Resolución de 25 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a las Consejerías de Sanidad, Presidencia y Emergencias y de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social.
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El Decreto del Presidente 5/2025, de 15 de octubre, por el que se modifica el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, determina que la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias asume las competencias previamente atribuidas a la Consejería de Salud y Consumo, así como aquellas que tenía atribuidas la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, salvo las relativas al impulso y coordinación del diálogo con los agentes económicos y sociales, la simplificación administrativa y la calidad normativa, que se asignan a la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social y a la estrategia digital que se asigna a la Consejería de Industria, Energía y Minas.
Posteriormente, el Decreto 168/2025, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, dispone en su artículo 4.5 que corresponde a la Viceconsejería de Presidencia la planificación estratégica para el impulso, modernización y racionalización de la Administración Territorial, así como la coordinación de la acción política en el territorio a través de las Delegaciones del Gobierno, que correspondían a la extinta Dirección General de Administración Territorial y Simplificación Administrativa, adscritos al programa de gastos 1.1.A D.S.G. Presidencia, Int., Diálogo Soc. y Simplif.AD.
Asimismo, el Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, modificado por el Decreto 190/2025, de 10 de noviembre, dispone en su artículo 16 que corresponde a la Dirección General de Simplificación Administrativa el impulso de la simplificación administrativa, el impulso y la coordinación de los proyectos de inversión asignados a la Unidad Aceleradora de Proyectos, que dependerá de ella, y la tramitación del procedimiento de declaración de proyectos de interés estratégico para Andalucía, así como el impulso, la coordinación y el seguimiento de las actuaciones encaminadas a la consecución de la mejora de la calidad normativa, que correspondían a la extinta Dirección General de Administración Territorial y Simplificación Administrativa, adscritos al programa de gastos 1.1.A D.S.G. Presidencia, Int., Diálogo Soc. y Simplif.AD.
Por ello, a instancia de las Consejerías de Sanidad, Presidencia y Emergencias y de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social, se adscriben orgánicamente a la Viceconsejería de Presidencia, los puestos correspondientes a las competencias atribuidas en materia de planificación estratégica para el impulso, modernización y racionalización de la Administración Territorial, y a la Dirección General de Simplificación Administrativa de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social, los puestos correspondientes a las competencias atribuidas en materia de impulso de la simplificación administrativa, de impulso y coordinación de los proyectos de inversión asignados a la Unidad Aceleradora de Proyectos, y de impulso, coordinación y seguimiento de las actuaciones encaminadas a la consecución de la mejora de la calidad normativa.
El Decreto 168/2025, de 5 de noviembre, en su disposición adicional primera, y el Decreto 190/2025, de 10 de noviembre, en su disposición adicional única, habilitan a la Consejería competente en materia de administración pública, respecto a las relaciones de puestos de trabajo, y a la competente en materia de hacienda, respecto a la plantilla presupuestaria, a realizar las creaciones, supresiones y modificaciones necesarias en cualquiera de los puestos de trabajo, para adecuarlas a la estructura orgánica establecida en esos decretos, atendiendo a los principios de eficiencia, austeridad, racionalización y reducción del gasto público.
En el artículo 26.8 de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el año 2025, se habilita a la Dirección General competente en materia de propuestas de elaboración y revisión de la relación de puestos de trabajo, previo informe favorable de la Dirección General con competencia en materia de plantilla presupuestaria, para adecuar la relación de puestos de trabajo a la plantilla presupuestaria mediante la aprobación de las modificaciones que resulten necesarias, manteniendo las vacantes imprescindibles para la prestación de los servicios y para la resolución de los procesos de provisión de los puestos de trabajo, así como para adecuar la adscripción orgánica de las unidades administrativas y puestos de trabajo, determinados por su contenido funcional, a las modificaciones de estructura orgánica derivadas de modificaciones competenciales que afecten a los programas de gastos o a la plantilla presupuestaria.
La Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, competente en materia de plantilla presupuestaria, ha emitido informe favorable a la presente adecuación de la relación de puestos de trabajo.
En consecuencia, en uso de la habilitación contenida en el artículo 26.8 de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025, a la Dirección General competente en materia de propuestas de elaboración y revisión de la relación de puestos de trabajo, así como en la disposición adicional primera del Decreto 168/2025, de 5 de noviembre, y en la disposición adicional única del Decreto 190/2025, de 10 de noviembre, anteriormente mencionados,
Resuelve
Primero. Adecuar la adscripción de las unidades administrativas y los puestos de trabajo en la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a las Consejerías de Sanidad, Presidencia y Emergencias y de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social, a los órganos administrativos correspondientes con los programas presupuestarios establecidos en la plantilla presupuestaria, en los términos indicados en el anexo.
Segundo. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación.
Sevilla, 25 de noviembre de 2025.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.
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BOJA nº 230 de 28/11/2025