Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 19/12/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Resolución de 9 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se da cumplimiento al artículo 38.7 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, en relación a la aprobación del Plan de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba. Plan de Movilidad Sostenible.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00330598.

Mediante Decreto 204/2025, de 2 de diciembre, del Consejo de Gobierno, se ha aprobado el Plan de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba. Plan de Movilidad Sostenible. Su texto íntegro se encuentra disponible en la página web de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en la siguiente URL: https://lajunta.es/5tiyy

El Plan de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba. Plan de Movilidad Sostenible, ha sido sometido al procedimiento de evaluación ambiental estratégica, conforme a lo previsto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, que regula el proceso de evaluación ambiental estratégica como el procedimiento administrativo instrumental para la evaluación ambiental de planes y programas.

La declaración ambiental estratégica relativa al Plan, fue emitida por Resolución de la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático, de 9 de mayo de 2025, y publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 94, de 20 de mayo de 2025. Publicado el Plan, procede dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 38.7 de la Ley 7/2007, de 9 de julio.

Por lo anteriormente expuesto, y al amparo del artículo 10 del Decreto 160/2022, de 9 de agosto, y el Decreto 167/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO

Único. Dar publicidad a los aspectos indicados en el artículo 38.7 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, relativos al Plan de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba. Plan de Movilidad Sostenible, mediante la publicación de los siguientes anexos:

Anexo I: Extracto que incluye los siguientes aspectos:

1. Integración de los aspectos ambientales en el Plan.

2. Consideración en el Plan del Estudio Ambiental Estratégico así como el resultado de la información pública y de las consultas y la declaración ambiental estratégica.

3. Razones de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las alternativas consideradas.

Anexo II: Seguimiento ambiental del Plan.

1. Medidas de seguimiento de los efectos en el medio ambiente del Plan.

Sevilla, 9 de diciembre de 2025.- El Director General, José Miguel Casasola Boyero.

ANEXO I

1. Integración de los aspectos ambientales en el Plan.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía acordó en su sesión de 1 de julio de 2014 (BOJA de 11 de julio de 2014), la formulación del Plan de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba. Plan de Movilidad Sostenible (en lo sucesivo PTMCO), regulado por la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros de Andalucía, como instrumento de ordenación y coordinación de las infraestructuras y servicios que distribuyen la movilidad metropolitana. Del mismo modo, el Plan está en la línea del objetivo establecido en el Anteproyecto de la Ley Andaluza de Movilidad Sostenible para la formulación de Planes de Movilidad Metropolitanos, el cual es regular la movilidad sostenible en Andalucía, es decir, el conjunto de procesos y acciones orientados a que el desplazamiento de personas y mercancías que facilita el acceso a los bienes, servicios y relaciones, se realice con un impacto ambiental positivo o con el menor impacto ambiental posible, contribuyendo, de esta manera, a la lucha contra el cambio climático, al ahorro y a la eficiencia energética y a la reducción de la contaminación acústica y atmosférica.

El Plan, según el apartado primero del acuerdo de formulación, tiene la consideración de Plan con incidencia en la Ordenación del Territorio, se ha elaborado según lo previsto en los artículos 48 y 49 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, ya que, en virtud de la disposición transitoria tercera de la misma, se continuó su tramitación conforme a esta última, tras la derogación de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza, que estaba vigente al comienzo de su elaboración.

Dicho Plan se tramita siguiendo el procedimiento de evaluación ambiental estratégica, establecido en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, modificada por el Decreto Ley 3/2015, de 3 de marzo. En la mencionada normativa se desarrolla el proceso de evaluación ambiental estratégica como el procedimiento administrativo instrumental respecto del procedimiento sustantivo de elaboración del propio plan para la evaluación ambiental de planes.

Como parte de la evaluación ambiental estratégica, el Plan analiza los objetivos de protección ambiental, los objetivos del Plan Andaluz de Acción por el Clima (PAAC), los objetivos de la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible (EADS), así como los objetivos relacionados directamente con la movilidad sostenible, de planes, estrategias, convenios, programas y agendas con los que el PTMCO presenta una mayor interacción. Concretamente en el ámbito internacional, la coherencia y la relación del PTMCO con la Agenda 2030.

El escenario por el que opta el Plan impulsa un modelo de movilidad sostenible, garantizando la accesibilidad, seguridad y comodidad de los medios de transporte para conseguir un sistema de transporte que sea integrado e inclusivo, en coherencia con las estrategias andaluzas de desarrollo sostenible y lucha contra el cambio climático.

El PTMCO incluye el Estudio Ambiental Estratégico en su anexo correspondiente, exponiéndose a continuación las conclusiones del diagnóstico alcanzado:

1. El PTMCO fomenta la integración y articulación del territorio y la accesibilidad de todos los habitantes al sistema de transporte, de forma equitativa, sostenible y segura.

2. El Plan pretende lograr una mayor cohesión social, posibilitando a toda la ciudadanía similares oportunidades de acceso a los servicios, trabajo, estudio y ocio en modos más limpios y respetuosos con el medio ambiente.

3. Desde el Plan se prioriza la movilidad por ferrocarril, fomentando el sistema de Cercanías en el eje del Guadalquivir, en el corredor Palma del Río-Villa del Río. Esta actuación pretende mejorar la oferta de transporte público de alta capacidad en el Área de Córdoba, mejorando la infraestructura ferroviaria existente para habilitar en todos los municipios del corredor del área metropolitana una estación o apeadero ferroviario. Se pretende que esta medida alcance una mayor y mejor acogida mediante la operación de servicios de lanzaderas desde las principales estaciones y apeaderos, así como mediante la puesta en servicio de aparcamientos disuasorios próximos a las estaciones.

4. Además del ferrocarril, el Plan fomenta otros modos que incentiven la movilidad sostenible, como la mejora de la red de paradas de los servicios de autobús metropolitano en la ciudad de Córdoba, la mejora de sus frecuencias, coordinación de horarios con los servicios de autobús urbano, así como la promoción de otras actuaciones ligadas a favorecer la movilidad ciclista metropolitana, en ejes prioritarios, entre otras medidas. El Plan también incentiva una reordenación del mapa concesional del transporte público metropolitano.

5. La intermodalidad del sistema se entiende como un pilar fundamental, incentivado mediante la extensión de los servicios de Cercanías o el uso de paradas urbanas en Córdoba para los servicios interurbanos, pero también mediante la creación de nuevas áreas intermodales en las que se facilita el trasbordo entre modos, y también mediante la creación de aparcamientos disuasorios en zonas estratégicas asociadas a nodos principales de intercambio modal con redes peatonales y ciclistas conectadas.

6. El Plan fomenta el uso de vehículos limpios, tanto en transporte público como privado, mediante la programación progresiva de una reposición de flota de autobuses limpios y la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en el área metropolitana.

7. El transporte a la demanda en aquellas zonas de baja densidad poblacional es una medida adoptada para minimizar la pobreza del transporte, en su dimensión de disponibilidad.

8. El Plan también fomenta el desarrollo de campañas de información y concienciación para la promoción de los viajes en modos no motorizados (peatones y bicicletas), resaltando el buen clima de la provincia como agente propulsor de los viajes en estos modos y destacando los beneficios del desplazamiento en ellos.

9. Estudio de actuaciones enfocadas a combatir la vulnerabilidad al cambio climático, en particular de la movilidad a pie, además de garantizar recursos como fuentes de agua, sombras, sistemas de refrigeración, etc. también es una de las medidas promovidas por el Plan.

10. Con el Plan también se aspira a mejorar la gobernanza del transporte público, tratando de reforzar el papel del Consorcio en la planificación metropolitana de la movilidad, así como a través de la integración de nuevos municipios en el mismo.

Con la puesta en marcha del Plan, se espera que los resultados que se vayan obteniendo a largo plazo (emisiones de contaminación atmosférica y acústica, congestión del tráfico, etc.), como así se ha demostrado en el modelo Análisis Coste Beneficio, sean favorables para que el área metropolitana de Córdoba logre la consecución de una movilidad sostenible.

Por último, ha de tenerse en consideración que, tal como determina la declaración ambiental estratégica del PTMCO, el balance global de efectos estratégicos positivos y negativos sea favorable, con ausencia de efectos ambientales negativos significativos sobre el medio ambiente, siempre que la ejecución del programa de medidas del Plan se realice conforme a las medidas preventivas, correctoras y compensatorias establecidas en el capítulo 7 del Estudio Ambiental Estratégico.

Estas medidas, que incorporan una serie de recomendaciones a escala estratégica, no excluirán, en ningún caso, el sometimiento de las actuaciones a los instrumentos de prevención ambiental a nivel de proyecto que desarrollen el Plan posteriormente, ni las evaluaciones de la viabilidad ambiental a escala de detalle, cuando proceda, lo que se tendrá muy presente en las fases de ejecución y verificación y control de las inversiones.

2. Consideración en el Plan, del Estudio Ambiental Estratégico así como el resultado de la información pública y de las consultas y la Declaración Ambiental Estratégica.

El 22 de diciembre de 2022, la Dirección General de Movilidad y Transporte de la entonces Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en calidad de promotor del Plan de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba. Plan de Movilidad Sostenible, remitió a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, en calidad de órgano ambiental, la solicitud de inicio del procedimiento, que adjuntaba el documento inicial estratégico junto con el borrador del Plan.

Posteriormente, el órgano ambiental remitió al órgano promotor, en mayo de 2023, el Documento de Alcance, documento que establece las bases para la posterior elaboración del Estudio Ambiental Estratégico, y trasladó el resultado de las consultas llevadas a cabo en esa fase, para su consideración en el Estudio Ambiental Estratégico que se realizase.

Sobre la base establecida en el citado documento de alcance, el órgano promotor elaboró el Estudio Ambiental Estratégico, que se sometió a los trámites de audiencia e información pública a entidades y personas interesadas.

Además del Estudio Ambiental Estratégico y de un documento de síntesis incluido en un anejo independiente, se incorporaron a la información y consultas el informe de valoración de impacto en la salud y la versión preliminar del Plan, junto con sus anexos, aprobada por la Comisión de Redacción celebrada el 19 de septiembre de 2023. Los documentos sometidos a información pública y consultas citados se publicaron en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, en el portal web de la Junta de Andalucía, además de en la web específica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

De las 76 alegaciones o propuestas recibidas en este proceso de audiencia e información pública, todas han sido consideradas, determinando algunas de ellas cambio o mejoras en el Plan y el Estudio Ambiental Estratégico. El resultado de las consultas y cómo éstas se han tomado en consideración se puede consultar en el apartado 6 del anexo «Consultas realizadas», dentro de la documentación que acompaña al Plan.

Finalizada la fase de información pública y consultas, se remitió al órgano ambiental la siguiente documentación:

a) Una versión actualizada del Plan.

b) La versión revisada del Estudio Ambiental Estratégico, una vez incorporadas las observaciones de la consulta, así como su documento de síntesis, en un anejo independiente.

c) Un informe resumen de la integración de los aspectos ambientales en el Plan, que incluye el resultado de la información pública y las consultas realizadas y la propia descripción de la integración de los aspectos ambientales en el Plan, del Estudio Ambiental Estratégico y de su adecuación al documento de alcance, de las consultas y de cómo se han tomado en consideración las mismas.

Por último, el órgano ambiental emitió la declaración ambiental estratégica del Plan de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba. Plan de Movilidad Sostenible mediante Resolución de 9 de mayo de 2025 (BOJA núm. 94, de 20 de mayo de 2025), informando favorablemente.

Además, como garantía adicional del cumplimiento y adecuación de las inversiones y como parte de la tramitación pertinente, se ha elaborado una memoria económica del Plan, y se han obtenido los preceptivos informes de la Dirección General de Presupuestos e Informe de Coherencia con la Planificación Económica General de la Junta de Andalucía.

3. Razones de la elección de la alternativa seleccionada en relación con las alternativas consideradas.

En cumplimiento de la Ley 8/2018 se evalúa la incidencia del PTMCO sobre el cambio climático, donde se define como punto de partida el clima actual y las tendencias y previsiones de futuro, se identifican los impactos climáticos que puedan afectar al ámbito del PTMCO asociados a la línea estratégica de movilidad e infraestructuras y se efectúa la evaluación del riesgo para cada escenario propuesto.

El PTMCO formula nueve objetivos estratégicos:

- OE1: Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y el consumo energético (mitigación del cambio climático).

- OE2: Reducir el nivel de riesgo del sistema de transporte metropolitano respecto a las amenazas climáticas (adaptación al cambio climático).

- OE3: Contribuir al logro de los límites y objetivos de calidad del aire y ruido.

- OE4: Mejorar la accesibilidad metropolitana, considerando la perspectiva de género y las personas con discapacidad (discapacidad visual, personas sordas o con discapacidad auditiva, personas con dificultades cognitivas, etc.).

- OE5: Asegurar la sostenibilidad financiera del sistema de transporte metropolitano.

- OE6: Garantizar la asequibilidad del sistema de transporte metropolitano.

- OE7: Estructurar el modelo de movilidad metropolitano de forma que se incentive el transporte público y los modos alternativos, racionalizando y optimizando el uso de las infraestructuras y la operación de servicios.

- OE8: Mejorar los métodos de gestión de la explotación y la digitalización del transporte público.

- OE9: Implantar una política de educación ambiental en materia de movilidad, contribuyendo a una planificación sostenible del transporte, alineada con el desarrollo urbano del Área de Córdoba.

El Plan también formula cinco líneas estratégicas como enfoque necesario para conseguir alcanzar los objetivos estratégicos, siendo estas:

- LE 1: Dotar al Área de Córdoba de opciones adecuadas de transporte público como alternativa al uso del vehículo privado.

- LE 2: Sensibilización y potenciación del sistema de transporte hacia un modelo de movilidad sostenible y equitativa como medida de adaptación al cambio climático.

- LE 3: Fomentar el uso de modos de transporte no motorizados.

- LE 4: Potenciar el carácter multimodal del ámbito.

- LE 5: Integrar los avances tecnológicos en la planificación, gestión y operación del transporte público.

A partir de los resultados del diagnóstico, y los condicionantes para la proposición de alternativas, se ha optado por estructurar los diferentes escenarios según diferentes niveles de intervención, grado de mejora y el potencial de cohesión de la red de transporte público. Así pues, los escenarios están formados por una serie de actuaciones principales (asociadas a corredores estratégicos de la movilidad, en los que se plantean diferentes actuaciones de plataformas reservadas), actuaciones adicionales que complementan a la principal y actuaciones comunes a todos los escenarios, y todos ellos alineados con los objetivos y líneas estratégicas del Plan.

Cabe destacar que en la generación de los escenarios del Plan se han considerado los factores ambientales sobre los cuales se debe evaluar la incidencia del PTMCO, dispuestos en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, que son los siguientes, habiéndose justificado la interacción prioritariamente positiva con los objetivos y líneas estratégicas del Plan.

- La población y la salud humana.

- La biodiversidad, prestando especial atención a las especies y hábitats protegidos en virtud de la Directiva 92/43/CEE y la Directiva 2009/147/CEE.

- La tierra, el suelo, el agua, el aire y el clima.

- Los bienes materiales, el patrimonio cultural y el paisaje.

- La interacción entre los factores de población y salud humana y los bienes, patrimonio cultural y el paisaje.

El Estudio Ambiental Estratégico (EsAE) presenta, en su capítulo 5, las alternativas o escenarios propuestos, justificándose también en este capítulo que todas son alternativas ambientalmente viables. Estos tres escenarios se dividen en 5 subescenarios.

- E1. Mejora y fortalecimiento del sistema de transporte público existente. Con el escenario E1 se optimizará la operación del transporte público existente, proponiendo un mayor número de servicios para las líneas existentes (mejora de frecuencias, coordinación de horarios, etc.) y aumentando la cobertura espacial (mayor número de paradas y puntos de intercambio). La finalidad de este escenario se fundamenta en alcanzar el mayor aprovechamiento posible de la red de transporte público existente, sin la necesidad de explotar nuevas líneas o nueva infraestructura dedicada para el autobús.

- E2. Extensión y ampliación del sistema de transporte público no masivo, es decir, del autobús metropolitano. Con el escenario E2 se propone incrementar la oferta de autobús metropolitano, explotando nuevas líneas de autobús y nuevas plataformas reservadas para el autobús metropolitano.

- E3. Ampliación e impulso del transporte público masivo, con mayor énfasis en el sistema ferroviario con servicios de cercanías. Con el escenario E3 se propone una expansión en el ámbito metropolitano del sistema ferroviario de alta capacidad de cercanías. La extensión consistirá en prestar servicios sobre el eje ferroviario existente (con la infraestructura de ADIF), pero como servicios de cercanías con mayores frecuencias y conectados longitudinalmente al trazado. Las actuaciones que componen los sub-escenarios tendrán actuaciones en común que los diferencia por el mayor énfasis en la segregación del viario.

Considerando el criterio ambiental, en la sección 5.1.3 del EsAE se realiza una justificación sólida de las alternativas, conforme estas son ambientalmente viables, y en la sección 5.2 se describe el proceso de elección de la alternativa del Plan, fundamentada en un análisis multicriterio, en el que los criterios medioambientales y sociales (reducción de la accidentalidad, cobertura demográfica, ocupación de suelo, calidad del aire, ruido y contribución al cambio climático) son mayoritarios (45%) frente a los criterios económicos (25%) y de funcionalidad (30%).

El sistema de pesos anterior se aplica según la metodología PATTERN para la evaluación multicriterio, en la que la mejor alternativa para el PTMCO es el escenario SE3b, que contempla la ampliación de los servicios de Cercanías en el corredor del Valle del Guadalquivir, además de impulsar mejoras significativas en la operación del sistema autobús metropolitano actual.

ANEXO II

1. Medidas de seguimiento de los efectos en el medio ambiente del Plan.

El Capítulo 8 del Estudio Ambiental Estratégico (EsAE) recoge un sistema de seguimiento y evaluación de los efectos ambientales del PTMCO que vela por el cumplimiento de los principios de sostenibilidad y lucha contra el cambio climático, el cual debe integrarse en el sistema de seguimiento y evaluación de la ejecución general del propio PTMCO, con los siguientes objetivos:

- Verificar la valoración de los probables efectos ambientales realizada en el propio EsAE.

- Identificar posibles desviaciones en dicha valoración, así como otros efectos adversos detectados durante el desarrollo del PTMCO no previstos inicialmente en el EsAE.

- Evaluar la ejecución de las medidas indicadas en el EsAE para prevenir, reducir y compensar los efectos negativos significativos del PTMCO.

- Obtener conclusiones de lo anterior respecto a la contribución del PTMCO al desarrollo sostenible y a la lucha contra el cambio climático de su ámbito territorial.

Para el cumplimiento de estos objetivos, se creará un grupo de trabajo multidisciplinario integrado por el promotor y el órgano ambiental, si bien podrán colaborar personas expertas en el seguimiento de determinados efectos. Los resultados del seguimiento de este grupo de trabajo se reflejarán en informes de seguimiento anuales y memorias de sostenibilidad. Estos informes de seguimiento incorporarán el seguimiento ambiental como parte del seguimiento integral del Plan y deberán ser remitidos al órgano ambiental, así como publicados en la web de los órganos promotor y ambiental y en demás medios de difusión pertinentes.

El EsAE aporta una batería inicial de indicadores para dar operatividad a los citados objetivos de seguimiento, pudiendo ser éstos objeto de modificación como resultado de las conclusiones que se desprendan de los correspondientes informes de seguimiento ambiental anuales y memorias de sostenibilidad.

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