Resolución de 13 de noviembre de 2025, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se anuncia la convocatoria pública para la provisión provisional, mediante comisión de servicios, del puesto de Asesor/a Técnico/a de Evaluación de Políticas Públicas, Análisis de Riegos y Proyectos de Integridad.
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Estando vacante el puesto de Asesor/a Técnico/a de Evaluación de Políticas Públicas, Análisis de Riegos y Proyectos de Integridad de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción (en adelante, la Oficina) y siendo necesario contar de forma urgente con personal funcionario capacitado para su desempeño, se estima necesario proceder a la cobertura provisional del mismo, al amparo de lo dispuesto por el artículo 58.4 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, aprobado por Acuerdo de 20 de abril de 2022, de la Mesa del Parlamento de Andalucía. La provisión de este puesto resulta imprescindible para garantizar la continuidad y consolidación de las funciones estratégicas de la Oficina en materia de prevención, integridad pública y evaluación de políticas antifraude. En la actualidad, la Oficina asume competencias en ámbitos que requieren una alta capacidad técnica y analítica —como la elaboración de mapas de riesgo, la evaluación de la eficacia de las medidas de integridad o la coordinación de proyectos nacionales y europeos— que no pueden desarrollarse con los medios personales existentes sin afectar al cumplimiento de sus obligaciones ordinarias. El procedimiento de provisión provisional, mediante comisión de servicios permite, por una parte, incorporar personal en tanto se sustancia el procedimiento ordinario de provisión definitiva, que es más dilatado en el tiempo; y por otra, responder de forma inmediata a la urgente necesidad de dar soporte a los compromisos asumidos con otras autoridades autonómicas y europeas, así como a los plazos de ejecución de proyectos financiados con fondos europeos.
Asimismo, este puesto es clave para fortalecer el enfoque de gobierno del dato, innovación institucional y rendición de cuentas basada en evidencia que caracteriza la actuación de la Oficina. La incorporación urgente de este perfil técnico permitirá asegurar la continuidad de las líneas de trabajo actualmente en curso y que deben ser reforzadas —entre ellas, el Observatorio de Integridad Pública, la sistematización de indicadores de desempeño y la evaluación de políticas de integridad— y garantizará la interlocución experta con otras Administraciones, Universidades y organismos europeos. La demora en su cobertura supondría un riesgo real de pérdida de capacidad técnica y de oportunidad institucional en un momento decisivo para la consolidación de la Oficina como referente en integridad pública y prevención de la corrupción.
Por lo anterior, esta Dirección, en virtud de la competencia atribuida por el artículo 14.2.g) del citado Reglamento, ha acordado la convocatoria pública para proveer, mediante comisión de servicios, el mencionado puesto de trabajo, de acuerdo con las siguientes
BASES
Primera. Convocatoria.
Se convoca esta comisión de servicios para la cobertura provisional del puesto de «Asesor/a Técnico/a de Evaluación de Políticas Públicas, Análisis de Riegos y Proyectos de Integridad», con las características descritas en el Anexo I, para la ejecución de las tareas descritas en el mismo.
Segunda. Participantes.
Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario de carrera, que cumpla los requisitos del puesto, clasificado en los subgrupos A1 o A2 del Estatuto Básico del Empleado Público, perteneciente a cuerpos y escalas de las Cortes Generales, las asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas, órganos constitucionales del Estado y estatutarios de las Comunidades Autónomas, la Administración General del Estado, Administración de la Junta de Andalucía, y demás Administraciones Públicas.
Tercera. Méritos.
Para la valoración de los méritos aportados, se tendrán en cuenta, preferentemente, las titulaciones, conocimientos, experiencia y la formación descritos en el Anexo II.
Cuarta. Solicitudes.
La tramitación del presente procedimiento será exclusivamente telemática al amparo de lo dispuesto por el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El deber de relacionarse con la institución por medios telemáticos comprenderá también, necesariamente, la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran de una comunicación personal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41.1 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
No serán tenidas en cuenta las solicitudes de participación presentadas por papel ni por otro medio electrónico que no sea el indicado en el apartado anterior. En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del portal o de la aplicación informática correspondiente. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Las solicitudes de participación y cuanta documentación se acompañe, se dirigirán a la persona titular de la Dirección de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción a través del trámite específico habilitado en su Sede Electrónica accesible a través de la url: https://antifraudeandalucia.sedelectronica.es dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
A tal efecto, se deberá cumplimentar el formulario de solicitud habilitado en la Sede Electrónica, adjuntando los documentos en formato PDF que deban aportarse en virtud de lo dispuesto en las presentes bases. En caso de que se produzca alguna incidencia técnica en la presentación telemática de las solicitudes, se estará a lo que disponen los apartados 3 y 4 del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinta. Documentación.
En el formulario referido figurarán los datos personales y profesionales requeridos, así como el puesto al que aspira, debiendo acompañarse del curriculum vitae, hoja de acreditación de datos (hoja de servicios) y cuantos otros méritos, experiencias y competencias se relacionen con el contenido de la plaza que se solicita.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y su acreditación documental podrá ser requerida en cualquier momento por esta institución.
Sexta. Procedimiento.
1. A la vista de las solicitudes y ajustándose a lo establecido en la base tercera, la Subdirección de Administración, Recursos Humanos, Gestión Económica y TI de la Oficina elevará a la Dirección de la institución, un informe sobre los méritos de las personas participantes.
2. A la vista del señalado informe, se celebrarán entrevistas solo con las personas interesadas que hayan justificado documentalmente la experiencia y los conocimientos necesarios, con objeto de garantizar la adecuación de estas al puesto al que aspiran, pudiendo declararse la convocatoria desierta si se entendiera que ninguna persona reúne las condiciones mínimas de idoneidad o aptitud precisas para el desempeño.
Durante la entrevista, que será grabada y formará parte del expediente, la persona expondrá su trayectoria profesional, deberá defender la adecuación de esta a las características del puesto ofertado, deberá demostrar conocimientos de la misión, cometido, funciones y estructura de esta Oficina y de otros órganos similares de ámbito estatal y europeo, especialmente de la European Anti-Fraud Office (OLAF) y de la Network of European Integrity and Whistleblowing Authorities (NEIWA).
3. Concluidas las entrevistas, la Subdirección de Asuntos Jurídicos, Prevención y Protección de la Persona Denunciante y la Dirección-Adjunta, elevarán al Director de la Oficina propuesta de designación de la persona que, en su caso, consideren más idónea para desempeñar la comisión de servicios, tras lo cual se resolverá oportunamente.
4. Previo al nombramiento en comisión de servicios, por la Subdirección de Administración, Recursos Humanos, Gestión Económica y TI se requerirá el consentimiento del órgano constitucional, órgano estatutario o Administración Pública a que pertenezca la persona candidata designada. Para el caso de que no se otorgara dicho consentimiento se podrán designar suplentes.
Séptima. Duración de la comisión.
La comisión de servicios se concederá por un año, prorrogable anualmente, hasta un máximo de cuatro años.
Octava. Situación administrativa.
La persona nombrada en comisión de servicios permanecerá durante el tiempo de su duración en situación administrativa de servicio activo en su correspondiente cuerpo o escala.
Novena. Publicación.
Se procederá a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la resolución de nombramiento en comisión de servicios, una vez culminado el procedimiento administrativo previsto en las presentes bases.
Sevilla, 13 de noviembre de 2025.- El Director, Francisco de Paula Sánchez Zamorano.
ANEXO I
Características del puesto
| Denominación del puesto: | Asesor/a Técnico/a de Evaluación de Políticas Públicas, Análisis de Riegos y Proyectos de Integridad |
| Núm. de plazas: | 1 |
| Adscripción: | Funcionario de carrera de cualquier Administración Pública |
| Grupo/s: | A1/A2 |
| Nivel (CD): | 26 |
| C. Específico: | 20.022,36 € |
| Modo de acceso: | Concurso Específico de Méritos |
| Requisitos: | Experiencia de, al menos, cuatro años en alguna de las siguientes materias, funciones o áreas: Evaluación de políticas públicas, sistemas de integridad institucional y cumplimiento normativo; Análisis de riesgos; Gestión del conocimiento, análisis institucional. Formación relacionada con alguna de las materias antes indicadas. Título universitario de licenciatura o grado o título universitario oficial de grado equivalente. |
| Descripción puesto trabajo: | ADSCRIPCIÓN: Este puesto está adscrito orgánicamente a la Subdirección de Asuntos Jurídicos, Prevención y Protección de la Persona Denunciante, en particular le corresponde la ejecución de tareas y funciones relacionadas con el área de prevención y formación. ÁREA DE CONOCIMIENTO: sociología, ciencia política, relaciones sociales, relaciones internacionales. RELACIÓN DE TAREAS Y RESPONSABILIDADES: Con carácter general, le corresponderá el asesoramiento técnico a la persona titular de la subdirección competente, en el ejercicio de las funciones que tiene encomendadas. Específicamente, le corresponde la ejecución de las funciones y tareas previstas en el art. 23 del RRIF, a saber: a) Elaborar códigos éticos o de buenas prácticas, así como desarrollar las estrategias de lucha contra el fraude y la corrupción, encaminadas a fomentar la ética e integridad públicas. b) Formular las propuestas y recomendaciones previstas en las letras f) y g) del artículo 9.1 de la Ley 2/2021, de 8 de junio. c) Desarrollar estudios técnicos en materia de prevención, análisis de riesgos, así como investigaciones en relación con el fraude, la corrupción y el control de la acción pública. d) Difundir, de forma fácil, gratuita, completa y actualizada, información relativa a la lucha contra el fraude, la corrupción y la rendición de cuentas. e) Ejecutar actuaciones formativas especializadas y programas de sensibilización en materia de integridad y ética públicas, así como de prevención del fraude y la corrupción. f) Desarrollar acciones formativas para el personal adscrito a la Oficina, encaminadas a la mejora de su capacidad técnica y a la formación continua debida. Otras tareas: 1) Análisis estadísticos de datos relativos a la actividad de la institución. 2) Elaboración de materiales de divulgación y sensibilización. 3) Colaborar en la elaboración de la Memoria Anual de actividad. |
ANEXO II
Méritos valorables
| Méritos específicos: | Cuerpo/s de funcionarios/as preferente/s: - Cuerpo superior facultativo, especialidad: Sociología, de la Junta de Andalucía o equivalente en otras Administraciones e instituciones públicas (A1) - Cuerpo superior facultativo, especialidad: ciencias sociales y del trabajo, de la Junta de Andalucía o equivalente en otras Administraciones e instituciones públicas (A1) - Cuerpo técnico facultativo, especialidad: trabajo social, de la Junta de Andalucía o equivalente en otras Administraciones e instituciones públicas (A2) Titulaciones académicas oficiales preferentes: - Título universitario de licenciatura en sociología, ciencia política, trabajo social, relaciones laborales, relaciones internacionales; o grado o título universitario oficial de grado equivalente Formación específica: - Evaluación de políticas públicas - El cumplimiento normativo / Compliance - Análisis estadísticos de datos. Big Data - Gestión del conocimiento - Análisis de riesgos y evaluaciones de impacto - Transparencia y gobierno abierto - Habilidades y competencias digitales - Herramientas ofimáticas (nivel avanzado) Idiomas: - Idiomas: inglés (nivel mínimo C1, o equivalente MCER) - Idiomas: otros (nivel mínimo B2, o equivalente MCER) Experiencia específica: - Participación en diseño e implementación de proyectos, recomendaciones y/o planes de integridad pública y lucha contra el fraude - Elaboración de códigos éticos o de buenas prácticas - Análisis de riesgos y evaluaciones de impacto - Evaluación de políticas públicas. - Participación en programas de cumplimiento normativo. Compliance - Proyectos de Gestión del Conocimiento - Difusión de información. Diseño/Organización/coordinación jornadas y encuentros - Participación en el desarrollo de acciones formativas de sensibilización - Análisis de datos. Gobierno del dato. Big Data. Datos abiertos |
BOJA nº 223 de 19/11/2025