Anuncio de 30 de septiembre de 2025, del Ayuntamiento de Galera, referente a la aprobación definitiva de la innovación de las NN.SS. de Planeamiento Municipal de Galera (Granada). (PP. 2043/2025).
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Habiéndose tramitado en el Ayuntamiento de Galera (Granada) el expediente núm. 61/2021, de Innovación de las NN.SS. vigentes del municipio de Galera para modificar el régimen de suelo rústico añadiendo un nuevo contenido al artículo 68 bis, con el siguiente literal:
«Se prohíbe la construcción e instalación de naves ganaderas o granjas en intensivo, de todo tipo de ganado:
- En el suelo rústico común que se encuentre a una distancia menor o igual de 2.500 metros al suelo urbano o áreas de transformación urbanística (suelo urbanizable según las NN.SS. vigentes).
- En todos los suelos de especial protección y suelos rústicos preservados por la existencia acreditada de procesos naturales o actividades antrópicas susceptibles de generar riesgos y en los suelos rústicos preservados por la ordenación territorial y urbanística (incluidos, tanto, en las NN.SS. vigentes de Galera, como en el PEPMF de la provincia de Granada como en este documento de la innovación) y en los que se encuentren a una distancia menor o igual de 2.500 metros de dichos suelos protegidos.
- Las distancias propuestas no son de aplicación respecto a los suelos urbanos o urbanizables pertenecientes a los términos municipales colindantes.»
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento, dirección: https://galera.sedelectronica.es/info.0
Habiéndose aprobado definitivamente la referida modificación/innovación de las Normas Subsidiarias Municipales en Pleno ordinario de fecha 16.11.2024 a través del acuerdo que se transcribe a continuación:
Primero. Aprobar definitivamente la modificación/innovación de las Normas Subsidiarias Municipales, con las modificaciones resultantes de las alegaciones presentadas y los informes emitidos.
Segundo. Remitir la documentación completa de la modificación de las Normas Subsidiarias Municipales al Registro Autonómico de Instrumentos de Ordenación Urbanística y al Registro Municipal para su depósito e inscripción.
Tercero. Previo depósito e inscripción en el registro autonómico y municipal, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia, el acuerdo de aprobación definitiva así como el contenido del articulado de las Normas Subsidiarias Municipales, poniéndolo también a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Cuarto. Remitir para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la documentación que indica el artículo 38.7 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Habiéndose inscrito y depositado el citado instrumento «Modificación de Plan General de Ordenación Urbanística núm. 3: Innovación de las NN.SS. vigentes para modificar el régimen del SNU» del municipio de Galera (Granada) en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos, asignándole el número de registro 10607, en la Sección de Instrumentos de Planeamiento del Libro Registro de Galera de esta Unidad Registral de Granada, a los efectos previstos en el artículo 21 del Decreto 2/2004; habilitando al órgano competente para disponer su publicación, en la forma prevista en el artículo 83 de la Ley 7/2021, dándose el plazo máximo de dos meses desde la resolución de inscripción de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Delegación Territorial de Granada, para que el Ayuntamiento proceda a la publicación en BOJA del presente anuncio.
Habiéndose inscrito y depositado el citado instrumento «Modificación de Plan General de Ordenación Urbanística núm. 3: Innovación de las NN.SS. vigentes para modificar el régimen del SNU» del municipio de Galera (Granada) en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, asignándole el número de registro 11 en la Sección de Instrumentos de Planeamiento Urbanístico, sección a) Plan General de Ordenación Urbanística, a los efectos previstos en el art. 82 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, y el artículo 9 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 y concordantes de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, se procede a la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Galera, 30 de septiembre de 2025.- El Alcalde-Presidente, José Manuel Guillén Ruiz.
Descargar PDFBOJA nº 193 de 07/10/2025