Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 27/11/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 23 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se determina la fecha de inicio y puesta en funcionamiento del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía y se aprueba y se publica el formulario normalizado para la tramitación de las solicitudes de inscripción, actualización, rectificación y baja.

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La mediación se ha consolidado como uno de los principales medios adecuados de solución de controversias, adquiriendo cada vez mayor relevancia frente al sistema tradicional de justicia desarrollado ante juzgados y tribunales. En este proceso, las partes, de manera voluntaria y con la ayuda de un tercero neutral e imparcial, buscan alcanzar por sí mismas un acuerdo que ponga fin a su controversia.

Por el Decreto 81/2025, de 12 de marzo, se crean y regulan en asuntos civiles y mercantiles el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía y el Consejo Asesor de Mediación de Andalucía. El Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía tiene por finalidad facilitar el acceso de la ciudadanía a la mediación como medio adecuado de solución de controversias, a través de la publicidad de las personas mediadoras y las instituciones de mediación que actúan en los ámbitos civil y mercantil. Garantiza la profesionalidad y capacitación de quienes ejercen la mediación, además de proporcionar transparencia y confianza a los ciudadanos al ofrecer un listado público y accesible de mediadores acreditados, facilitando la elección de profesionales.

La disposición adicional primera del Decreto 81/2025, de 12 de marzo, establece que mediante resolución de la persona titular del órgano directivo central que tenga atribuida la competencia en materia de promoción e impulso de la mediación, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se determinará la fecha de inicio y puesta en funcionamiento del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía.

De conformidad con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando la Administración en un procedimiento concreto establezca expresamente modelos específicos de presentación de solicitudes, estos serán de uso obligatorio. Por su parte, el artículo 6 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, prevé el uso de formularios de solicitud como uno de los criterios de reducción de cargas y simplificación documental. De este modo, el artículo 12 dispone que todos los formularios y modelos específicos que tengan carácter obligatorio, por establecerlo así de manera expresa la norma o acto de aprobación, deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como que, con el fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de diseño, el órgano responsable del mantenimiento del Registro de Procedimientos y Servicios procederá a la normalización e inscripción de los formularios con carácter previo a su puesta a disposición para las personas interesadas. Mediante Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Secretaría General para la Administración Pública, se aprobó y publicó la Guía de Normalización e Inscripción de Formularios de la Junta de Andalucía, que prevé el procedimiento para la normalización e inscripción de los formularios, así como las características técnicas, de diseño y funcionales a que han de ajustarse.

La disposición adicional segunda del Decreto 81/2025, de 12 de marzo, añade que los formularios normalizados de solicitudes, comunicaciones o escritos dirigidos al Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía se aprobarán y actualizarán por resolución de la persona titular del órgano directivo central competente en materia de promoción e impulso de la mediación.

En su virtud, de conformidad con el artículo 11.4 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

RESUELVO

Primero. Fecha de inicio y puesta en funcionamiento.

Determinar el 1 de diciembre de 2025 como fecha de inicio y puesta en funcionamiento del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía.

Segundo. Aprobación y publicación del formulario.

1. Aprobar y publicar el formulario normalizado de solicitud de inscripción, actualización, rectificación y baja en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Andalucía, que se inserta como anexo a esta resolución (código de procedimiento 25617).

2. El formulario normalizado, que será de uso obligatorio, se podrá cumplimentar en el proceso de solicitud que se realizará en la siguiente dirección electrónica:

https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto?codProcedimiento=DGJJC_25617

Tercero. Efectos.

Esta resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de noviembre de 2025.- El Director General, Esteban Rondón Mata.

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