan obtenido mejor puntuación en la Fase II, pasarán a esta tercera fase, que consistirá en una entrevista personal y realización de tests psicotécnicos y/o pruebas teóricas o prácticas, en las que se valorarán las siguientes competencias:
- Trabajo en equipo, iniciativa, capacidad de análisis, orientación a resultados, visión y anticipación, toma de decisiones, conocimiento de la empresa, planificación y organización…
Finalizada esta fase se sumarán las puntuaciones obtenidas por los cinco candidatos/as en las fases II y III, y resultará seleccionado el candidato/a que haya obtenido mayor puntuación.
En caso de empate entre dos o más aspirantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios y por ese orden:
Primero. La mayor puntuación obtenida en la fase de méritos a valorar 1.
Segundo. La mayor puntuación obtenida en la fase de méritos a valorar 2.
Tercero. La mayor puntuación obtenida en la fase de méritos a valorar 3.
En caso de que el empate persista y en el supuesto de que los aspirantes sean de distinto sexo, se estará a lo establecido en el Área de actuación: Infrarrepresentación femenina, Objetivo 2: Garantizar la presencia equilibrada de mujeres y hombres en todos los niveles de la organización, siempre que sea posible, del II Plan de Igualdad de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., que señala «ante igualdad de puntuación tendrá prioridad la promoción del aspirante del sexo menos representado» en la categoría profesional entre personal de la Empresa adscrito al III Convenio Colectivo de Turismo Andaluz/III Convenio Colectivo de Deporte Andaluz/I Convenio Colectivo de Infraestructuras Turísticas de Andalucía, en función de la adscripción del puesto.
De ser necesario un último criterio de desempate, se atenderá al orden alfabético por el primer apellido a partir de la letra que ha resultado elegida según la Resolución de 31 de enero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, publicada en el BOJA número 25, del jueves, 6 de febrero de 2025, por la que se hace público el resultado del sorteo que determina el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en el BOJA de la presente resolución y que se celebren durante el año 2025.
El resultado del proceso de selección, con la puntuación obtenida por cada candidato/a, se publicará en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y se comunicará por correo electrónico al candidato/a seleccionado.
Finalizados los trabajos por la Comisión, –conforme a las reglas antes expuestas –propondrá un candidato/a para la cobertura de la plaza vacante por oferta pública de empleo al Director Gerente, quien resolverá de forma definitiva la convocatoria.
Quinta. Normas generales.
La participación en esta convocatoria implica la íntegra aceptación de sus bases. En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos, los datos facilitados por cada persona candidata serán incorporados al Registro de Tratamiento de Datos de Carácter Personal de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., cuya finalidad es gestionar su participación en este proceso de selección. La negativa a facilitar sus datos personales determinará la imposibilidad de participar en el mismo. Si la persona candidata lo desea, podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión, limitación del tratamiento, oposición, obtención de confirmación de uso, a la portabilidad de los datos y a formular una reclamación enviando un escrito a la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., calle Compañía, 40, 29008 Málaga.
Correo electrónico de contacto para aclaraciones o consultas: personal@andalucia.org
ANEXO I
Profesor/a Tutor/a
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL DE LA EMPRESA PÚBLICA PARA LA GESTIÓN DEL TURISMO Y DEL DEPORTE DE ANDALUCÍA, S.A. REF.: CCOPE-03RH-0925-0003
1. Denominación de la categoría y/o puesto de trabajo solicitado.
Código identificativo del puesto de trabajo: P0053_0052: Profesor/a Tutor/a.
2. Datos personales.
- Primer apellido:
- Segundo apellido:
- Nombre:
- DNI/NIE:
- Nacionalidad:
- Fecha de nacimiento:
- Teléfono de contacto:
- Correo electrónico:
- Domicilio:
- Municipio:
- Código postal:
- Provincia:
* Se ha de adjuntar a esta solicitud fotocopia del DNI/NIE.
3. Requisitos exigidos para concurrir.
a) Ser español/a o poseer la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, para cuyos ciudadanos, a tenor de la legislación vigente, no sea preceptiva la autorización de permiso de trabajo y residencia expedida por el Órgano Administrativo nacional competente.
b) Tener, al menos, 18 años de edad y no exceder la edad ordinaria de jubilación establecida legalmente.
c) Estar en posesión de alguna de la siguientes titulaciones:
a. Diplomado en Turismo.*
b. Licenciado en Administración y Dirección de Empresas.
c. Licenciado en Economía.
d. Diplomado en Ciencias Empresariales.*
* El que esté en posesión de Diplomatura en Turismo o en Ciencias Empresariales, ha de acreditar mínimo dos años de experiencia profesional docente para cumplir el presente requisito.
d) Requisitos de capacitación docente: Las personas candidatas deberán acreditar alguna de las siguientes titulaciones:
- Estar en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP) obtenido con anterioridad al año 2009. No se considerará válido si la obtención es de dicho año o posterior.
- En su defecto, contar con el Certificado de Profesionalidad de Docencia de la Formación Profesional para el Empleo (Código SSCE0110).
- Como última alternativa, se admitirá la acreditación de capacitación docente mediante la posesión de alguna de las siguientes titulaciones universitarias:
• Licenciatura en Pedagogía.
• Licenciatura en Psicología.
• Máster Universitario en Formación del Profesorado.
e) Alto nivel en 2 idiomas, Obligatorio nivel B2 en inglés, y B2 en francés y/o alemán.
* Se ha de adjuntar a esta solicitud, en su caso: Copia de la acreditación la titulación exigida; la experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida laboral actualizado y/o hoja de servicios en la Administración. También será necesario aportar los contratos de trabajo o nombramiento de funcionario o funcionaria o, en su caso, copia de los contratos de prestación de obras o servicios en los que haya participado por cuenta propia. En este último caso, será necesario estar o haber estado de alta como autónomo/a.
* En el supuesto de que la experiencia se alegue para el cumplimiento de los requisitos para concurrir, la misma no será computada en el apartado de méritos.
d) Autobaremación de méritos a valorar.
Titulaciones académicas relacionadas directamente con el puesto al que se aspira –aparte de la exigida para acceder al puesto– y de nivel superior a la exigida para el puesto: 1 punto por titulación (máximo 2 puntos).
| Titulación | Puntos |
* Se ha de adjuntar copia de la acreditación de la titulación/titulaciones objeto de autobaremación.
Experiencia profesional: Hasta un máximo de 6 puntos, excluida la aportada como requisito para concurrir, conforme la siguiente regla:
Por experiencia profesional en el sector público de la Junta de Andalucía en el mismo o superior grupo profesional y funciones que el puesto a cubrir 1 punto por cada año de servicio. Los periodos inferiores a un año de servicio computarán a razón de 0,08 puntos por mes.
| Puesto desempeñado | Período de desempeño | Días | Puntos |
|---|---|---|---|
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al |
Total apartado:_____________
Por experiencia profesional en el sector público no incluido en el apartado anterior o privado, en el mismo o superior grupo profesional y funciones que el puesto a cubrir 0,50 puntos por cada año de servicio. Los periodos inferiores a 1 año de servicio se computarán a razón de 0,04 puntos por mes.
| Puesto desempeñado | Período de desempeño | Días | Puntos |
|---|---|---|---|
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al | |||
| Del al |
Total apartado: _________
* Se ha de adjuntar acreditación de la experiencia objeto de autobaremación: La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida laboral actualizado y/o hoja de servicios en la Administración. También será necesario aportar los contratos de trabajo o nombramiento de funcionario o funcionaria o, en su caso, copia de los contratos de prestación de obras o servicios en los que haya participado por cuenta propia. En este último caso, será necesario estar o haber estado de alta como autónomo/a.
e) Cursos de formación y/o perfeccionamiento:
- Cursos de formación o perfeccionamiento directamente relacionados con el puesto a que se aspira (excluidos los realizados para acreditar la titulación exigida para concursar) hasta un máximo de 2 puntos, conforme al siguiente baremo:
1. Cursos hasta 15 horas: 0,05 puntos por curso.
2. Cursos de 16 a 29 horas: 0,10 puntos por curso.
3. Cursos de 30 a 49 horas: 0,15 puntos por curso.
4. Cursos de 50 a 75 horas: 0,20 puntos por curso.
5. Cursos de 76 a 100 horas: 0,25 puntos por curso.
6. Cursos de 101 a 150 horas: 0,50 puntos por curso.
7. Cursos de 151 a 250 horas: 0,75 puntos por curso.
8. Cursos de 251 a 500 horas: 1,00 punto por curso.
9. Cursos de 501 horas en adelante: 1,50 puntos por curso.
| Denominación del curso | Entidad | Núm. Horas | Puntos |
|---|---|---|---|
Total formación (máximo 2 puntos):_______
* Se ha de adjuntar acreditación de los cursos objeto de autobaremación: Los cursos de formación y/o perfeccionamiento se han de acreditar mediante los correspondientes certificados emitidos por centros de formación debidamente homologado. No se admitirán los certificados en los que no conste el número de horas y las materias objeto de formación y/o perfeccionamiento.
En ningún caso se valorarán, en este apartado, aquellos cursos cuya finalidad sea la obtención de títulos académicos ni aquellos necesarios para acceder al puesto.
- Cursos de formación y/o perfeccionamiento. Cursos de formación o perfeccionamiento directamente relacionados con la igualdad de género entre hombres y mujeres, así como la prevención de la violencia de género y la prevención de riesgos laborales hasta un máximo de cero con diez puntos, conforme al siguiente baremo:
1) Cursos hasta 15 horas: 0,05 puntos por curso.
2) Cursos de 16 a 29 horas: 0,10 puntos por curso.
| Denominación del curso | Entidad | Núm. Horas | Puntos |
|---|---|---|---|
Total formación (máximo 0,10 puntos):_______
* Se ha de adjuntar acreditación de los cursos objeto de autobaremación: Los cursos de formación y/o perfeccionamiento se han de acreditar mediante los correspondientes certificados emitidos por centros de formación debidamente homologado. No se admitirán los certificados en los que no conste el número de horas y las materias objeto de formación y/o perfeccionamiento.
En ningún caso se valorarán, en este apartado, aquellos cursos cuya finalidad sea la obtención de títulos académicos ni aquellos necesarios para acceder al puesto.
Total, autobaremación por los méritos alegados y no incluidos entre los requisitos para concurrir: .............................. puntos.
Nota: Es condición esencial para la participación, la cumplimentación correcta del autobaremo, del referido Anexo I, indicando de forma individualizada, los méritos y los puntos que corresponden a cada uno de los mismos conforme a estas bases. No se calificará documentación alguna adjunta al referido anexo que no esté reflejada y puntuada en algún apartado del autobaremo, todo ello, sin perjuicio en todo caso, de la posibilidad de corrección de oficio del error en la puntuación asignada a cada mérito consignado, por la Comisión Evaluadora.
f) Solicitud, declaración, lugar, fecha y firma.
El/la abajo firmante solicita ser admitido/a al proceso de selección a que se refiere la presente convocatoria, Declara:
1. Que conoce y acepta íntegramente las bases de la convocatoria, declarando asimismo bajo su responsabilidad que los datos incluidos en la solicitud son ciertos, teniendo constancia de que la inexactitud de los datos dará lugar a la no admisión o expulsión del proceso selectivo, sin perjuicio de otras responsabilidades en las que pueda incurrir.
2. Que se compromete a presentar la documentación original que, en su caso, le sea requerida, dado que los documentos adjuntos a este anexo son copias del original que obra en poder de la que suscribe a disposición del Área de Recursos Humanos de la Empresa.
3. Que conoce que no serán admitidas solicitudes, modificaciones o subsanaciones presentadas fuera de plazo ni las presentadas de forma defectuosa.
4. Que conoce que los requisitos que no sean documentalmente acreditados no serán tenidos en cuenta, y que serán considerados como no puestos.
5. Que autoriza a la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., a utilizar, a efectos de comunicaciones, los datos de contacto que ha proporcionado en su solicitud de concurrencia a la Oferta de Empleo
6. Que autoriza que sus datos personales aportados en la solicitud y contenidos en la documentación que se acompaña sean tratados por la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., con sede en C/ Compañía, núm. 40, 29008 Málaga, para la gestión del procedimiento de selección de personal del expediente CCOPE-03RH-0925-0003.
El/la solicitante, leídas las anteriores declaraciones, firma el presente documento en prueba de conformidad.
En ....................................a ..............de ..................................de 2025.
EL/LA SOLICITANTE
Fdo.: ...............................................
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