Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín 238 Complementario nº 1 de 11/12/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 11 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se somete al trámite de información pública el proyecto de Decreto por el que se regulan la evaluación del desempeño y la carrera horizontal en la Administración General de la Junta de Andalucía.

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Mediante Acuerdo de 10 de diciembre de 2025, del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública se ha iniciado la tramitación, por la vía de urgencia, del procedimiento para la elaboración del proyecto de Decreto por el que se regulan la evaluación del desempeño y la carrera horizontal en la Administración General de la Junta de Andalucía.

Entre los derechos del personal empleado público, el artículo 16 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, determina que el personal funcionario de carrera tendrá derecho a la promoción profesional y que las leyes de función pública que se dicten en desarrollo del mismo regularán la carrera profesional aplicable en cada ámbito, que podrá consistir, entre otras, en la aplicación aislada o simultánea de alguna o algunas de las siguientes modalidades: carrera horizontal, carrera vertical, promoción interna vertical y promoción interna horizontal. Asimismo, en su artículo 20 establece que las Administraciones Públicas establecerán sistemas que permitan la evaluación del desempeño de su personal.

En Andalucía el desarrollo de esta legislación estatal de carácter básico se ha efectuado a través de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, que regula la evaluación del desempeño y la carrera horizontal en sus artículos 59 a 61 y 52 a 55, respectivamente.

En parte el desarrollo reglamentario de esta regulación legal, concretamente la carrera vertical y la promoción interna, ya se ha llevado a cabo por el Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía. Para completar dicho desarrollo reglamentario se ha iniciado la tramitación de este proyecto de Decreto, que aborda la evaluación del desempeño y la carrera horizontal.

Establece el artículo 52 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, que la carrera horizontal consiste en el reconocimiento individualizado del desarrollo profesional alcanzado y del desempeño a través del ascenso en un sistema de tramos, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo, de acuerdo con la valoración positiva, objetiva y reglada de un conjunto de factores que se determinan y conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Entre dichos factores la Ley incluye el resultado de la evaluación del desempeño, que define en su artículo 59 como el procedimiento mediante el cual se mide y valora la conducta profesional del personal funcionario y el rendimiento o el logro de resultados, con la finalidad de mejorar la eficiencia de la Administración y la calidad de los servicios públicos.

El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que, cuando una disposición afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, se le dará audiencia, durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que la agrupe o la represente y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición. La decisión sobre el procedimiento escogido para dar audiencia a la ciudadanía afectada será debidamente motivada en el expediente por el órgano que acuerde la apertura del trámite de audiencia. Asimismo, dicha disposición será sometida a información pública durante el plazo indicado anteriormente, debiendo publicarse la iniciativa, al menos, en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en derecho.

Asimismo, el artículo 45 bis de la misma ley prevé que la persona titular de la Consejería a la que corresponda la iniciativa normativa podrá acordar la tramitación urgente del procedimiento de elaboración y aprobación de anteproyectos de ley y de los proyectos de reglamentos en alguno de los supuestos que en el mismo se establecen. La tramitación urgente implicará que los plazos previstos para la realización de los trámites del procedimiento de elaboración, establecidos en esta o en otra norma, se reducirán a la mitad de su duración; que no será preciso el trámite de consulta pública previo, sin perjuicio de la realización de los trámites de audiencia pública o de información pública, cuyo plazo de realización será de siete días hábiles; y que solo tendrá carácter preceptivo el dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía, en lo que se refiere a los informes de órganos colegiados consultivos de la Comunidad Autónoma.

De acuerdo con las anteriores consideraciones, y de conformidad con lo que establecen los citados artículos 45.1.d) y 45 bis de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública, por un plazo de siete días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el proyecto de Decreto por el que se regulan la evaluación del desempeño y la carrera horizontal en la Administración General de la Junta de Andalucía, con la finalidad de que la ciudadanía, entidades, asociaciones, organizaciones y colectivos interesados puedan realizar las observaciones, alegaciones y aportaciones que estimen pertinentes.

Segundo. A los efectos indicados, el texto del proyecto de Decreto quedará expuesto, para general conocimiento, en formato digital en el Portal de la Junta de Andalucía. El acceso al citado proyecto y restante documentación que conforma el expediente podrá realizarse a través de la siguiente dirección:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/justiciaadministracionlocalyfuncionpublica/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/628513.html

Igualmente, en cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la documentación correspondiente a este proyecto normativo estará disponible en el Portal de Transparencia, al que se podrá acceder a través del siguiente enlace:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/justiciaadministracionlocalyfuncionpublica/servicios/normativa/normas-elaboracion/detalle/628516.html

Tercero. Las aportaciones, observaciones y alegaciones deberán dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública y presentarse en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General en la siguiente dirección:

https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml

Sevilla, 11 de diciembre de 2025.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.

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