Extracto de la Resolución de 26 de septiembre de 2025, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2025 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Apertura.
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BDNS (identif): 859555
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Convocatoria.
Se convoca, para su ejecución en el ejercicio 2025, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales. Esta línea de subvenciones se denomina Línea CAPI Apertura. Las subvenciones se concederán con cargo a la partida presupuestaria y distribución siguientes:
| Partida presupuestaria | Cuantía (€) |
|---|---|
| 0131010000 G/12D/48001/00 01 | 229.457,13 |
Segundo. Entidades beneficiarias.
Siempre que cumplan los requisitos fijados en la Orden de 9 de noviembre de 2021, podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las entidades asociativas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en alguna de las zonas desfavorecidas de Andalucía relacionadas a continuación:
| Provincia | Municipio | Zona Desfavorecida |
|---|---|---|
| Almería | Almería (capital) | Fuentecica-Quemadero |
| Almería | Almería (capital) | La Chanca-Pescadería |
| Almería | Ejido (El) | El Ejido Centro |
| Almería | Ejido (El) | Las Norias-San Agustín |
| Almería | Ejido (El) | Pampanico (100 Viviendas) |
| Almería | Mojonera (La) | Venta del Viso |
| Almería | Roquetas de Mar | Ctra. La Mojonera-Roquetas |
| Cádiz | Algeciras | Zona Sur Algeciras |
| Cádiz | Arcos de la Frontera | Arcos De La Frontera-Sur |
| Cádiz | Arcos de la Frontera | Jédula |
| Cádiz | Barbate | Montaraz |
| Cádiz | Cádiz (capital) | Bda. De Loreto, Bda. Cerro Del Moro |
| Cádiz | Chiclana de la Frontera | Chiclana Sur (Plaza Mayor-Fuente Amarga) |
| Cádiz | Línea de la Concepción (La) | Barriada El Junquillo |
| Cádiz | Línea de la Concepción (La) | La Atunara |
| Cádiz | Medina Sidonia | Barriada La Paz-Blas Infante y Constitución |
| Cádiz | Puerto Serrano | Barriada Guadalete |
| Cádiz | Sanlúcar de Barrameda | Barrio Alto Y Barrio Bajo |
| Córdoba | Peñarroya-Pueblo Nuevo | Peñarroya-Pueblo Nuevo |
| Granada | Atarfe | Barrios El Barranco y La Cañada |
| Granada | Baza | Cuevas de Baza |
| Granada | Fuente Vaqueros | Barrio de Santa Ana |
| Granada | Guadix | Cuevas de Guadix |
| Granada | Huéscar | Barrio de las Cuevas |
| Granada | Iznalloz | Barrio de la Peña |
| Granada | Motril | Huerta Carrasco |
| Granada | Motril | San Antonio-Ancha |
| Granada | Motril | Varadero-Santa Adela |
| Granada | Pinos Puente | Bda. Las Flores, Bda.Las Cuevas,Cerro Fáquila |
| Huelva | Almonte | Barrio Obrero de Almonte |
| Huelva | Cortegana | Barrio Erita |
| Huelva | Huelva (capital) | La Orden-Príncipe Juan Carlos |
| Huelva | Minas de Río Tinto | Alto de la Mesa |
| Huelva | Nerva | La Garza, San Antonio Cementerio Viejo, Pozo Bebé |
| Jaén | Bailen | Barrios Paquita Torres; 28 de febrero; Barrio del Pilar; Avda. Linares |
| Jaén | Beas de Segura | Barrio Vista Alegre; Urb.Profacio; Casas del Matadero |
| Jaén | Carolina (La) | Barrio Viñas del Rey;Urb. Penibética |
| Jaén | Guarromán | Guarromán |
| Jaén | Pozo Alcón | Barrio Era Alto y Picón Hernández |
| Jaén | Úbeda | Barrios La Alameda Y Los Cerros |
| Jaén | Villanueva del Arzobispo | Villanueva del Arzobispo |
| Málaga | Álora | Álora |
| Málaga | Málaga (capital) | Campanillas-Los Asperones-Castañetas |
| Málaga | Málaga (capital) | Málaga Centro-Trinidad-Perchel |
| Málaga | Marbella | Las Albarizas |
| Málaga | Vélez-Málaga | Casas De La Vía |
| Sevilla | Camas | La Pañoleta-Caño Ronco |
| Sevilla | Coria del Río | Bda. Del Lucero |
| Sevilla | Dos Hermanas | Ibarburu, Costa Del Sol, La Jarana, Miravalle, Los Montecillos, El Chaparral, Cerro Blanco |
| Sevilla | Lora del Río | Barrio Las Viñas |
| Sevilla | Morón de la Frontera | El Rancho |
| Sevilla | Palacios y Villafranca (Los) | Los Palacios Y Villafranca |
| Sevilla | San Juan de Aznalfarache | Bda. Santa Isabel |
| Sevilla | Sevilla (capital) | Bda. El Cerezo |
| Sevilla | Sevilla (capital) | La Plata-Padre Pío-Palmete |
Tercero. Objeto.
Constituye el objeto de la presente línea de subvención la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades asociativas sin ánimo de lucro, para promover la dinamización de centros de competencias digitales en zonas desfavorecidas de Andalucía mediante acciones de sensibilización y desarrollo de las competencias en el uso de los servicios digitales por parte de la ciudadanía andaluza, con la finalidad de contribuir a la transformación digital y la reducción de las brechas digitales en estas zonas desfavorecidas de Andalucía. La concreción del objeto figura en las bases reguladoras.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 9 de noviembre de 2021, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales (BOJA núm. 218, de 12 de noviembre de 2021), modificada mediante Orden de 12 de junio de 2023, de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa (BOJA núm. 114, de 16 de junio de 2023).
Quinto. Importe y secuencia del pago.
La cuantía de la subvención para esta convocatoria consistirá en una cuantía máxima global subvencionable de 32.779,59 euros.
Para la presente convocatoria, y de acuerdo con lo establecido en el apartado 24.a).2.º del cuadro resumen de la Orden de 9 de noviembre de 2021, de las bases reguladoras en concurrencia competitiva de estas subvenciones, se realizará un solo pago correspondiente al cien por cien de la subvención concedida, tras dictarse la resolución de concesión y sin necesidad de justificación previa de conformidad con la Orden de 12 de junio de 2023, por la que se modifica la mencionada Orden de 9 de noviembre de 2021.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Séptimo. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
Sevilla, 2 de octubre de 2025.- El Director Gerente, Raúl Jiménez Jiménez.
Descargar PDFBOJA nº 193 de 07/10/2025