Acuerdo de 15 de octubre de 2025, de la Mesa del Parlamento de Andalucía, por el que se aprueba la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de oposición libre, en el cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad Ayudantes Técnicos Informáticos, del Parlamento de Andalucía.
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Con el fin de atender las necesidades de personal del Parlamento de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía de 12 de julio de 2023, por el que se aprueba la oferta de empleo público del Parlamento de Andalucía para el año 2023 (Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía núm. 229, de 18 de julio de 2023), y en el Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía de 18 de diciembre de 2024, por el que se aprueba la oferta de empleo público del Parlamento de Andalucía para el año 2024 (Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía núm. 585, de 20 de diciembre de 2024), y según lo dispuesto en el Capítulo III del Título I del Estatuto de Personal del Parlamento de Andalucía, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud del artículo 28 del Reglamento del Parlamento de Andalucía, la Mesa de la Cámara, en sesión celebrada el día 15 de octubre de 2025,
HA ACORDADO
Convocar proceso selectivo para cubrir dos plazas del Cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad Ayudantes Técnicos Informáticos, del Parlamento de Andalucía, por el sistema de oposición libre.
Asimismo, aprobar las bases de la convocatoria, las cuales regularán el presente proceso selectivo, y que son las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas del Cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad Ayudantes Técnicos Informáticos, del Parlamento de Andalucía, por el sistema de oposición libre.
1.2. Las pruebas se regirán por las bases de la presente convocatoria y por el Estatuto de Personal del Parlamento de Andalucía, y, en lo que no se oponga a lo anterior, por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás normas vigentes de aplicación.
1.3. El nombramiento, en el marco del Estatuto de Personal del Parlamento de Andalucía, conferirá a las personas seleccionadas, a todos los efectos, el carácter de personal funcionario de carrera del Parlamento de Andalucía desde la fecha de la toma de posesión, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1 de la base 9.
2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Las personas interesadas en participar en el presente proceso selectivo deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Nacionalidad.
Podrán participar en el proceso selectivo:
a) Las personas con nacionalidad española.
b) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, del Reino de Noruega y de la República de Islandia.
c) El cónyuge de las personas españolas y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a expensas o estén a cargo de la persona nacional de la Unión Europea con la que tengan dicho vínculo.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.1.2. Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller, técnico o equivalente.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.
2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad Ayudantes Técnicos Informáticos, del Parlamento de Andalucía.
2.1.5. No haber sido separados, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española no deberán hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2.1.6. Haber abonado los correspondientes derechos de examen en los términos previstos en el apartado 5 de la base 3.
2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.
2.3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionados en el apartado 1 de la base 8 de esta convocatoria.
3. Solicitudes, derechos de examen y plazo de presentación.
3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud, cuyo modelo queda señalado como Anexo II.
3.2. Las instancias se dirigirán al Letrado Mayor del Parlamento de Andalucía y se presentarán en el Registro General del Parlamento de Andalucía.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por la persona empleada de Correos antes de ser certificadas. En caso de presentación a través de dichas oficinas, la dirección a la que enviar las solicitudes será calle San Juan de Ribera, s/n, Sevilla, 41009.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Parlamento de Andalucía.
Las personas interesadas también podrán presentar su solicitud de participación telemáticamente a través de la sede electrónica del Parlamento de Andalucía, accesible en el siguiente enlace: https://sede.parlamentodeandalucia.es. A tal efecto, cumplimentarán el formulario habilitado en la sede electrónica adjuntando los documentos en formato PDF que deben aportarse en virtud de lo dispuesto en la presente base. En caso de que se produzca alguna incidencia técnica en la presentación telemática de las solicitudes, se estará a lo que dispone el artículo 12 de las Normas de administración electrónica en el Parlamento de Andalucía, aprobadas por acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía de 19 de mayo de 2020.
Igualmente, las solicitudes podrán también presentarse en los registros u oficinas competentes de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siempre que se garantice, bajo la responsabilidad de quien la presente, que la correspondiente documentación se remitirá al Parlamento de Andalucía en el modo adecuado para su consideración en el presente proceso selectivo.
3.3. Acompañando al modelo de solicitud se adjuntará fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Identidad de Extranjero.
3.4. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Esta convocatoria se publicará, además, en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía.
3.5. Se exigirá a los participantes el pago de derechos de examen. La acreditación de dicho pago se realizará mediante justificante del ingreso o transferencia efectuados en la cuenta consignada en el párrafo siguiente. En dicho justificante, que se ha de unir a la solicitud de participación, deberá figurar, necesariamente, el número del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Identidad de Extranjero de la persona aspirante. El importe de tales derechos será de 16 euros.
Tal cantidad deberá abonarse al Parlamento de Andalucía en una cuenta corriente del BBVA, cuyos datos son los siguientes: código IBAN ES0401825566730016000072. El ingreso se hará, bien directamente en cualquiera de las sucursales del BBVA, o bien por transferencia bancaria. Los gastos del ingreso o de la transferencia bancaria correrán por cuenta de la persona que lo realiza.
Quedarán exentos del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%. La acreditación de dicha condición se realizará mediante original o copia compulsada del certificado de discapacidad emitido por el órgano competente de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones Públicas, que los participantes entregarán junto con su solicitud de participación.
b) Los miembros de las familias numerosas de categoría especial. Asimismo, los miembros de las familias numerosas de categoría general tendrán derecho a una bonificación del 50%. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título, certificado o carnet de familia numerosa.
c) Las personas desempleadas que figuren como demandantes de empleo en la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, que deberán acompañar a la solicitud de participación certificado expedido por las oficinas de los servicios públicos de empleo.
d) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges y sus hijos e hijas, que acreditarán esta condición mediante la correspondiente documentación expedida por el Ministerio del Interior, la cual se adjuntará a la solicitud.
e) Las víctimas de violencia de género y los hijos e hijas que dependan económicamente de ellas, que acreditarán esta condición mediante resolución judicial u orden de protección dictada a favor de la víctima; informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de ser víctima de violencia de género, hasta tanto se dicte la orden de protección; o cualquier otra documentación acreditativa de tal condición de conformidad con la normativa vigente en la materia.
En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación, de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento de aquel determinará la exclusión de la persona aspirante.
Solo procederá la devolución del importe abonado en concepto de derechos de examen en caso de no presentación de la solicitud o cuando se constate un abono de mayor cuantía a la exigida en las presentes bases. La exclusión definitiva del proceso selectivo de alguna persona aspirante o la no presentación a la realización de algunos de los ejercicios en que consiste la oposición no dará lugar a la devolución del abono de los derechos de examen.
3.6. Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán solicitar las necesarias adaptaciones de tiempos y/o medios en el apartado correspondiente de su solicitud. En este caso se deberá aportar, junto a la solicitud, original o copia compulsada del dictamen técnico facultativo expedido por el órgano competente.
El tribunal calificador examinará y valorará las adaptaciones solicitadas y resolverá lo que en cada caso proceda.
La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
La relación de las adaptaciones concedidas y/o denegadas se publicará en la página web del Parlamento de Andalucía.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Letrado Mayor del Parlamento de Andalucía dictará resolución por la que se declararán aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo, con indicación de las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía, y las listas se publicarán en la página web del Parlamento de Andalucía y serán expuestas en el tablón de anuncios de la Cámara.
4.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión en las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.
Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.
4.3. Transcurrido el plazo anterior, la Mesa del Parlamento de Andalucía dictará resolución, que se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía, por la que se declararán aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo, que se expondrán en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía y se publicarán, además, en la página web de la Cámara.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones sobre exclusión u omisión en las listas provisionales planteadas por las personas interesadas en el procedimiento, y su publicación servirá de notificación a quienes hayan presentado dichas alegaciones.
La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso de reposición ante la Mesa del Parlamento de Andalucía, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
5. Tribunal calificador.
5.1. El órgano encargado de la selección de este proceso será el tribunal calificador, cuya composición es la que figura en el Anexo III de la convocatoria.
Corresponden al Tribunal Calificador las funciones relativas a la determinación concreta del contenido de los ejercicios y a la calificación de los aspirantes, así como, en general, la adopción de cuantas medidas sean precisas para el correcto desarrollo del proceso selectivo. El tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que surjan en la interpretación y aplicación de las normas contenidas en las bases de la presente convocatoria y para determinar la actuación procedente en los casos no previstos.
El tribunal calificador adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
5.2. No podrán formar parte del tribunal calificador aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo, escala y especialidad a los que pertenece la plaza objeto de esta convocatoria en los cinco años anteriores a su publicación.
Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, para lo que lo notificarán a la Mesa del Parlamento de Andalucía, cuando concurra en ellos alguno de los motivos previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurra alguno de los motivos previstos en el artículo mencionado.
5.3. El tribunal calificador podrá proponer al Letrado Mayor el nombramiento de asesores que tengan especial conocimiento en las materias objeto de las pruebas, que actuarán con voz pero sin voto.
5.4. El Letrado Mayor podrá designar personal funcionario de carrera que colabore temporalmente en el desarrollo del proceso de selección con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa que les atribuya el tribunal. Este personal estará adscrito a dicho tribunal y ejercerá sus funciones de acuerdo con las instrucciones que aquel le curse al efecto.
5.5. Cada una de las organizaciones sindicales con representación en el Consejo de Personal del Parlamento de Andalucía podrá proponer al Letrado Mayor el nombramiento de una persona que participe como observadora en el proceso de selección, que en ningún caso formará parte del tribunal calificador ni participará en sus deliberaciones ni en sus actuaciones internas. A estos efectos, las organizaciones sindicales antes aludidas designarán representante y suplente si así lo estiman oportuno. Dicha designación se realizará en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía de los listados definitivos de personas aspirantes admitidas y excluidas. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse dicha designación, se entenderá que se renuncia a dicha representación.
5.6. Las personas que formen parte del tribunal calificador son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos.
5.7. En los casos de ausencia, enfermedad, abstención, recusación u otra causa que impida el ejercicio de sus funciones a los miembros titulares del tribunal, estos serán sustituidos por sus respectivos suplentes, sin perjuicio de que, cuando la causa legal o material que imposibilite el desempeño de sus funciones lo aconseje, la Mesa del Parlamento pueda nombrar a otra persona como miembro del tribunal calificador en sustitución de la persona afectada.
Mediante resolución motivada, podrá sustituirse a algún miembro del tribunal calificador en caso de que concurrieran circunstancias excepcionales que pudieran dificultar gravemente el desarrollo del proceso selectivo o retrasar su resolución desproporcionadamente.
5.8. Para la válida constitución del tribunal calificador a los efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos se requerirá la presencia de quienes ostenten la presidencia y la secretaría o, en su caso, de sus suplentes, y deberá asistir la mitad, al menos, de sus miembros.
5.9. El tribunal adoptará sus acuerdos por mayoría de votos de los miembros presentes. En caso de empate en las votaciones, el presidente o presidenta tendrá voto de calidad.
5.10. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del tribunal calificador que cualquier aspirante no cumple con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, este resolverá de forma motivada lo que proceda.
5.11. El tribunal calificador ajustará su actuación a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.12. A efectos de comunicaciones y posibles incidencias, el tribunal calificador tendrá su sede en el domicilio oficial del Parlamento de Andalucía, calle San Juan de Ribera, s/n, Sevilla, 41009.
6. Desarrollo del proceso selectivo.
6.1. El sistema selectivo será el de oposición, la cual constará de los dos ejercicios que se indican a continuación, cada uno de los cuales tendrá carácter eliminatorio.
6.2. Primer ejercicio.
6.2.1. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario compuesto de dos partes, que se realizarán en la misma sesión. Cada una de las partes del ejercicio tendrá carácter eliminatorio. El tiempo para la realización de este ejercicio será de 180 minutos.
La primera parte, de carácter teórico, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 79 preguntas referido al temario que se incluye como Anexo I de la convocatoria; de ellas, las 75 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 4 últimas, de reserva. De las 75 primeras, 19 estarán basadas en el bloque I del programa (temas 1 a 16), y 56 en el bloque II (temas 17 a 44). De las cuatro preguntas de reserva, una corresponderá al bloque I y tres al bloque II. Dicho cuestionario incluirá, al menos, una pregunta de cada uno de los temas del programa de materias que figura como anexo I de esta convocatoria.
La segunda parte, de carácter teórico-práctico, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 53 preguntas referido al bloque II del temario que se incluye como Anexo I de la convocatoria; las 50 primeras, ordinarias y evaluables; y las 3 últimas, de reserva.
El cuestionario de ambas partes estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las que solo una de ellas será correcta.
6.2.2. Este ejercicio será valorado de 0 a 250 puntos.
La primera parte se valorará de 0 a 150 puntos.
Cada acierto se valorará con dos puntos y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.
La segunda parte se valorará de 0 a 100 puntos.
Cada acierto se valorará con dos puntos y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.
La puntuación de cada aspirante en cada parte vendrá determinada por la aplicación de la fórmula P = V x [A-(E/3)], en la que P es la puntuación, V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas acertadas evaluables y E, el número de preguntas erróneas evaluables.
El tribunal calificador queda facultado para determinar, con anterioridad a la identificación nominal de los aspirantes, la puntuación que es necesario obtener en la primera parte, que en todo caso tendrá que ser igual o superior a 75 puntos, para que pueda evaluarse la segunda, y la que es necesario obtener en la segunda para aprobar el ejercicio, que en todo caso tendrá que ser igual o superior a 50 puntos. Se respetarán siempre los principios de mérito y capacidad.
La puntuación final del ejercicio será la suma de la puntuación obtenida en cada una de las partes.
6.2.3. Tras la realización del ejercicio, el tribunal calificador hará públicos en la página web del Parlamento el cuestionario de dicho ejercicio y la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del tribunal se hará pública con la lista de personas aprobadas del ejercicio. Se considerarán desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.
Si el tribunal decidiera anular una o varias preguntas ordinarias, establecerá en el correspondiente acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por su correspondiente orden y de acuerdo con su distribución por bloques.
Una vez aprobada la plantilla definitiva, si esta no alcanzara el número total de preguntas evaluables establecidas, y a fin de garantizar que las personas aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en cada parte del ejercicio, el tribunal calificador adaptará el valor asignado a cada acierto.
Dicho ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de las personas examinadas. Quedarán automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.
Tras ser acordada la plantilla definitiva, que se publicará en la página web del Parlamento, y corregido el ejercicio, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios y en la página web del Parlamento la lista de personas aspirantes que han aprobado el primer ejercicio, ordenada alfabéticamente, y con indicación de la puntuación obtenida en cada parte y la puntuación del ejercicio.
Las plantillas provisional y definitiva no son recurribles de forma independiente a la publicación de la lista de personas aprobadas.
6.3. Segundo ejercicio.
6.3.1. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico adecuado a las funciones del Cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad Ayudantes Técnicos Informáticos. El tiempo para la realización del ejercicio será de tres horas.
6.3.2. El ejercicio será leído en sesión pública ante el tribunal, que podrá dirigirse a la persona aspirante al final de la lectura para aclarar cuestiones relacionadas con la exposición.
6.3.3. A efectos de lo previsto en el apartado anterior, con carácter previo a la celebración del segundo ejercicio de la oposición, tendrá lugar el sorteo para determinar el orden de lectura del mencionado ejercicio por parte de las personas aspirantes. El orden de actuación de los aspirantes será por orden alfabético del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra extraída al azar en dicho sorteo.
6.3.4. El lugar, fecha y hora de dicho sorteo y su resultado se publicarán en la página web y en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía.
6.3.5. Este ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos. Para aprobar dicho ejercicio será necesario obtener una calificación mínima de 50.
6.3.6. El tribunal hará públicas en el tablón de anuncios y en la página web del Parlamento las listas de aspirantes aprobados, ordenadas alfabéticamente, y la puntuación obtenida.
6.4. El lugar, fecha y hora de cada uno de los ejercicios se publicarán en la página web y en el tablón de anuncios del Parlamento.
6.5. Contra las listas de personas aprobadas en cada uno de los ejercicios se podrá interponer recurso de alzada ante la Mesa de la Cámara, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la lista, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.6. Las personas opositoras serán convocadas para cada ejercicio mediante llamamiento único. Los derechos de quienes no comparezcan a su realización quedarán decaídos, con excepción de lo previsto en la base 10.
6.7. En cualquier momento el tribunal calificador podrá requerir de los opositores que acrediten su personalidad.
7. Propuesta del tribunal calificador.
7.1. Finalizados los ejercicios de la oposición, el tribunal calificador hará pública en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía, en el tablón de anuncios y en la página web de la Cámara la relación de personas que han superado el proceso selectivo, que serán, en su caso, aquellas dos que, habiendo aprobado cada uno de los ejercicios, hayan obtenido las mayores puntuaciones totales, con las calificaciones de cada uno de los ejercicios y la puntuación total, y propondrá a dichas personas a la Mesa de la Cámara para su nombramiento como personal funcionario del Cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad Ayudantes Técnicos Informáticos, del Parlamento de Andalucía.
La puntuación total vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la oposición.
En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio; en caso de persistir la igualdad, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en la segunda parte del primer ejercicio; si persistiera el empate, se resolverá por sorteo.
7.2. Contra la lista de personas que han superado el proceso selectivo se podrá interponer recurso de alzada ante la Mesa de la Cámara en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la lista, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8. Presentación de documentos.
8.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía de la relación de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas, estas deberán presentar en el Registro General de la Cámara los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Identidad de Extranjero en vigor.
En el supuesto de descendientes de españoles o nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de su cónyuge, según lo recogido en la base 2.1.1, deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de la persona nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con la que tengan dicho vínculo.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad Ayudantes Técnicos Informáticos, del Parlamento de Andalucía.
c) Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido para participar en las pruebas selectivas.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, y no poseer la condición de personal funcionario del Cuerpo de Oficiales de Gestión, especialidad Ayudantes Técnicos Informáticos, del Parlamento de Andalucía.
En el caso de no poseer la nacionalidad española, se aportará declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni estar o haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
8.2. Si las personas seleccionadas tienen la condición de personal funcionario del Parlamento de Andalucía o están prestando servicios en el Parlamento de Andalucía, estarán exentas de justificar las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento.
8.3. Si alguna de las personas interesadas, dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación señalada anteriormente, o del examen de esta se dedujera que carece de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, no podrá ser nombrada personal funcionario y quedarán sin efecto sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad por falsedad en que hubiese incurrido en la solicitud inicial de participación.
8.4. Con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, si alguna de las personas seleccionadas renuncia o carece de los requisitos señalados en la base 2, la Mesa de la Cámara podrá requerir al tribunal calificador relación complementaria con las personas aspirantes que sigan a la persona propuesta para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
9. Nombramiento y toma de posesión.
9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Mesa del Parlamento procederá al nombramiento de las personas seleccionadas, si cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria, como personal funcionario en prácticas del Parlamento de Andalucía. Los nombramientos se publicarán en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El nombramiento definitivo procederá, una vez concluido el periodo provisional, de conformidad con el artículo 8 del Estatuto de Personal del Parlamento de Andalucía.
9.2. En el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, las personas interesadas deberán tomar posesión de su plaza. Se entenderá que, si no lo hacen en el plazo señalado, renuncian a los derechos derivados de las actuaciones de la oposición.
10. Embarazo de riesgo y parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las pruebas que hayan quedado aplazadas, siempre que tal aplazamiento no menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables. Este extremo deberá ser valorado por el tribunal. En tal caso, la realización de las pruebas pendientes deberá tener lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
11. Protección de datos.
Los datos personales aportados por las personas candidatas serán tratados por el Parlamento de Andalucía para gestionar el proceso selectivo, para lo que se incorporarán a la actividad de tratamiento relativa a la selección de personal y provisión de puestos de trabajo. Los aspirantes podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando proceda, dirigiendo escrito al Parlamento de Andalucía, C/ San Juan de Ribera, s/n, 41009 Sevilla; o correo electrónico a la dirección dpd@parlamentodeandalucia.es.
Información adicional:
https://transparencia.parlamentodeandalucia.es/web/guest/inventario-de-actividades-de-tratamiento
12. Impugnaciones.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante la Mesa del Parlamento de Andalucía, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria, de sus bases y de las actuaciones del tribunal calificador podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 15 de octubre de 2025.- El Letrado Mayor, Manuel Carrasco Durán.
ANEXO I
Programa
Bloque I
Tema 1. La Constitución española de 1978. Características generales. Los valores superiores y los principios inspiradores. Derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías. Los deberes constitucionales. Suspensión y garantías de los derechos. La reforma de la Constitución.
Tema 2. Los órganos constitucionales. La Corona. El Poder Legislativo. Las Cortes Generales. El Poder Ejecutivo. El Gobierno del Estado y la Administración General del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas.
Tema 3. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas en la Constitución española. Vías de acceso a la autonomía. La autonomía andaluza: vías de acceso a la autonomía y Estatuto de Autonomía para Andalucía. La Administración local: tipología de entes locales. Posición constitucional de municipios y provincias.
Tema 4. La Unión Europea. Los tratados originarios y modificativos de las Comunidades Europeas. Estructura y funcionamiento de las instituciones comunitarias. Fuentes del Derecho Comunitario.
Tema 5. El Presidente de la Junta de Andalucía. El Consejo de Gobierno. La Administración autonómica: principios informadores y organización. La Administración periférica de la Junta de Andalucía. La Administración institucional y consultiva.
Tema 6. El sistema parlamentario de la Junta de Andalucía. Las relaciones entre el Parlamento y el Consejo de Gobierno. Investidura. Moción de censura y cuestión de confianza. Requisitos, procedimientos y efectos. El Parlamento de Andalucía: composición y funciones.
Tema 7. El Presidente del Parlamento de Andalucía: elección, funciones y cese. La Mesa: composición y funciones. La Junta de Portavoces. La Diputación Permanente. Los grupos parlamentarios. Las Comisiones Parlamentarias. La Mesa de la Comisión. El diputado individual: Estatuto de los Diputados.
Tema 8. La función legislativa del Parlamento. La iniciativa legislativa y sus clases. Limitaciones a las iniciativas no gubernamentales y su significado. Retirada de proyectos y proposiciones de ley. Las enmiendas. Concepto, clases y requisitos. El procedimiento legislativo. Procedimiento legislativo común. Sus diferentes fases. Procedimientos legislativos especiales.
Tema 9. La función de control del Parlamento. Concepto. Preguntas. Interpelaciones, mociones y comisiones de investigación. Requisitos, procedimientos y efectos. El Defensor del Pueblo Andaluz.
Tema 10. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Ámbito de aplicación y principios generales. Las Administraciones públicas. Régimen de los órganos de las Administraciones públicas. Los interesados. La actividad de las Administraciones públicas.
Tema 11. El acto administrativo: concepto, clases y requisitos. Eficacia. Nulidad y anulabilidad.
Tema 12. El procedimiento administrativo, naturaleza y fines. El procedimiento administrativo en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución. Los recursos administrativos.
Tema 13. El régimen jurídico de los funcionarios públicos: normas generales. Selección de los funcionarios públicos. Situaciones administrativas. Régimen de retribuciones. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen disciplinario. La provisión de puestos y la promoción profesional. Las incompatibilidades de los funcionarios públicos. El Estatuto de Personal del Parlamento de Andalucía. El Cuerpo de Oficiales de Gestión del Parlamento de Andalucía.
Tema 14. La Hacienda Pública y la Constitución. El Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía: contenido y estructura. La autonomía del Parlamento en la aprobación y ejecución del presupuesto. Órganos de control, especial referencia a la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Tema 15. Normativa comunitaria, nacional y autonómica sobre igualdad de género. Criterios para evitar el uso sexista del lenguaje y su procedimiento de aplicación en los escritos y documentos oficiales de los órganos y servicios del Parlamento de Andalucía. Violencia de género. El Protocolo de prevención y actuación en los casos de acoso en el Parlamento de Andalucía.
Tema 16. Protección de datos de carácter personal. Ámbito de aplicación. Definición. Agencia Española de Protección de Datos: órganos y competencias. Principios de protección. Derechos de los ciudadanos. Transparencia pública: normativa vigente, ámbito subjetivo de aplicación, publicidad activa. El derecho de acceso a la información pública. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.
Bloque II
Tema 17. Ordenadores: arquitecturas. Procesadores. CPUs: generaciones actuales de CPUs de servidor y escritorio. Placas base. Memoria RAM. Interfaces, conectores y eficiencia energética. Diagnóstico y resolución de problemas.
Tema 18. Periféricos: clasificación. Discos. Impresoras. Escáneres: OCR/ICR/OMR. Monitores. Interfaces de red: Ethernet, Wifi y Bluetooth. Teclados, ratones, micrófonos y webcams. Lectores y sensores. Diagnóstico y resolución de problemas.
Tema 19. Seguridad en la explotación de los sistemas de información. Gestión de soportes. Herramientas y técnicas de seguridad en redes conectadas a Internet. Firma electrónica. Control de acceso de usuarios. Seguridad perimetral. Acceso remoto seguro a redes. Redes privadas virtuales (VPN). Seguridad en el puesto del usuario.
Tema 20. Sistemas operativos UNIX-LINUX. Fundamentos, administración, instalación, gestión. Rocky Linux: administración; diagnóstico y resolución de problemas de software.
Tema 21. Sistemas operativos Microsoft. Fundamentos, administración, instalación, gestión. Directorio activo y controlador de dominio. Administración, gestión de usuarios y aplicaciones. Diagnóstico y resolución de problemas.
Tema 22. macOS: Administración, gestión de usuarios y aplicaciones. Diagnóstico y resolución de problemas. Actualización y reparación. Comandos.
Tema 23. Sistemas operativos de dispositivos móviles: Android e iOS: Arquitectura, administración y aplicaciones. Diagnóstico y resolución de problemas.
Tema 24. Ofimática: Procesadores de texto. Hojas de cálculo. Presentaciones. Calendarios. Comunicaciones unificadas: Microsoft Teams. Espacios colaborativos: Sharepoint. Microsoft 365.
Tema 25. Gestión de dispositivos: Automatización de instalaciones. Maquetación y clonación. Distribución de actualizaciones. Gestión de inventario y licencias.
Tema 26. Lenguajes de modelado: UML 2.5: diagramas de clases, interacción (secuencia y comunicación), máquina de estados y paquetes. BPMN 2.
Tema 27. Construcción de software: Código limpio. Refactorización. Peer reviews, pair programming y mob programming. Mecanismos de depuración y repositorios de artefactos. Generación automática de código.
Tema 28. Implantación y mantenimiento de software: tipos de entornos. Estrategias de despliegue. Integración continua, entrega y despliegue continuos (CI/CD). DevOps, DevSecOps. Tipos de mantenimiento: correctivo, evolutivo, preventivo, adaptativo, perfectivo. Escalabilidad. Reingeniería e ingeniería inversa.
Tema 29. Usabilidad, accesibilidad y experiencia de usuario (UX): principios del diseño universal. Diseño web adaptativo. Diseño web responsive. Diseño mobile-first.
Tema 30. Programación: generaciones de lenguajes. Ensambladores y traductores. Lenguajes de scripting. Pseudocódigo. Fundamentos de programación. Programación estructurada, orientada a objetos, orientada a aspectos, funcional y reactiva.
Tema 31. Entornos Microsoft.NET, Java y Python. Características principales de los lenguajes. Librerías estándar. Herramientas y frameworks.
Tema 32. Desarrollo web: desarrollo front-end, back-end y full-stack. HTML 5. CSS 3. Javascript. Aplicaciones web progresivas. Desarrollo de aplicaciones para móviles.
Tema 33. Mantenimiento de equipos e instalaciones. Tipos de mantenimiento. Gestión de incidencias. Sistemas de gestión de flujos de trabajos. Herramientas ITSM. Herramientas de gestión de activos. Repositorios y herramientas CMDB. Control remoto de puestos de usuario.
Tema 34. Protección de datos personales aplicada a las TIC: guías de AEPD: adaptación al RGPD. EIPD: evaluaciones de impacto. Protección por defecto y desde el diseño.
Tema 35. Almacenamiento: unidades: del bit al quettabyte. Ficheros. Tipos de almacenamiento: DAS, NAS, SAN y cloud. Copias de seguridad. Protocolos de compartición de ficheros. Niveles RAID.
Tema 36. Bases de datos relacionales: modelo relacional. Arquitectura ANSI/X3/SPARC. Reglas de Codd. Diagrama entidad/relación extendido y transformación a modelo relacional. Normalización y desnormalización. Lenguaje SQL. Federación y servicios ofrecidos por los SGBDR.
Tema 37. Servicios de directorio: LDAP: operaciones, formato LDIF. OpenLDAP. Directorio activo: ámbitos de grupo, relaciones de confianza, directivas de grupo (GPO).
Tema 38. Redes: Clasificación según área. Métodos de conmutación. Topologías. Dispositivos de interconexión de redes. Técnicas de acceso al medio. Mecanismos de detección y corrección de errores. Modelos OSI (ISO 7498) y TCP/IP (RFC 1122).
Tema 39. Cloud Computing. IaaS, PaaS, SaaS. Nubes privadas, públicas e híbridas.
Tema 40. Redes Ethernet: principales estándares 802.3. Formato de mensajes. VLANs. Agregación de enlaces: LACP (802.1ax). Protección contra bucles: STP y variantes. DHCP. Cableado estructurado: ANSI/TIA 568. Esquemas en CPD.
Tema 41. Capa de aplicación: resolución de nombres: DNS. Correo electrónico: arquitectura, protocolos (SMTP, POP, IMAP, MIME). Web: HTTP. Sincronización horaria: NTP. Conexión remota: SSH.
Tema 42. Virtualización: tipología. Virtualización de servidores. Virtualización de sistema operativo. Virtualización de red. Virtualización del puesto de trabajo. Hiperconvergencia.
Tema 43. VMware vSphere: componentes: ESXi. VMware Tools, vMotion y HA. Optimización de recursos. Comunicaciones y almacenamiento.
Tema 44. Nuevas tecnologías: inteligencia artificial. LLM, algoritmos y principales modelos. Aplicación de la IA en el puesto de trabajo.
ANEXO III
TRIBUNAL CALIFICADOR DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO, POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, EN EL CUERPO DE OFICIALES DE GESTIÓN, ESPECIALIDAD AYUDANTES TÉCNICOS INFORMÁTICOS, DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
Presidenta: María Teresa Blanco Amador.
Presidenta suplente: Cristina Romero Barón.
Vocal primero: José Manuel Hernández Benítez.
Vocal primero suplente: David Manso Fernández-Argüelles.
Vocal segundo: Rafael Osuna Domínguez.
Vocal segundo suplente: Francisco Javier Salcedo Moriche.
Vocal tercero: Miguel Jesús Rubio Pozuelo.
Vocal tercero suplente: Miguel Ángel González Pérez.
Secretaria: María del Mar García Hinojosa.
Secretaria suplente: Joaquina Almagro Zamoro.
Descargar PDFBOJA nº 206 de 27/10/2025