Extracto de la Orden de 28 de noviembre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas indemnizatorias, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a los titulares de explotaciones destinadas a la producción de pimiento bajo invernadero especialmente afectadas por el Thrips Parvispinus durante el año 2025, acogidas al régimen de mínimis y se efectúa su convocatoria.
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BDNS (Identif): 872359.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas indemnizatorias reguladas en el Anexo I de la orden de convocatoria, dirigidas a los titulares de explotaciones destinadas a la producción de pimiento bajo invernadero en las provincias de Almería y Granada especialmente afectadas por el Thrips Parvispinus durante el año 2025, en la cuantía máxima de 3.000.000 de euros.
Las ayudas se financiarán al 100% con cargo a fondos propios de la Junta de Andalucía para el ejercicio 2026. La partida presupuestaria de la anualidad 2026 a la que se imputará las ayudas correspondientes a esta convocatoria, así como la cuantía máxima destinada a las ayudas, será la siguiente:
| PARTIDA | ANUALIDAD | IMPORTE (euros) |
|---|---|---|
| 1200010000 G/71B/47002/00 01 | 2026 | 3.000.000,00 |
Segundo. Personas beneficiarias.
Podrán obtener la condición de personas o entidades beneficiarias de las subvenciones los titulares de explotaciones agrícolas, ya sean personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica pero con personalidad fiscal, inscritas a fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes en el Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía, que incluya parcelas destinadas al cultivo de pimiento bajo invernadero en las provincias de Almería o Granada, y que debido a los daños ocasionados por Thrips Parvispinus, hayan debido proceder a arrancar dicho cultivo entre el 1 de septiembre de 2025, y la fecha de publicación de la convocatoria.
Tercero. Objeto.
El objeto de estas subvenciones es proporcionar asistencia de emergencia a los titulares de las explotaciones agrícolas afectadas para la recuperación del potencial productivo de sus explotaciones, mediante la concesión de una ayuda a tanto alzado que compensen las pérdidas sufridas en función de la superficie afectada.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 28 de noviembre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas indemnizatorias, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a los titulares de explotaciones destinadas a la producción de pimiento bajo invernadero especialmente afectadas por el Thrips Parvispinus durante el año 2025, acogidas al régimen de mínimis y se efectúa su convocatoria.
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
La ayuda indemnizatoria consistirá en el pago de una cantidad a tanto alzado, que venga a compensar las pérdidas ocasionadas por el arranque del cultivo del pimiento como consecuencia de los daños producidos por Thrips Parvispinus, sobre la base de las solicitudes de ayuda aprobadas por los órganos competentes previstos en el apartado décimo quinto de las bases reguladoras. El importe máximo de la ayuda no podrá superar los 50.000 euros por persona beneficiaria.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días a contar desde el día siguiente a que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cuando durante el plazo de presentación una persona interesada presente varias solicitudes de ayuda, se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en la dirección:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25900
Sevilla, 2 de diciembre de 2025.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, P.D.F. (disposición adicional tercera de la Orden 21.11.2022), la Viceconsejera, Consolación Vera Sánchez.
Descargar PDFBOJA Complementario nº 1 de 05/12/2025