Decreto 170/2025, de 5 de noviembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social.
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El Decreto del Presidente 5/2025, de 15 de octubre, por el que se modifica el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, dispone en su artículo 3 que corresponden a la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social las competencias que actualmente tiene atribuidas la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, así como las hasta ahora ejercidas por la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa en materia de impulso y coordinación del diálogo con los agentes económicos y sociales, la simplificación administrativa y la calidad normativa.
En la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a instancia de la extinta Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, se modifica la adscripción orgánica de determinados puestos de trabajo, se adecúa la estructura de esos puestos a las necesidades reales y funcionales derivadas de las competencias asignadas a los distintos centros directivos en virtud del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, y se eliminan puestos de trabajo que han dejado de ser necesarios para el desempeño de las funciones actuales.
Así, en la Viceconsejería se crea una consejería técnica, con la finalidad de reforzar la coordinación entre los órganos directivos, entidades e instituciones implicadas en la elaboración de los anteproyectos de ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, su tramitación administrativa hasta su aprobación por el Consejo de Gobierno, así como su posterior remisión, como proyecto de ley, para su trámite parlamentario.
A la Secretaría General de Economía se le atribuyen, entre otras funciones, el impulso y el seguimiento en materia de fomento de la internacionalización de la economía andaluza, así como de la atracción de inversión extranjera que pueda contribuir al crecimiento y consolidación del tejido productivo andaluz. Por ello, con objeto de poder prestar un mejor servicio a pymes, grandes empresas, start-ups, autónomos e inversores, se crea un puesto de trabajo de asesoramiento técnico en el área de legislación y régimen jurídico, con adscripción funcional a la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
En la Secretaría General Técnica se refuerzan la unidades administrativas de personal y de legislación, mediante la creación, en cada una de ellas, de un puesto de trabajo con perfil administrativo para atender el incremento en la carga de trabajo y prestar apoyo a las funciones propias de cada área.
En la Dirección General de Presupuestos se crean dos puestos de trabajo de asesoramiento técnico, para dar adecuada respuesta a las actuales competencias y funciones de análisis de la evolución del gasto de inversión y corriente por programa, la proyección plurianual de ambos y la repercusión de los planes económicos sobre el presupuesto.
Por otro lado, se dota a la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego de un puesto de trabajo de coordinación financiera cuya función principal será prestar apoyo en las actuaciones realizadas en materia de tutela financiera sobre las entidades locales andaluzas y la atención de las demandas formuladas por sus representantes.
Asimismo, en respuesta a los cambios cualitativos y cuantitativos experimentados en la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, derivados de la utilización de las herramientas tecnológicas para los procedimientos, de la creciente centralización de la gestión de cobros y pagos y de la atribución de nuevas competencias, se crean puestos de trabajo en las áreas de hacienda pública, de presupuestos y gestión económica, de contratación administrativa y régimen patrimonial, así como de gestión administrativa y se eliminan puestos de trabajo que no se adecúan a las necesidades existentes.
En las Delegaciones Territoriales se crean puestos de trabajo de asesoramiento técnico en prevención de riesgos laborales para desarrollar las funciones de nivel superior en dicha materia para la aplicación y desarrollo del plan de prevención, y se crean puestos de trabajo en el área archivística, con el objeto de reforzar los archivos centrales de las Delegaciones Territoriales, dada la relevancia estratégica de la gestión documental para el acceso, la custodia y el uso de documentos públicos.
Por último, se crea una Oficina de Estudios y Planificación, adscrita a la Intervención General de la Junta de Andalucía, para dar respuesta al incremento de controles financieros y a la automatización de los procesos, derivados de los nuevos marcos normativos europeos así como a las múltiples tareas que se derivan de las relaciones de la Intervención con otros órganos de control con los que colabora o a los que rinde cuentas.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto de vista económico-financiero, esta modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía en diez puestos de trabajo, en los términos previstos en el artículo 26.6 y 7 de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 5 de noviembre de 2025,
DISPONGO
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social, queda modificada en los términos indicados en el anexo.
Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social.
La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social, se amplía en diez puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el anexo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación.
Sevilla, 5 de noviembre de 2025
| JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
| Presidente de la Junta de Andalucía | |
| JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS | |
| Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública |
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BOJA nº 216 de 10/11/2025