Resolución de 13 de octubre de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, de delegación de competencias en la persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada para la firma de convenio.
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En septiembre de 2024, la Fundación Científica de la Asociación Española contra el Cáncer (en adelante FAECC) publicó en su página web
https://www.contraelcancer.es/es/area-investigador/ayudas
las bases de la Convocatoria 2025 de Ayudas a la Investigación Fundación Científica AECC a Personal Investigador en Cáncer: Convocatoria Clínico Junior en el Territorio AECC 2025. En concreto, estas ayudas están orientados a la contratación, por un periodo de 36 meses (con posibilidad de prórroga por un máximo de 12 meses adicionales), de especialistas médicos para el desarrollo de un proyecto de investigación en cáncer en España, que desarrollarán de forma simultánea con la actividad asistencial correspondiente a su especialidad, con el objetivo de promover la vocación investigadora entre los profesionales clínicos y contribuir así al fomento de la investigación en el entorno clínico. Tras la evaluación de las solicitudes presentadas en el marco de la referida convocatoria, la FAECC acordó la adjudicación de una ayuda Clínico Junior en el Territorio AECC 2025 a FIBAO para el desarrollo del proyecto de investigación con título «Identification and analysis of imaging biomarkers to optimize the approach to locally advanced rectal cancer using artificial intelligence and radiomics techniques» a ejecutar por el Dr. David Luengo Gómez (en adelante el «Profesional Beneficiario») en el servicio de Radiodiagnóstico del Hospital Universitario Virgen de las Nieves, bajo la dirección del Dr. Antonio Jesús Láinez Ramos-Bossini.
De acuerdo con las condiciones de la Convocatoria Clínico Junior en el territorio AECC 2025, la ayuda concedida tendrá una duración de tres años, con posibilidad de prórroga por un año más, a decisión exclusiva de la FAECC, y deberá destinarse a financiar el contrato de trabajo del Profesional Beneficiario, bajo cualquier modalidad de contratación acorde con la normativa vigente.
Además, de acuerdo con todo lo anteriormente expuesto, y dado que se considera que el Profesional Beneficiario de esta ayuda debe realizar actividad asistencial vinculada al proyecto de investigación referido en el SAS, de cara a garantizar la adecuada consecución de los objetivos previstos por esta actuación, tanto el SAS como la Fundación FIBAO deciden formalizar un convenio, en el cual el profesional beneficiario deberá desarrollar su actividad investigadora y asistencial en el Servicio Andaluz de Salud con un régimen y dedicación similar a los contratados del Programa Rio Hortega del ISCIII.
En vista de las consideraciones anteriores, con objeto de procurar mayor agilidad a la suscripción del mencionado convenio y a sus desarrollos anuales, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y por el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
RESUELVO
1. Delegar en la persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada el ejercicio de las competencias necesarias para la suscripción y gestión del convenio de colaboración entre el Servicio Andaluz de Salud y la Fundación para la Investigación Biosanitaria en Andalucía Oriental-Alejandro Otero (FIBAO) en materia de contratación de personal facultativo en el marco de la convocatoria de ayudas a la investigación de la fundación científica AECC a personal investigador en cáncer: Convocatoria clínico junior en territorio AECC 2025, así como su eventual renovación a los tres años de su vigencia.
2. Las competencias delegadas por la presente resolución serán ejercidas con arreglo a las normas de general aplicación. En los actos, resoluciones y acuerdos que se adopten en virtud de esta delegación, se hará constar expresamente tal circunstancia, con mención de la fecha de aprobación de la resolución y de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», y se considerarán dictados por el órgano delegante.
3. Conforme a lo establecido en los artículos 102.4 y 103 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, la persona titular de la Dirección Gerencia podrá revocar o avocar en cualquier momento el conocimiento y la resolución de cualquier asunto comprendido en la delegación a que se refiere la presente resolución, sin perjuicio de que dicha delegación subsista en tanto no sea revocada o modificada de modo expreso.
4. Conforme a lo dispuesto en el artículo 112.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, ponen fin a la vía administrativa, en los mismos casos y términos que corresponderían al órgano delegante, las resoluciones que se dicten en el ejercicio de las competencias delegadas por esta resolución.
Sevilla, 13 de octubre de 2025.- La Directora Gerente, Valle García Sánchez.
Descargar PDFBOJA nº 206 de 27/10/2025